LUNES 28 DE MAYO DE 2007
 
 
 
   
   
   
   
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APRUEBAN LINEAMIENTO “PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA(S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2007”

Dispositivo

:

Resolución Ministerial N° 149-2007-TR

Fecha de publicación

:

Lunes 28 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Martes 29 de mayo de 2007

Anualmente, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo regula la obligación de los empleadores de proporcionar información de las planillas de pago de las remuneraciones de los trabajadores percibidas en el mes de junio de cada año.

Para tal fin, en esta época del año, son publicados los lineamientos y el modelo para la presentación del formulario “Declaración jurada sobre información de planilla(s) de pago del mes de junio de 2007”, los cuales, en esta oportunidad, no solo se incluyen como anexos de la presente resolución ministerial sino que serán publicados en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe/planillas2007.php.

Dentro de las principales disposiciones de la mencionada resolución tenemos:

1.  Sujetos obligados

  • Los empleadores que cuenten en total con cinco (5) o más trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
  • Las cooperativas de trabajadores que cuenten a nivel nacional en total con cinco (5) o más socios trabajadores, las que además presentarán la información requerida en el Rubro VIII del formulario.

2. Procedimiento para la presentación

Dentro de las principales disposiciones para la presentación del formulario destacan las siguientes:

  1. Los empleadores deberán presentar un formulario por cada provincia.
  2. Adicionalmente a la declaración jurada no es necesario presentar copias de las planillas de pago.
  3. Las modificaciones que se presenten respecto del Rubro III y IV – trabajadores y remuneraciones de planilla(s) de pago del mes de junio de la provincia a declarar y trabajadores sindicalizados y sujetos a negociación colectiva, respectivamente serán consideradas como presentación extemporánea.

3. Cronograma y lugar de recepción

  • La recepción se realizará del 5 al 25 de julio de 2007, según el último dígito del RUC del empleador.
  • En Lima Metropolitana: la información será recepcionada en la playa de estacionamiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
  • En los demás departamentos, la información será recibida en las direcciones regionales o en las zonas de trabajo y promoción del empleo.

CRONOGRAMA

Último dígito del RUC

Fecha

0-1

5, 6 y 9 de julio

2-3

10, 11 y 12 de julio

4-5

13, 16 y 17 de julio

6-7

18, 19 y 20 de julio

8-9

23, 24 y 25 de julio

4. Presentación extemporánea

A partir del día siguiente del vencimiento de los plazos establecidos en el cronograma, los empleadores podrán presentar extemporáneamente la declaración jurada, solo hasta el miércoles 29 de agosto de 2007, abonando la multa respectiva de acuerdo con la siguiente escala:

N° de trabajadores

% UIT

Multa (S/.)

1-4 (*)

3%

104.00

5-9

5%

173.00

10-20

8%

276.00

21-50

12%

414.00

51-100

15%

518.00

101-500

25%

863.00

501 a más

30%

1,035.00

APRUEBAN DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA CONSOLIDAR LA INFORMACIÓN DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO REGISTRADOS ANTE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO A NIVEL NACIONAL PARA EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS

Dispositivo

:

Resolución Ministerial N° 150-2007-TR

Fecha de publicación

:

Sábado 26 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Domingo 27 de mayo de 2007

Mediante el artículo 7 de la Ley N° 28970, Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, se dispuso que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remitirá al órgano de gobierno del Poder Judicial la lista mensual de contratos de trabajo, bajo cualquier modalidad que se celebren entre particulares, así como la relación de trabajadores que se incorporan a las empresas del Sector Privado, a fin de identificar a los deudores alimentarios morosos registrados y comunicar a los juzgados correspondientes, en el término de la distancia, para que procedan conforme a sus atribuciones.

En ese sentido, con la presente resolución se aprueba la Directiva Nacional N° 001-2007-MTPE/2/11.1 que regula el procedimiento para consolidar la información de los contratos individuales de trabajo registrados ante las direcciones regionales de trabajo y promoción del Empleo a nivel nacional para el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

APRUEBAN REGLAMENTO DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y DESIGNACIÓN Y FUNCIONES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y OTROS DOCUMENTOS ANEXOS

Dispositivo

:

Resolución Ministerial N° 148-2007-TR

Fecha de publicación

:

Sábado 26 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Domingo 27 de mayo de 2007

A efectos de lograr una adecuada implementación de las reglas sobre seguridad y salud en el trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha aprobado el Reglamento de Constitución y Funcionamiento del Comité y Designación y Funciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Asimismo, de aprueban los siguientes modelos:

  1. Modelos del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
  2. Guía Básica sobre Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  3. Guía Técnica de Registros.
Dichos modelos serán colgados en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe

APRUEBAN DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE AGENCIAS PRIVADAS DE EMPLEO - RENAPE

Dispositivo

:

Resolución Ministerial N° 151-2007-TR

Fecha de publicación

:

Sábado, 26 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Domingo, 27 de mayo de 2007

Por medio de la presente resolución se aprueba la Directiva Nacional N° 003-2007-MTPE/3/11.2 que regula el Procedimiento para la inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo – RENAPE, como norma complementaria al Decreto Supremo N° 005-2003-TR, a través del cual se crea el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo.

