MARTES 30 DE MAYO DE 2006
 
 
 
 
   
   
   

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MODIFICAN PLAZO PARA EL USO OPCIONAL DEL NUEVO CÓDIGO DE ENVÍO

Dispositivo

:

Resolución de Superintendencia
Nº 084-2006/SUNAT

Fecha de publicación

:

Martes 30 de mayo de 2006

Fecha de vigencia

:

Miércoles 31 de mayo de 2006

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 183-2005/SUNAT, publicada el 30/09/2005, se estableció un nuevo sistema de seguridad para las declaraciones determinativas y solicitudes presentadas a través de formularios virtuales generados por los PDT, que consistía en la implantación de un nuevo código de envío (NCE), el cual se ingresaría en los formularios virtuales a fin de acreditar que las mencionadas declaraciones y solicitudes fueron efectivamente presentadas por los deudores tributarios.

La implantación de la nueva clave de envío se haría en una fase, que contaría con una etapa de uso opcional que vencería este 31 de mayo, iniciándose desde el 1 de junio, la etapa de uso obligatorio.

Sobre el particular, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 084-2006/SUNAT, publicada hoy, se modifica el mencionado plazo para el uso opcional del NCE, de acuerdo con el tipo de contribuyente. En ese sentido, tenemos que:

1.

Para los principales contribuyentes

-

El uso del NCE será opcional hasta el 31 de mayo de 2006.

-

El uso del NCE será obligatorio a partir del 1 de junio de 2006.


2.

Para los medianos y pequeños contribuyentes

-

El uso del NCE será opcional hasta el 31 de diciembre de 2006.

-

El uso del NCE será obligatorio a partir del 1 de enero de 2007.

Cabe anotar que la no inclusión del NCE en los PDT durante la etapa de uso opcional no será causal de rechazo de las declaraciones presentadas, siendo causal de rechazo recién en la etapa de uso obligatorio.

 

SE PUBLICA NUEVA RELACIÓN DE EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DE LOS MEDIOS DE
PAGO CON LAS QUE ESTAS SE ENCUENTRAN AUTORIZADAS A OPERAR

Dispositivo

:

Resolución de Superintendencia
Nº 086-2006/SUNAT

Fecha de publicación

:

Martes 30 de mayo de 2006

Fecha de vigencia

:

Miércoles 31 de mayo de 2006

Mediante la norma en comentario se deroga la Resolución de Superintendencia Nº 256-2005/SUNAT, actualizándose lo siguiente:

1.

La relación de empresas del Sistema Financiero y de los medios de pago con las que estas se encuentran autorizadas a operar.

2.

La relación de las empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud de convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas emisoras, no pertenecientes al Sistema Financiero, cuyo objeto principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito.

3.

La relación de las empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud de convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas bancarias o financieras emisoras, no domiciliadas en el país.

 

OTORGAN FACILIDADES PARA EL DERECHO A VOTO EN EL SECTOR PRIVADO Y EN EL SECTOR PÚBLICO

Dispositivo

:

Decreto Supremo N° 010-2006-TR

Fecha de publicación

:

Martes 30 de mayo de 2006

Fecha de vigencia

:

Miércoles 31 de mayo de 2006

Que, mediante Resolución N° 749-2006-JNE, de fecha 5 de mayo de 2006, se ha señalado para el día 4 de junio de 2006, como fecha para la realización de la Segunda Vuelta de la Elección Presidencial entre los candidatos que han ocupado la primera y segunda votación.

En ese sentido, se requiere que los empleadores del Sector Público y Privado otorguen facilidades a sus trabajadores a fin de que puedan ejercer su derecho a voto.

Por ello, la norma en comentario, establece que los trabajadores del Sector Privado y público que presten servicios en centros de trabajo ubicados en una provincia distinta a la que deben ejercer su derecho a voto en la Segunda Vuelta de la Elección Presidencial y siempre que lo acrediten, no laborarán los días viernes 2, sábado 3, domingo 4 y lunes 5 de junio próximo. En el Sector Privado, los días no laborados deben recuperarse conforme lo establezca el empleador.

En el Sector Público, los titulares de los organismos adoptarán las medidas necesarias para asegurar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma de recuperación de los días dejados de laborar.

Las personas que actúen como miembros de mesa en el referido proceso electoral a realizarse el 4 de junio próximo, y cuya jornada de trabajo coincida con dicha fecha están facultadas para no asistir a su centro de labores, sin perjuicio de ser recuperadas las horas dejadas de laborar.

Asimismo, se establece que los trabajadores del Sector Privado y Público cuya jornada de trabajo coincida con el día de la elección presidencial tienen derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para que puedan ejercer su derecho a voto.

Los empleadores y los titulares de los organismos Públicos dispondrán la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar.

La provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, no se consideran como provincias distintas para los fines del presente Decreto Supremo.
 

LEY QUE ESTABLECE ACOGIMIENTO DEL PROGRAMA DE RESCATE FINANCIERO AGROPECUARIO

Dispositivo

:

Ley Nº 28747

Fecha de publicación

:

Martes 30 de mayo de 2006

Fecha de vigencia

:

Miércoles 31 de mayo de 2006

Mediante la presente Ley se amplía el plazo para el acogimiento al Programa de Rescate Financiero hasta el 30 de julio de 2006. El acogimiento de las solicitudes al Programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA) finalizará al agotarse los bonos de reactivación.

