MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009
 
 
 
   
   
   
   
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ÍNDICE DE PRECIOS PROMEDIO MENSUAL AL POR MAYOR A NIVEL NACIONAL CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2009

Dispositivo

Resolución Jefatural Nº 180-2009-INEI

Fecha de publicación

Miércoles 1 de julio de 2009

Fecha de vigencia

Jueves 2 de julio de 2009


Mediante la presente resolución se aprueba el índice de precios al por mayor de Lima Metropolitana (base: diciembre 1994 = 100,00) correspondiente al mes de junio del 2009, así como su variación porcentual y acumulada.

Meses

Número índice

Variación porcentual

Factor

Mensual

Acumulada

acumulado

Abr.-08

187.110328

0.29

2.52

1.025

May.-08

189.333395

1.19

3.74

1.037

Jun.-08

192.538918

1.69

5.50

1.055

Jul.-08

194.645831

1.09

6.65

1.067

Ago.-08

197.361011

1.39

8.14

1.081

Set.-08

199.794703

1.23

9.47

1.095

Oct.-08

200.421960

0.31

9.82

1.098

Nov.-08

200.154431

-0.13

9.67

1.097

Dic.-08

198.540960

-0.81

8.79

1.088

Ene.-09

195.549204

-1.51

-1.51

0.985

Feb.-09

192.522055

-1.55

-3.03

0.970

Mar.-09

191.563075

-0.50

-3.51

0.965

Abr.-09

190.213283

-0.70

-4.19

0.958

May.-09

188.918423

-0.68

-4.85

0.952

Jun.-09

188.201426

-0.38

-5.21

0.948

 

 

ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DE LIMA METROPOLITANA CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2009

Dispositivo

Resolución Jefatural Nº 179-2009-INEI

Fecha de publicación

Miércoles 1 de julio de 2009

Fecha de vigencia

Jueves 2 de julio de 2009

Mediante la presente resolución se aprueba el índice de precios al consumidor de Lima Metropolitana (base: diciembre 2001 = 100,00) correspondiente al mes de junio de 2009, así como su variación porcentual y acumulada.

Meses

Número índice

Variación porcentual

Factor

Mensual

Acumulada

acumulado

Abr.-08

117.54

0.15

2.34

1.023

May.-08

117.98

0.37

2.72

1.027

Jun.-08

118.88

0.77

3.51

1.035

Jul.-08

119.54

0.56

4.09

1.041

Ago.-08

120.25

0.59

4.70

1.047

Set.-08

120.93

0.57

5.29

1.053

Oct.-08

121.67

0.61

5.94

1.059

Nov.-08

122.05

0.31

6.27

1.063

Dic.-08

122.49

0.36

6.65

1.067

Ene.-09

122.62

0.11

0.11

1.001

Feb.-09

122.53

-0.07

0.03

1.000

Mar.-09

122.97

0.36

0.39

1.004

Abr.-09

122.99

0.02

0.41

1.004

May.-09

122.94

-0.04

0.37

1.004

Jun.-09

122.52

-0.34

0.03

1.000

 

 

MODIFICAN PROCEDIMIENTO DE “EXPORTACIÓN DEFINITIVA”

Dispositivo

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 335-2009/SUNAT/A

Fecha de publicación

Miércoles 1 de julio de 2009

Fecha de vigencia

Lunes 20 de julio del 2009(*)

Recordemos que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 137-2009/SUNAT/A (17/03/2009) se aprobó el procedimiento de Exportación Definitiva INTA-PG.02 (versión 6) dentro de las disposiciones contenidas en la Nueva Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1053.
Así, correspondiente a marzo, mencionada en el párrafo anterior, se dispuso la digitalización de documentos en ciertas etapas del procedimiento de exportación definitiva; por ello, en la presente norma se ha contemplado una serie de modificaciones al procedimiento a efectos de perfeccionar las especificaciones técnicas de digitalización.

(*) Salvo lo dispuesto en la disposición complementaria transitoria única que prorroga hasta el 19 de julio de 2009 la entrada en vigencia de la obligación de la transmisión de documentos digitalizados para la regularización del régimen de exportación definitiva prevista en el procedimiento de “Exportación definitiva” - INTA-PG.02 (versión 6) aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 137-2009/SUNAT/A.
 