Asimismo, se deroga la Resolución Ministerial N° 216-2004-TR.

APRUEBAN NORMAS TÉCNICAS SOBRE CONDUCTORES ELÉCTRICOS, VEHÍCULOS AUTOMOTORES E IMPLEMENTOS PARA INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE DESAGÜE

Dispositivo

:

Resolución Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales N° 044-2007/INDECOPI-CRT

Fecha de publicación

:

Domingo, 27 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Lunes, 28 de mayo de 2007

Mediante la presente resolución se aprueban las siguientes Normas Técnicas Peruanas:

NTP 370.252:2007

CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables aislados con compuesto termoplástico y termoestable para tensiones hasta e inclusive 450/750 V. 4° Edición. Reemplaza a la NTP 370.252 y NTP 370.253

NTP 209.506:2007

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE IRRADIACIÓN PARA LA ENHIBICIÓN DEL BROTE DE BULBOS Y TUBÉRCULOS. 1. Edición.

NTP 383.002:2007

VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Muelles de ballesta y sus partes. Métodos de ensayo. 2° Edición. Reemplaza a la NTP 383.002:1974

NPT 399.003:2007

TUBOS DE POLI-CLORURO DE VINILO NO PLASTIFICADO (PVC-U) PARA INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE DESAGÜE. Requisitos y métodos de ensayo. 3° Edición. Reemplaza a la NTP 399.003:2002

Asimismo, se dejan sin efecto las siguientes Normas Técnicas:


NTP 370.253:2003

CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables aislados con compuesto termoplástico y termoestable para tensiones hasta e inclusive 600 V. 

NTP 370.252:2006

CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables aislados con cloruro de polivinilo (PVC) para tensiones hasta e inclusive 450/750 V.

NTP 383.002:1974

MUELLES DE HOJA PARA AUTOMOTORES. Métodos de ensayo.

NPT 399.003:2002

TUBOS DE POLI-CLORURO DE VINILO NO PLASTIFICADO (PVC-U) PARA INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE DESAGÜE. Requisitos y métodos de ensayo. 

APRUEBAN NORMAS TÉCNICAS SOBRE IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS, CAFÉ, ESPECIAS Y CONDUCTORES ELÉCTRICOS

Dispositivo

:

Resolución Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales N° 045-2007/INDECOPI-CRT

Fecha de publicación

:

Domingo, 27 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Lunes, 28 de mayo de 2007

Mediante la presente resolución se aprueban las siguientes Normas Técnicas Peruanas:

NTP 350.037:2007

EXTINTORES PORTATILES SOBRE RUEDAS DE POLVO QUÍMICO SECO. Requisitos. 2sa. Edición. Reemplaza a la NTP 350.037:1976

NTP 209.027:2007

CAFÉ VERDE. Requisitos. 3° Edición. Reemplaza a la NTP 209.027:2001.

NTP-ISO 948:2007

ESPECIAS, CONDIMENTOS Y HIERBAS AROMÁTICAS. Muestreo. 1ra Edición. Reemplaza a la NTP 209.117:1976.

NPT-IEC 60332-1-2:2007

Métodos de ensayo para cables eléctricos y cables de fibra óptica sometidos a condiciones de fuego. Parte 1-2: Ensayo de resistencia a la propagación vertical de la llama para un conductor individual aislado o cable. Procedimiento para llama premezclada de 1kW. 1 edición.

Asimismo, se dejan sin efecto las siguientes Normas Técnicas:

NTP 350.037:1976

EXTINTORES RODANTES DE POLVO QUÍMICO SECO. 

NTP 209.027:2001

CAFÉ VERDE.  Requisitos

NTP 209.117:1976

ESPECIAS Y CONDIMENTOS. Muestreo.


