MIÉRCOLES 16 DE MAYO DE 2007
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

PUBLICAN FE DE ERRATAS DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SERVICIOS Y CONCESIONES POSTALES

Dispositivo

:

Decreto Supremo N° 015-2007-MTC

Fecha de publicación

:

Miércoles 16 de mayo de 2007

Mediante el presente decreto se publica una fe de erratas a la modificación del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, debiendo entenderse que esta modificación supone la derogación de la segunda disposición transitoria y final del Decreto Supremo N° 013-2006-MTC, el cual modifica el Reglamento.

Al respecto, recordemos que esta segunda disposición establecía que las personas jurídicas o naturales que contaban con concesión postal, a partir del 22 de abril de 2006, debían, entre otras obligaciones, presentar una carta fianza en función a los ingresos y área de concesión, en el plazo de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la fecha señalada.

MODIFICAN REGLAMENTO DE GARANTÍAS DE LOS CORREDORES DE PRODUCTOS Y OPERADORES ESPECIALES

Dispositivo

:

Resolución Conasev Nº 035-2007-EF/94.01.1

Fecha de publicación

:

Miércoles 16 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Jueves 17 de mayo de 2007

Mediante la presente resolución se modifica el Reglamento de Garantías de los Corredores de Productos y Operadores Especiales, y se establece que cuando la bolsa tenga la condición de asociación civil, el monto de la garantía general será equivalente al 30% del capital social pagado mínimo o patrimonio mínimo, dependiendo se trate de una sociedad Corredora de Productos o de un Agente Corredor de Productos, respectivamente.

De otro lado, se dispone que cuando la Bolsa tenga la condición de sociedad anónima, el monto de la garantía general será equivalente al 50% del capital social pagado mínimo o patrimonio mínimo, dependiendo se trate de una Sociedad Corredora de Productos o de un Agente Corredor de Productos, respectivamente.

En lo referente al factor y a las garantías adicionales, se establece que de manera adicional  Conasev podrá exigir garantías adicionales a la garantía general, de acuerdo con el monto y tipo de las operaciones que realicen lo Corredores de Productos.

Con relación a la constitución de garantías específicas se ha establecido que sin perjuicio de ello, las Bolsas de Productos que tengan la intención de realizar operaciones de financiamiento deben de presentar a Conasev una estructura de riesgos por producto, que contenga la identificación de los riesgos, cálculo y tipos de garantías, en resguardo de dichas operaciones.

Finalmente, se establece que el fondo de garantía de las Bolsas se constituye con los aportes mensuales de los Corredores de Productos y los Operadores Especiales, fijados de la Bolsa respectiva y puestos de conocimiento de Conasev de manera previa a su aplicación.

APRUEBAN LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS DE USUARIOS DE OSIPTEL

Dispositivo

:

Resolución N° 001-2007-LIN/TRASU- Osiptel

Fecha de publicación

:

Miércoles 16 de mayo de 2007

Fecha de vigencia

:

Jueves 17 de mayo de 2007

Mediante la presente resolución, el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios de Osiptel decidió incluir el lineamiento N° 4.13, referido a la aplicación del “Término a la  Distancia”, a los Lineamientos Resolutivos del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios de dicho organismo, aprobado mediante Resolución N° 01-2004-LIN/TRASU-OSIPTEL.

Al respecto, recordemos que la aplicación del término de la distancia tiene como objetivo atenuar la desventaja de muchos usuarios que deben desplazarse a un lugar alejado de su localidad para tramitar su reclamo, a fin de que el factor geográfico no los perjudique.

De esta manera, el lineamiento formulado establece que al cómputo de los plazos establecidos para el procedimiento de solución de reclamos de usuarios se debe adicionar el plazo correspondiente al término de la distancia previsto entre el lugar del domicilio del usuario y el del lugar más próximo donde exista una oficina de la empresa operadora habilitada para recibir la documentación correspondiente. Dicho término de la distancia corresponderá al previsto en el cuadro general de términos de la distancia vigente y su computo se deberá efectuar en días calendario.

