MARTES 23 DE JUNIO DE 2009
 
 
 
   
   
   
   
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DECLARAN DUELO NACIONAL LABORABLE EL DÍA 26 DE JUNIO DE 2009

Dispositivo

:

Decreto Supremo Nº 040-2009-PCM

Fecha de publicación

:

Martes, 23 de junio de 2009

Fecha de vigencia

:

Miércoles, 24 de junio de 2009

El día 19 de junio del presente año se produjo el sensible fallecimiento del congresista de la República y ex alcalde de Lima, señor Alberto Andrade Carmona.

En atención a tan lamentable deceso, a través del presente dispositivo, se ha declarado duelo nacional el día 26 de los corrientes, día en que se realizarán las exequias del recordado político.

Es importante señalar que la referida fecha es de carácter laborable.

Finalmente, se ha dispuesto que el día declarado como duelo nacional, el pabellón nacional sea izado a media asta en todas las entidades del Estado del territorio nacional, así como en las misiones diplomáticas, consulares y representantes del Perú en el exterior.
 

MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Dispositivo

:

Decreto Supremo Nº 140-2009-EF

Fecha de publicación

:

Martes  23 de Junio de 2009

Fecha de vigencia

:

Miércoles 24 de Junio de 2009

El presente Decreto Supremo modifica diversos artículos del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2009-EF.

Debemos recordar que  la sexta disposición complementaria final de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Legislativo Nº 1017),  refiere que aquellas contrataciones que se encuentren bajo el ámbito de tratados u otros compromisos internacionales, que impliquen la aplicación de los principios de Trato Nacional y No Discriminación, las entidades contratantes deberán conceder incondicionalmente a los bienes, servicios y proveedores de la otra parte, un trato similar o no menos favorable que el otorgado por la normativa peruana a los bienes, servicios y proveedores nacionales, de conformidad con las reglas, requisitos y procedimientos establecidos en las normas de Contrataciones con el Estado.

Ello responde a las medidas que se vienen efectuando con la finalidad de cumplir con los estándares normativos que el TLC exige, e implicará, por ejemplo, que no se le otorguen beneficios a las empresas nacionales con respecto a las extrajeras, como suele ocurrir en algunos procesos de selección, donde la empresa nacional, por ser tal, obtiene una bonificación.

Por lo expuesto, se han modificado los artículos 255, 259, 265, 272 en el sentido de facilitar los trámites de las personas jurídicas extranjeras ante el Registro Nacional de Proveedores.
 



RETENCIÓN A LAS  RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA


Los agentes de retención que paguen o acrediten honorarios u otros conceptos que constituyan rentas de cuarta categoría deberán efectuar las retenciones que la Ley del Impuesto a la Renta obliga, excepto en los casos que:

1. El perceptor de la renta haya obtenido de la Sunat la Constancia de Autorización de suspensión de retenciones y de pagos a cuenta.

2. El importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/.1,500 ( un mil quinientos y 00/100 nuevos soles).

Nótese el numeral 2 anterior, ya que la norma exceptúa de la retención solo en el caso de los recibos por honorarios, por lo que si se pagan dietas al directorio, estas se encuentran sujetas a retención por cualquier monto, salvo que la mencionada dieta se sustente en un recibo por honorarios.

 

ESCALA DE VIÁTICOS 2009 - NACIONAL

 

Monto de viáticos diarios a nivel nacional(*)

Viáticos diarios que otorga el Gobierno central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía

Viáticos diarios para trabajadores del Sector Privado

S/. 210.00

S/. 420.00


(*) Vigente desde el 06/02/2009. D.S. Nº 028-2009-EF

 


ESCALA DE VIÁTICOS 2008 - EXTERIOR

 

ZONA GEOGRÁFICA
GASTO  MÁXIMO DEDUCIBLE

---África

US$ 400

---América Central

US$ 400

---América del Norte

US$ 440

---América del Sur

US$ 400

---Asia

US$ 520

---Caribe

US$ 480

---Europa

US$ 520

---Oceania

US$ 480

 

 




 

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PRIMERA QUINCENA - JUNIO 2009

 
 

OPERATIVO DE VERIFICACIÓN SOBRE EL DEPÓSITO DE LA COMPENSACIÓN
POR TIEMPO DE SERVICIOS

Gastos de desarrollo en actividades mineras

Contrato de mutuo de bienes y de comodato: Tratamiento tributario y contable

Consulta tributaria: ¿Puede emplearse el crédito fiscal para el pago del IGV por utilización de servicios de no domiciliados? ¿Constituye infracción el no pago del IGV por utilización de servicios de no domiciliados?

Tratamiento de la jubilación anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP)

Auditoría de obras públicas por contrata

Libros contables: Llenado del Libro de Inventarios y Balances - Cuentas 20, 31 y 34
Aspectos legales del pago de títulos valores

Documento legal: Compraventa con arras confirmatorias

Procedimiento legal: Proceso de inscripción de aporte de inmueble
¿Se puede interponer un recurso de nulidad de forma independiente al recurso de apelación?




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