FE DE ERRATAS - PIONER TRIBUTARIO

 

En la hoja de Actualización del Pioner Tributario del mes de Abril de 2007, se omitió señalar la siguiente indicación:

SECCIÓN A – CÓDIGO TRIBUTARIO

  • RETIRAR LAS PÁGINAS: A-87 a A-94

Asimismo, se señaló lo siguiente:

SECCIÓN B – IMPUESTO A
LA RENTA
Dice:

LEY N° 28991: Ley de libre desafiliación informada, pensiones mínima y complementaria y régimen de jubilación anticipada
REEMPLACE LAS PÁGINAS: A-19 y A-20

Debe decir:

LEY N° 28991: Ley de libre desafiliación informada, pensiones mínima y complementaria y régimen de jubilación anticipada
REEMPLACE LAS PÁGINAS: B-19 y B-20

FE DE ERRATAS DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PIONER LABORAL
MES DE ABRIL 2007

 

SECCIÓN D – OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
DICE:

  • Decreto Supremo N° 007-2007-TR: Modifican Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
    REEMPLACE LAS PÁGINAS D-5 a D-25

DEBE DECIR:

  • Decreto Supremo N° 007-2007-TR: Modifican Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
    REEMPLACE LAS PÁGINAS D-6 a D-24

DICE:

  • Decreto Supremo N° 006-2007-TR: Prorrogan la entrada en vigencia del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios
    REEMPLACE LAS PÁGINAS D-26 A D-32

DEBE DECIR:

  • Decreto Supremo N° 006-2007-TR: Prorrogan la entrada en vigencia del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios
    ADICIONE LAS PÁGINAS D-26 A D-32

 

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA IMPROCEDENTE PEDIDO DE ACLARACIÓN SOBRE FALLO RELACIONADO A LOS CASINOS Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS

 

El Tribunal Constitucional (TC) pUblicó la resolución recaída en el Exp. Nº 00006-2006-AC, expedida a propósito de la solicitud de aclaración presentada por el procurador público del Poder Judicial, sobre la referida sentencia. En dicha sentencia se declara improcedente el pedido de aclaración al considerar que el fallo es completo.


Al respecto, el TC señala haber puesto punto final al problema de la irregularidad en el  funcionamiento de casinos y las máquinas tragamonedas, lo cual fue una consecuencia de las medidas cautelares dictadas en el marco de procesos de amparo de manera fraudulenta.

En efecto, este fallo permite dar solución al abuso de los amparos, no solamente en empresas de casinos y tragamonedas, sino también en empresas pesqueras que sin contar con la licencia respectiva pescan en época de veda valiéndose de los amparos, o  los dueños de buses camión que operan pese de haberse prohibido su uso por el propio TC.
    
Fuente: diario El Peruano

MEN ANUNCIA ALZA EN COMBUSTIBLE MÁS CONTAMINANTE PARA EL 2008

 

Gustavo Navarro, Director General de Hidrocarburos (DGH) del Ministerio de Energía y Minas (MEM), estimó que a partir del 2008 el Gobierno comenzará a solucionar el problema de que los combustibles más contaminantes en el país paguen menos impuestos que aquellos menos tóxicos.

Al respecto, recordemos que en marzo de 2006, el Congreso publicó una Ley que establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá modificar el marco tributario en base al índice de nocividad de los combustibles. Dicha Ley cuenta con la aprobación del Consejo Nacional de Medio Ambiente (Conam).


Por último, el representante de dicha institución indicó que el Fondo de Compensación de Precios de los Combustibles, ha venido realizado  elevadas compensaciones a los productores, por lo que es necesario disminuirlas en coordinación con el Ministerio Economía y Finanzas. Esto generará una mediana alza de precios, teniendo en cuenta además que el Ministerio de Energía y Minas ha venido alertando del aumento, especialmente en las gasolinas, en el mercado internacional.

Fuente: diario Gestión


 

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Falta 1 día para que venza el plazo para la cancelación de la 5ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de mayo de 2007, de los productores de bebidas rehidratantes, bebidas estimulantes o energizantes y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; así como de los productores de combustibles derivados del petróleo
 

PRIMERA QUINCENA - MAYO 2007

 
 
Temas

Precios de transferencia

Las últimas modificaciones al código tributario en materia de responsabilidad solidaria
¿En qué casos existe la obligación de reintegrar el crédito fiscal del igv?
La venta de bienes futuros y su relación con el principio de lo devengado

Principales pronunciamientos del tribunal fiscal relacionados con activos fijos

Informe de la Sunat: Diferencias entre los gastos de movilidad y de transporte de los trabajadores
La intermediación laboral: a propósito de la reciente modificación normativa
Conceptos remunerativos y no remunerativos (primera parte)
Jurisprudencia laboral: ¿la sola decisión de incrementar la remuneración conlleva la obligación de otorgarla?
Procedimiento empresarial: Conozca el nuevo procedimiento de saneamiento catastral
Características del nuevo Registro Nacional de Sanciones, Destitución y Despido de funcionarios públicos.
 
 



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