FE DE ERRATAS - PIONER TRIBUTARIO

 

En la hoja de Actualización del Pioner Tributario del mes de Abril de 2007, se omitió señalar la siguiente indicación:

SECCIÓN A – CÓDIGO TRIBUTARIO

  • RETIRAR LAS PÁGINAS: A-87 a A-94

Asimismo, se señaló lo siguiente:

SECCIÓN B – IMPUESTO A
LA RENTA
Dice:

LEY N° 28991: Ley de libre desafiliación informada, pensiones mínima y complementaria y régimen de jubilación anticipada
REEMPLACE LAS PÁGINAS: A-19 y A-20

Debe decir:

LEY N° 28991: Ley de libre desafiliación informada, pensiones mínima y complementaria y régimen de jubilación anticipada
REEMPLACE LAS PÁGINAS: B-19 y B-20

FE DE ERRATAS DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PIONER LABORAL
MES DE ABRIL 2007

 

SECCIÓN D – OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
DICE:

  • Decreto Supremo N° 007-2007-TR: Modifican Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
    REEMPLACE LAS PÁGINAS D-5 a D-25

DEBE DECIR:

  • Decreto Supremo N° 007-2007-TR: Modifican Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
    REEMPLACE LAS PÁGINAS D-6 a D-24

DICE:

  • Decreto Supremo N° 006-2007-TR: Prorrogan la entrada en vigencia del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios
    REEMPLACE LAS PÁGINAS D-26 A D-32

DEBE DECIR:

  • Decreto Supremo N° 006-2007-TR: Prorrogan la entrada en vigencia del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios
    ADICIONE LAS PÁGINAS D-26 A D-32

 

EJECUTIVO PRESENTA PROYECTO PARA RESTRINGIR INGRESOS DE TRABAJADORES AL ESTADO

 

El ejecutivo presentó un proyecto de ley de acceso al empleo público, el cual constituiría una norma complementaria a la Ley Marco de Empleo Público y se aplicaría a todos los procesos de selección de personal que desarrollan las entidades de la Administración Pública, independientemente del régimen laboral por el que se vaya contratar. Este proyecto comprende a las designaciones de los funcionarios públicos de libre nombramiento, directivos superiores y la contratación a través de organismos internacionales.


Asimismo, se plantea el impedimento para acceder a un empleo en el Sector Público a quienes se encuentren inhabilitados de sus derechos civiles, tengan antecedentes penales e incompatibilidad en el cargo o quienes tengan sanciones administrativas de inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y contratación. De la misma manera, no podrá trabajar para el Estado quien tenga sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función por fracción constitucional, haya sido  sentenciado por delitos contra la administración, por deuda pendiente con la organización pública, etc.

Por último, el proyecto establece que la Oficina General de Administración o la que haga a sus veces en las entidades de la Administración Pública, será la responsable de cumplir y verificar que toda persona que acceda a cargos públicos se encuentre libre de impedimentos y cumpla con los requisitos.

Fuente: diario Gestión

 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

Mañana vence el plazo para el pago de la contribución al Senati
 

SEGUNDA QUINCENA - ABRIL 2007

 
 
Temas

CTS

Enfoque Tributario: Las nuevas facultades de la Sunat en materia tributaria-laboral y sus efectos para los empleadores

Enfoque Laboral: La Sunat como nueva inspectora de trabajo
La prohibición de ser sancionado dos veces por el mismo acto: A propósito de la modificación del código tributario.

Comentando la reforma: El efecto vinculante de los  pronunciamientos emitidos por la administración tributaria.

Informe de la Sunat: Los pagos del ITAN efectuados luego de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta no se devuelven pero sí pueden deducirse como gasto.
Nics: Principales pronunciamientos del Tribunal Fiscal relacionados con inventarios.
¿Cuáles son las consecuencias tributarias de los contribuyentes que tienen la condición de no habido?
Subdiarios que no pueden faltar en una contabilidad.
Procedimiento, formalidades y requisitos para constituir una EIRL.
 
 



Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Consultoría telefónica (01) 710-8970 - Ventas y atención al cliente (01) 710-8950

informatica@contadoresyempresas.com.pe

ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe en el asunto del mensaje indique “desuscribir”