JUEVES 10 DE MAYO DE 2012
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

 

EJECUTIVO EVALÚA INCREMENTAR CARGA TRIBUTARIA A TRABAJADORES
 

El Ejecutivo evalúa un proyecto para modificar el Impuesto a la Renta (IR). El Objetivo sería reducir el monto deducible anual de 7 UIT(S/ 25 mil)  a 4UIT(S/ 14 mil), con lo cual quedarían gravados con el IR los trabajadores con ingresos desde S/ 1000 mensuales, con una tasa de 5%, hasta ingresos de S/ 10 mil anuales. Asimismo, dicho proyecto señala que al exceso de las 4 UIT se aplicaría una tasa del 5% hasta las primeras 3UIT (S/ 10 950 mil anuales), el exceso hasta el 30UIT  se aplicará una tasa del 15% (109 mil anuales); al exceso hasta 57 UIT se aplicara la tasa de 21% (S/ 208 mil anuales); al exceso hasta 70 UIT se aplicara la tasa de 30% (S/ 255 mil anuales; y, finalmente la nueva tasa de 35% sobre el exceso del monto mencionado.

Cabe mencionar que el proyecto peca de incoherente porque castigará con mayores impuestos a los contribuyentes y no genera medidas contra los informales. Del mismo modo, desatiende la realidad peruana, en tanto, se pretende gravar con un mayor impuesto a las personas y no toma en consideración que el costo de vida en el país se ha elevado.

 

APRUEBAN PROYECTO PARA SANEAR DEUDAS MUNICIPALIDADES
 

Los proyectos de ley que plantean sanear las deudas municipales y exonerar del IGV a las empresas dedicadas a la transferencia de fondos fueron aprobados en la Comisión de Economía del Congreso. Propuesta que ha sido encabezada por el congresista Yehude Simon, la cual establece acogerse a esta norma todas las municipalidades, que al 31 de diciembre de 2011 tengan deuda por tributos exigibles y pendientes de pago. El proyecto establece que la recaudación o administración este a cargo de la SUNAT, incluidas las deudas ante Essalud, ONP Fonavi y Aduana. Asimismo, señala que el acogimiento permite la extinción de las multas, recargos, intereses, reajustes capitalización de intereses, así como los gastos y costas previstos por las normas de la materia vigente. De este modo, las municipalidades deudoras podrán pagar al contado y/o fraccionado en un período no mayor de 10 años, ya sea mediante acuerdo del concejo Municipal o vía convenio con el Banco de la Nación. De otro lado, el segundo extremo del proyecto de ley sobre la exoneración del IGV a las empresas dedicadas a la transferencia de fondos busca disminuir los costos de los beneficiarios de las remesas provenientes del exterior al fomentar la competencia entre quienes prestan dicho servicio.


ATENDERÁN PAUTAS PARA LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
 

Para elaborar la nueva tabla de indemnizaciones por daños causados debido al incumplimiento de normas de seguridad y salud laboral, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) atenderá las pautas fijadas por el Poder Judicial en la determinación de estas indemnizaciones, aseguró el titular del sector, José Villena. Al respecto indicó que habrá un debate y se cruzará información. Se tendrá como punto de referencia a las indemnizaciones que otorga el Poder Judicial, porque no es fácil establecerlo. La redacción de la ley la dejaron muy abierta y poner una sanción pecuniaria puede generar muchas expectativas y resistencias por parte de los empleadores, en cuanto a la formalidad.


 

GASTOS POR RESPONSABILIDAD SOCIAL ESTÁN ENMARCADOS DENTRO DE LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD ENTRE LOS GASTOS REALIZADOS Y EL MANTENIMIENTO DE LA FUENTE GENERADORA DE RENTA

 

La RTF N° 16591-3-2010, ha señalado que los gastos por responsabilidad social, en la medida que respondan a un interés de la empresa, no altruista, como es el caso de evitar los conflictos sociales a fin de mantener el normal funcionamiento de sus actividades, están enmarcados dentro de la relación de causalidad entre los gastos realizados y el mantenimiento de la fuente generadora de renta.


LA ORDEN DE PAGO NO PUEDE SER EMITIDA DETERMINANDO UNA MAYOR OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PARA MODIFICAR LOS IMPORTES DECLARADOS POR EL CONTRIBUYENTE

 

RTF N°04840-1-2011

La orden de pago no puede ser emitida determinando una mayor obligación tributaria para modificar los importes declarados por el contribuyente. Si es que el tributo omitido no se deriva de errores materiales de redacción o de cálculo o sin que medie una fiscalización o verificación por parte de la Administración Tributaria, pues dicha modificación sólo podría ser efectuada como resultado de la verificación mencionada tal como lo establece el artículo 61º del Código Tributario antes citado



CONSTITUYE DOCUMENTO PROBATORIO LAS COPIAS SIMPLES DE LOS LIBROS CONTABLES DEL DEUDOR, EMPRESA NO DOMICILIADA,  PARA ACREDITAR EL NO PAGO DE INTERESES POR PRÉSTAMOS.

