MARTES 26 DE JUNIO DE 2007
 
 
 
   
   
   
   
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SE APRUEBA NUEVA VERSIÓN DEL PDT IGV-RENTA MENSUAL Y SE MODIFICA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE INGRESO DE BIENES A LA REGIÓN SELVA

Dispositivo
:
Resolución de Superintendencia Nº 135-2007/SUNAT

Fecha de publicación

:

Martes 26 de junio de 2007

Fecha de vigencia

:

Miércoles 27 de junio de 2007

Como se recordará, mediante el Decreto Legislativo Nº 978 se excluyó a los departamentos de Amazonas, Ucayali, Madre de Dios, a la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de Loreto, así como a las provincias y distritos de los demás departamentos que conforman la Amazonía, del goce del beneficio de la aplicación de un crédito fiscal especial para determinar el IGV, que fuera otorgado por la Ley Nº 27037 que aprobó la Ley del Promoción de la Amazonía. La exclusión tendrá vigencia desde el próximo 1 de julio.

Asimismo, el decreto legislativo en mención excluyó a los departamentos de Amazonas, Ucayali, Madre de Dios y a la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de Loreto, del beneficio del reintegro tributario del IGV regulado por el artículo 48 del TUO de la ley de dicho impuesto.

Por su parte, mediante Decreto Legislativo Nº 981 se estableció que para realizar la compensación de oficio o a solicitud de parte del crédito por retenciones y/o percepciones del IGV no aplicadas, el saldo acumulado no aplicado deberá constar en la declaración del mencionado impuesto.

Teniendo en cuenta lo anterior, mediante la resolución de superintendencia publicada hoy, se realizan ajustes al PDT IGV-Renta mensual – Formulario Virtual Nº 621, aprobándose una nueva versión (versión 4.6), que estará a disposición de los deudores tributarios a partir del 27 de junio de 2007, en el portal de la Sunat.

Tal nueva versión deberá ser utilizada a partir del 1 de agosto de 2007, independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones, incluyéndose las declaraciones rectificatorias.

Por otro lado, habiéndose reducido el ámbito de aplicación del beneficio del reintegro tributario del IGV, se reduce el plazo con el que cuentan los comerciantes de la Región Selva que gocen aún del beneficio, para presentar el Formulario Virtual Nº 1647 “Declaración de Ingreso de Bienes a la Región Selva”. Así, se establece que la mencionada declaración se deberá presentar por lo menos con ocho horas de anticipación (ya no 24) a la fecha de ingreso de los bienes a la región, a través de Sunat Virtual.

Cabe anotar que dicho plazo será exigible a partir del 1 de julio de 2007.

 

EL 28 DE JUNIO ES FERIADO NO LABORABLE PARA EL SECTOR PÚBLICO

 

El año pasado fue publicado el Decreto Supremo N° 055-2006-PCM, norma que publicó una lista de días feriados no laborables en el año 2007 para el Sector Público, entre ellos, el día 28 de junio del año en curso.

Así, la norma dispone que tal día se considerará como día hábil para efectos tributarios, por lo que se recomienda tomar las precauciones necesarias en materia de plazos que pudieran vencer ese día.


Asimismo, se establece que las horas dejadas de trabajar el 28 de junio serán compensadas en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de la entidad pública.

Por otro lado, las empresas pertenecientes al Sector Privado podrán acogerse o no al citado feriado. En este caso, si un empleador de este sector acuerda con su personal acogerse a este feriado, dependerá de aquel la recuperación o no del día dejado de laborar.

Finalmente, respecto al 29 de junio, estamos ante un feriado obligatorio tanto para el Sector Público como para el Privado. En tal sentido, el personal tendrá derecho a descansar remuneradamente ese día, de lo contrario será remunerado con una sobretasa del cien por ciento por realizar labores en días feriados.

 

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Faltan ocho días para que venza el plazo para el pago de aportes a las AFP con cheque de otro banco por la obligación del mes de junio de 2007.
 

PRIMERA QUINCENA - JUNIO 2007

 
 
Temas

Declaración jurada sobre información de planillas del mes de junio

El ITAN y el principio de capacidad económica: a propósito de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional.
¿Se pueden embargar coactivamente las remuneraciones o pensiones para el cobro de obligaciones tributarias de los gobiernos locales?
Tratamiento tributario de las asociaciones sin fines de lucro.

Comentando la reforma: ¿qué deudas pueden acogerse a un nuevo fraccionamiento?

¿Cómo programar una toma de inventario de almacenes de medio año?
Provisiones que no pueden faltar en un balance de medio año
Libros y registros contables: Características del libro diario
Informática para contadores: Cambios en el PDT 0687 – Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento del artículo 36 del Código Tributario.
Procedimiento para solicitar la libre desafiliación
Contratando con el Estado: ¿cómo presentar las propuestas en un proceso de selección?
Consideraciones a tener en cuenta en la aplicación del módulo SIAF - presupuesto
 
 



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