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LUNES 26 DE JUNIO DE 2006 |
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ESTABLECEN PLAZO EXCEPCIONAL PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE RATIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES EN LA PROVINCIA DE LIMA |
Dispositivo |
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Ordenanza Nº 952-MML |
Fecha de publicación |
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Sábado 24 de junio de 2006 |
Fecha de vigencia |
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Domingo 25 de junio de 2006 |
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La presente norma tiene como objetivo dar cumplimiento a la Ley Nº 28762 mediante la cual se dispone ampliar el plazo de manera excepcional para que las municipalidades distritales que no pudieron ratificar sus ordenanzas de arbitrios correspondientes a los periodos 2002 a 2005, así como del ejercicio 2006, puedan acogerse al procedimiento de ratificación establecido mediante Ordenanza Nº 607, quedando facultadas con ello a realizar la cobranza por los servicios ya prestados, así como financiar los servicios en el presente año.
Podrán acogerse a los alcances de la presente norma, las municipalidades distritales cuyas ordenanzas que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones, durante los años 2002 a 2006, no hubiesen sido ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Se fija de forma excepcional hasta el 28 de junio de 2006, el plazo para la presentación de solicitudes de ratificación de ordenanzas.
El procedimiento de ratificación se iniciará a pedido de la Municipalidad Distrital con la presentación de la solicitud en el plazo establecido, en la Mesa de Partes del SAT, la cual deberá contener la designación de dos funcionarios, quienes deberán acudir a las instalaciones del SAT, a fin de subsanar las deficiencias técnicas y/o legales que pudieran presentarse en sus expedientes de ratificación.
De existir la emisión de un requerimiento, este deberá ser subsanado por los funcionarios designados dentro de las 24 horas de formulado el pedido; caso contrario se procederá a su devolución definitiva.
La solicitud deberá contener la Ordenanza que regula los arbitrios, debidamente aprobada por el Concejo Distrital, bajo responsabilidad administrativa de los funcionarios de la Municipalidad Distrital.
Finalmente, se establece de manera excepcional hasta el 15 de julio de 2006, la publicación de las ordenanzas que aprueban los montos de las tasas por concepto de arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2006. |
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MODIFICAN Y PRORROGAN ENTRADA EN VIGENCIA DEL PROCEDIMIENTO DE IMPORTACIÓN DEFINITIVA |
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Dispositivo |
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Resolución Nº 341-2006/SUNAT/A |
Fecha de publicación |
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Domingo 25 de junio de 2006 |
Fecha de vigencia |
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Lunes 26 de junio de 2006 |
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Como producto de los requerimientos recibidos y pedidos formulados por algunos operadores del comercio exterior, se ha visto por conveniente realizar modificaciones al referido procedimiento, así como prorrogar su entrada en vigencia.
Entre las principales modificaciones podemos citar:
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Los envíos de socorro solo están sujetos a control documentario. |
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Cuando la factura o documento equivalente no consigne todos los datos pertinentes, o estos no sean precisos para la clasificación arancelaria de la mercancía; dicha información deberá especificarse en la casilla 7.37 de los ejemplares A y A1 de la DUA, con excepción de la descripción detallada de la mercancía, la cual debe ser transmitida en el ejemplar B y B1 de la DUA. |
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Tratándose de las DUA correspondientes a despachos urgentes y al sistema anticipado de despacho aduanero, en la primera recepción bastará con adjuntar fotocopia simple de los documentos. |
Asimismo, se prorroga en vía de regularización la entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia Nº 241-2006/SUNAT/A al 5 de julio de 2006. |
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APRUEBAN LA DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN, FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL AÑO FISCAL 2007 |
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Dispositivo |
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Resolución Directoral
Nº 034-2006-EF/76.01
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Fecha de publicación |
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Sábado 24 de junio de 2006 |
Fecha de vigencia |
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Domingo 25 de junio de 2006 |
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Mediante la presente Resolución se aprueba la Directiva Nº 016-2006-EF/76.01, que tiene los siguientes objetivos:
a) |
Consolidar el presupuesto institucional como un eficaz instrumento de la gestión económica y financiera, que sirva para la toma de decisiones en materia de las finanzas públicas. |
b) |
Establecer normas de carácter técnico y operativo que permitan a los pliegos presupuestarios programar, formular y aprobar sus presupuestos institucionales. |
c) |
Vincular las propuestas de gastos institucionales con los lineamientos de política nacional, sectorial, regional y local, de acuerdo con sus respectivos planes. |
d) |
Respetar las reglas fiscales dentro del marco de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal – Ley Nº 27245 y modificatorias, a fin de que las propuestas de gastos resulten acordes con la asignación presupuestaria total o techo presupuestario. |
e) |
Permitir que la programación y formulación presupuestal de los pliegos de los gobiernos locales reflejen los resultados del presupuesto participativo. |
La Directiva es de alcance para todas las municipalidades provinciales y distritales. Asimismo, es de aplicación a los institutos viales provinciales municipales.