 

RTF N° 12603-8-2011

La Administración reparó intereses presuntos al haber determinado movimientos en la Cuenta 16 Cuentas por Cobrar Diversas por los cuales no se cobraron intereses y señaló que las copias simples presentadas por la recurrente en la fiscalización no son fehacientes. Al respecto el Tribunal Fiscal ha señalado que las copias simples de libros de contabilidad  del deudor son válidas para desvirtuar el reparo, pues los libros contables del deudor no son de su propiedad y propiedad.

GASTOS DE PERSONAL DE TERCERAS EMPRESAS SERÍAN DEDUCIBLES EN TANTO CORRESPONDAN AL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES

 

RTF 08049-3-2010

En general los gastos de personal de terceras empresas no son deducibles, de acuerdo con el Tribunal Fiscal; pero esto no es lo relevante en los casos en que se verifica la existencia de una obligación contractual acordada por las partes que no está prohibida por las normas civiles ni tributarias, cumpliendo de este modo el principio de causalidad y confirmando la necesidad del gasto. En el caso, se verificó que los gastos asumidos por el recurrente por concepto de movilidad, alojamiento y alimentación de los trabajadores de una tercera empresa que le prestó servicios, no corresponderían a un acto de liberalidad, como señalaba la Sunat, sino al cumplimiento de obligaciones contractuales, pactadas por las partes, por lo que corresponde su deducción como gasto al determinar el Impuesto a la Renta.


JURISPRUDENCIA DE Observancia Obligatoria

 

LA TARIFA DE SOBREVUELO NO TIENE NATURALEZA TRIBUTARIA

Resolución de Observancia Obligatoria Nº 2011-9-16876


La contraprestación que recibe la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial  S.A. – CORPAC S.A. por concepto de tarifa de sobrevuelo no tiene naturaleza tributaria por lo que el Tribunal Fiscal no es competente para emitir pronunciamiento sobre los casos relacionados con dicho concepto.

Los actos que interrumpan el plazo prescriptorio deben ser válidamente notificados.

Resolución de Observancia Obligatoria Nº 2011-9-11952

“A efecto de que opere la causal de interrupción del cómputo del plazo de prescripción prevista por el inciso f) del artículo 45º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, cuando ésta es invocada en procedimientos contenciosos y no contenciosos tributarios, se debe verificar que los actos a que dicha norma se refiere hayan sido válidamente notificados dentro de un procedimiento de cobranza o ejecución coactiva iniciado conforme a ley, mediante la notificación válida de los correspondientes valores y la resolución de ejecución coactiva que le da inicio.”

SUNAT MANTIENE CRITERIO EN TRATAMIENTO DE DIFERENCIAS DE CAMBIO

 


Mediante Informe N° 111-20011 la SUNAT señala que se mantienen vigentes los criterios de los informes N° 234-2009 y 096-2011. Indica que para determinar el Impuesto a la Renta sólo se deberá incluir los resultados por diferencia de cambio generada por transacciones y créditos que se encuentren vinculados con operaciones gravadas con el impuesto.



CORTE SUPREMA: CONTRIBUYENTES PROBARÁN PÉRDIDA DE FUENTE EXTRANJERA

 

La Corte Suprema mediante Sentencia de Casación N° 3576-2009  expuso que la SUNAT está facultada a requerir información por la pérdida de fuente extranjera. Asimismo, señaló que ésta no está obligada a requerir información al gobierno americano por rentas de contribuyentes aún cuando existe Convenio de Intercambio de Información celebrado con los EE.UU.



Proponen participación de gobiernos regionales, locales y universidades públicas en  gravamen especial a la minería

 
 
A través del Proyecto de Ley N° 281/2011-CR presentado al Congreso el 3 de Octubre se propone otorgar participación en el Impuesto Especial a la Minería, aprobado por Ley N° 29790, a los gobiernos regionales, locales y a las universidades públicas, donde se explotan los recursos minerales.Dicha participación sería 20% del total recaudado por el impuesto.





CRONOGRAMA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL AÑO 2012

Dispositivo

:

Resolución de Superintendencia Nº 003-2012/SUNAT

Fecha de publicación

:

7 de enero de 2012

Fecha de vigencia

:

8 de enero de 2012

En virtud a la norma bajo comentario, se establecieron los siguientes cronogramas aplicables para el ejercicio 2012.

Cronograma para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, Buenos Contribuyentes y Unidades Ejecutoras del Sector Público, así como declaración y pago del ITF

 

PERÍODO TRIBUTARIO

FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC

0

1

2

3

4

5

6

7

8

9

BUENOS CONTRIBUYENTES, AFILIADOS A FACT. ELECTR. Y  UESP

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5, 6, 7, 8 y 9

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