Las instituciones del Sistema Financiero Nacional, incluidas las cajas rurales; cajas municipales; cooperativas de ahorro y crédito; empresas vinculadas económicamente, subsidiarias, patrimonios de propósito exclusivo, sociedades titulizadoras u otras empresas fiduciarias; así como las comisiones liquidadoras que hayan asumido las carteras de las instituciones financieras en proceso de liquidación, tienen un plazo de hasta treinta (30) días naturales para presentar las solicitudes de acogimiento a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) en su calidad de administradora del Programa de RFA.

Finalmente, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025, el plazo para la refinanciación de las deudas comprendidas en el Programa de RFA.
 


 

CONGRESO PRETENDE DEBATIR SOBRE EL NUEVO FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO

 

La agenda del Pleno del Congreso de la República cuenta con dos proyectos de la Comisión de Economía que fueran observados por el Poder Ejecutivo y que en la actualidad son materia de insistencia por parte de los congresistas.


El primero de ellos, es el proyecto de fraccionamiento tributario y sinceramiento de deudas tributarias, que propone que la Sunat sea la encargada de regularizar la situación de los beneficios de los regímenes especiales de fraccionamiento tributario y sinceramiento de las deudas tributarias regulados por las Leyes Nºs. 27344 y 27681, que se hubiesen acogido a uno u otro régimen y que tengan un atraso en su calendario de pagos.

El presidente de la Comisión de Economía, Jesús Alvarado sostuvo que dicho proyecto busca incrementar los plazos para refinanciar las deudas tributarias, descontando las multas y moras, mas no los intereses.

En tanto, el otro proyecto es la modificación del Sistema Nacional de Inversión Pública que propone modificar los artículos 2, 3, 9 y 10 e incorporar un nuevo artículo y una nueva Disposición Complementaria en la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública.

Fuente: diario Gestión


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RECHAZA PROYECTO PARA
OTORGAR BENEFICIOS TRIBUTARIOS A ESSALUD

 

El Ministerio de Economía y Finanzas manifestó su oposición con respecto al proyecto pendiente de debate en la Comisión de Economía, que propone la devolución del 50% del IGV, pagado por el Seguro Social de Salud (EsSalud), en sus adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios.


Dicho proyecto de ley, dispone por un plazo de cinco (5) años, la devolución definitiva del 50% del IGV que pague el EsSalud en sus adquisiciones de medicamentos, material médico, adquisición y mantenimiento de equipos asistenciales, así como en la contratación de servicios de hemodiálisis, alimentación y lavandería hospitalaria.

En tanto, el MEF derivó esta propuesta legislativa a su Dirección General de Política de Ingresos Públicos para analizar el proyecto, a fin de emitir un informe técnico.

Este informe técnico, considera que dicha propuesta no debería ser aprobada, puesto que además de desnaturalizar la aplicación técnica del IGV, resulta contraria a los objetivos de fortalecer el sistema tributario, así como de no ampliar los beneficios tributarios existentes e iniciar el proceso de eliminación gradual de las exoneraciones.

Fuente: diario Gestión

Continúa hasta el 4 de junio de 2006 la inscripción de los proveedores de bienes y/o servicios en el Registro Nacional de Proveedores, cuyo último dígito del RUC sea 2 y 3.

Hoy vence el plazo para que las entidades del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 0, 1, 2, 3 y 4 comuniquen a la Sunat sobre sus adquisiciones de bienes o servicios correspondientes al mes de marzo de 2006.

Falta un día, para que las entidades del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 5, 6, 7, 8 y 9 comuniquen a la Sunat sobre sus adquisiciones de bienes o servicios correspondientes al mes de marzo de 2006.
Asimismo, vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago al contado del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo o de la primera cuota del mismo, en caso de pago fraccionado.

De igual modo, caduca el plazo para que las compañías de aviación comercial presenten la declaración sobre la totalidad de boletos de transporte aéreo emitidos durante el mes de abril de 2006.

A su vez, se vence el plazo para el pago de la 64ª cuota del Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario y de la 49ª cuota del Régimen de Sinceramiento de la Deuda Tributaria.


SEMINARIO GRATUITO

SOLO SUSCRIPTORES DE LIMA

IMPLICANCIAS DEL RÉGIMEN DE DETRACCIONES, PERCEPCIONES
Y RETENCIONES DEL IGV

CIUDAD DE LIMA

MARTES 13 DE JUNIO DE 2006

   


SEMINARIO

CÓMO ENFRENTAR UNA FISCALIZACÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO A PARTIR DE LAS ÚLTIMAS NORMAS LABORALES

CIUDAD DE HUÁNUCO

SÁBADO 17 DE JUNIO DE 2006

   

 

PRIMERA QUINCENA MAYO 2006

 
 
Temas
 

Inaplicación de intereses y sanciones por interpretación equivocada de las normas tributarias: ¿Es necesario rectificar?

¿Cuándo y cómo se realizan los ajustes al Impuesto Bruto y al crédito fiscal del IGV?

¿Cómo saber si hemos sido notificados correctamente?

Incidencia en el ITAN al rectificar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta modificando los activos presentados.

¿Cómo se aplica la percepción del IGV en las importaciones de bienes?

¿Cómo determinar los costos en una empresa comercial?

Situaciones que se presentan en una consolidación de Estados Financieros.

¿Qué debe hacer el empleador cuando el trabajador no cobra sus beneficios sociales?

Requisitos para el registro de Convenios de Prácticas Preprofesionales.

Reincorporación de los pensionistas a la actividad laboral.

 

Conozca cómo inscribirse en el Registro Nacional de Proveedores del Estado.

 


 



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