La aplicación de la Directiva no otorga la facultad para modificar o realizar la reestructuración orgánica de la entidad, especialmente en lo que se refiera a modificaciones en los órganos estructurales o unidades equivalentes o en el personal de la entidad.
Todos los documentos que se presenten en las fases de formulación y aprobación presupuestaria tienen el carácter de declaración jurada, y por lo tanto se sujetan a las responsabilidades y consecuencias legales correspondientes.
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APRUEBAN LA DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN, FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL
PRESUPUESTO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES PARA EL AÑO FISCAL 2007 |
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Dispositivo |
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Resolución Directoral
Nº 036-2006-EF/76.01
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Fecha de publicación |
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Lunes 26 de junio de 2006 |
Fecha de vigencia |
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Martes 27 de junio de 2006 |
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Mediante la presente Resolución se aprueba la Directiva Nº 017-2006-EF/76.01, que tiene los siguientes objetivos:
a) |
Consolidar el presupuesto institucional como un eficaz instrumento de la gestión económica y financiera que sirva para la toma de decisiones en materia de las finanzas públicas. |
b) |
Establecer normas de carácter técnico y operativo que permitan a los pliegos presupuestarios programar y formular sus presupuestos institucionales. |
c) |
Vincular las propuestas de gastos institucionales con los lineamientos de política nacional, sectorial, y regional, de acuerdo con sus respectivos planes. |
d) |
Respetar las reglas fiscales dentro del marco de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal – Ley Nº 27245 y modificatorias, a fin de que las propuestas de gastos resulten acordes con la asignación presupuestaria total o techo presupuestario. |
e) |
Permitir que la programación y formulación presupuestal de los gobiernos regionales reflejen los resultados del presupuesto participativo. |
La Directiva se aplica a los gobiernos regionales a los que, con cargo a cualquier fuente de financiamiento, se les aprueba un crédito presupuestario en la Ley de Presupuesto del Sector Público.
La aplicación de la Directiva no otorga la facultad para modificar o realizar la reestructuración orgánica de la entidad, especialmente en lo que se refiere a modificaciones en los órganos estructurales o unidades equivalentes o en el personal de la entidad.
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EMITIRÁ IMPORTANTES SENTENCIAS EN MATERIA TRIBUTARIA
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El Tribunal Constitucional se alista a emitir sentencias que tendrán importantes implicancias tributarias. Se trata de distintas acciones que serán resueltas en el corto y mediano plazo.
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En primer lugar, se resolverá una acción de amparo mediante la cual el Banco Wiese Sudameris acciona contra la Sunat, solicitando que se declare inaplicable la ley que crea el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), ya que en realidad se trataría de un sistema de cálculo de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta que reemplazaría al Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta (AAIR) cuya inconstitucionalidad ya fuera declarada por el TC.
Al respecto, el presidente del TC, Víctor García Toma, recordó que si bien se trata de un proceso de amparo cuya sentencia solo tiene efecto para las partes, todas las resoluciones del Tribunal tienen efectos vinculantes, y como tal sus efectos se irradian al resto de la Administración de Justicia.