 

DECLARAN DUELO JUDICIAL LABORABLE EN LA CAPITAL DE LA REPÚBLICA


El día 28 de junio del presente año se produjo el sensible fallecimiento del señor doctor Javier Benjamín Román Santisteban, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Así, mediante la Resolución Administrativa Nº 201-2009-CE-PJ, publicada en el Diario oficial “El Peruano”, se ha declarado el día de hoy -el mismo día de su publicación- Duelo Judicial laborable en la capital de la República por motivo del deceso de quien en vida fuera Javier Benjamín Román Santisteban, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, asimismo, se ha expresado el reconocimiento póstumo a tan con notado funcionario público por los servicios presados a la Nación y a la administración de justicia.

OFICIALIZAN SEMINARIO INTERNACIONAL DENOMINADO “HACIA UN NUEVO SINDICALISMO EN EL SIGLO XXI”


Mediante la Resolución Ministerial Nº 154-2009-TR, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 1 de julio de 2009, se ha otorgado carácter oficial al Seminario Internacional denominado “Hacia un Nuevo Sindicalismo en el Siglo XXI” a realizarse en la ciudad de Lima el 14 de agosto del presente año.

El referido evento tiene como objetivo reflexionar sobre los desafíos que plantea el siglo XXI para el movimiento sindical en nuestro país, con el propósito de establecer los lineamientos o bases conceptuales para redefinir su papel en la relación entre trabajador, empleador y Estado.

La referida resolución ministerial será publicada en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe) para su puesta en conocimiento a nivel nacional.



RETENCIÓN A LAS  RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA


Los agentes de retención que paguen o acrediten honorarios u otros conceptos que constituyan rentas de cuarta categoría deberán efectuar las retenciones que la Ley del Impuesto a la Renta obliga, excepto en los casos que:

1. El perceptor de la renta haya obtenido de la Sunat la Constancia de Autorización de suspensión de retenciones y de pagos a cuenta.

2. El importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/.1,500 ( un mil quinientos y 00/100 nuevos soles).

Nótese el numeral 2 anterior, ya que la norma exceptúa de la retención solo en el caso de los recibos por honorarios, por lo que si se pagan dietas al directorio, estas se encuentran sujetas a retención por cualquier monto, salvo que la mencionada dieta se sustente en un recibo por honorarios.

 

ESCALA DE VIÁTICOS 2009 - NACIONAL

 

Monto de viáticos diarios a nivel nacional(*)

Viáticos diarios que otorga el Gobierno central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía

Viáticos diarios para trabajadores del Sector Privado

S/. 210.00

S/. 420.00


(*) Vigente desde el 06/02/2009. D.S. Nº 028-2009-EF

 


ESCALA DE VIÁTICOS 2008 - EXTERIOR

 

ZONA GEOGRÁFICA
GASTO  MÁXIMO DEDUCIBLE

---África

US$ 400

---América Central

US$ 400

---América del Norte

US$ 440

---América del Sur

US$ 400

---Asia

US$ 520

---Caribe

US$ 480

---Europa

US$ 520

---Oceania

US$ 480

 

 




 

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PRIMERA QUINCENA - JUNIO 2009

 
 

OPERATIVO DE VERIFICACIÓN SOBRE EL DEPÓSITO DE LA COMPENSACIÓN
POR TIEMPO DE SERVICIOS

Gastos de desarrollo en actividades mineras

Contrato de mutuo de bienes y de comodato: Tratamiento tributario y contable

Consulta tributaria: ¿Puede emplearse el crédito fiscal para el pago del IGV por utilización de servicios de no domiciliados? ¿Constituye infracción el no pago del IGV por utilización de servicios de no domiciliados?

Tratamiento de la jubilación anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP)

Auditoría de obras públicas por contrata

Libros contables: Llenado del Libro de Inventarios y Balances - Cuentas 20, 31 y 34
Aspectos legales del pago de títulos valores

Documento legal: Compraventa con arras confirmatorias

Procedimiento legal: Proceso de inscripción de aporte de inmueble
¿Se puede interponer un recurso de nulidad de forma independiente al recurso de apelación?




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