Otro proceso de amparo pendiente de resolución del TC es el seguido por la Compañía Minera La Poderosa S.A. contra el MEF, la Sunat y el Tribunal Fiscal (TF). En dicho proceso la compañía solicita se declaren inaplicables unas resoluciones del TF que confirman resoluciones de la Sunat por pago del Impuesto a la Renta, argumentando que de la interpretación del Convenio de Estabilidad Tributaria del cual es beneficiaria, se entiende que se encuentra exonerada de dicho pago.
Finamente, García Toma señaló que el fallo que emitirán para resolver este caso tendrá que pronunciarse sobre la naturaleza de los Convenios de Estabilidad Tributaria, aclarando que ello es diferente a una renegociación, fruto del acuerdo de las partes.
Fuente: diario Gestión |
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EL TLC QUEDA EXPEDITO PARA SER RATIFICADO EN EL PLENO DEL CONGRESO
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El dictamen sobre el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos fue aprobado ayer por siete votos a favor y una abstención en la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República, quedando listo para su ratificación por el Pleno en la próxima semana.
Con ello, se habrían saneado todas las observaciones presentadas sobre el texto del referido acuerdo comercial, que se denominará “Acuerdo de Promoción Comercial”. |
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El TLC comenzaría a debatirse antes del jueves 29, que es feriado. La fecha y la agenda serán fijadas por los miembros del Consejo Directivo. Por tratarse de un tratado internacional, la aprobación del documento exige una votación aprobatoria de por lo menos la mitad más uno del total de congresistas; es decir, 61 votos.
Sin embargo, si el Congreso de Estados Unidos no aprueba dicho tratado en julio, se tendría que esperar hasta después de noviembre.
Fuente: diario oficial El Peruano |
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Falta un día, para que puedan efectuar la cancelación de la 4ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de junio de 2006, los productores de aguas minerales, gaseosas aromatizadas o no, cervezas; así como los productores de combustibles derivados del petróleo. |
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Faltan dos días, para que las entidades del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 0, 1, 2, 3 y 4, que hoy vence el plazo para comunicar a la Sunat sobre sus adquisiciones de bienes o servicios correspondientes al mes de abril de 2006. |
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Faltan cuatro días, para que las entidades del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 5, 6, 7, 8 y 9, que hoy vence el plazo para comunicar a la Sunat sobre sus adquisiciones de bienes o servicios correspondientes al mes de abril de 2006. |
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De igual modo, caduca el plazo para que las compañías de aviación comercial presenten la declaración sobre la totalidad de boletos de transporte aéreo emitidos durante el mes de mayo de 2006. |
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A su vez, se vence el plazo para el pago de la 65ª cuota del Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario y de la 50ª cuota del Régimen de Sinceramiento de la Deuda Tributaria. |
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PRIMERA QUINCENA JUNIO 2006
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Temas |
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Aplicación del sistema de detracciones al servicio de transporte de carga: ¿Cómo determinar el valor referencial? |
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Conozca las modificaciones efectuadas para la inscripción en el RUC. |
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¿Cómo suspender las retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría para el ejercicio 2006? |
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La Comparecencia ante la Sunat: ¿Cómo se debe actuar y cuáles son las consecuencias de no asistir? |
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¿Las ganancias obtenidas por diferencias de cambio constituyen ingreso mensual para la determinación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta? |
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Delitos de fraude en la administración de empresas: Responsabilidad penal de los auditores internos y externos. |
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Tratamiento contable y tributario de la sustitución de componentes de un activo fijo. |
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¿En que momento el adquirente puede aplicar el crédito fiscal cuando la detracción la realiza el proveedor? |
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Tratamiento de las existencias en el Sector Público. |
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Principales modificaciones sobre el registro de control de asistencia y salida de los trabajadores. |
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Conozca cómo presentar la declaración jurada sobre información de planillas de pago.
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¿Cuáles son las obligaciones laborales en el sector agrario?
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