JUEVES 3 DE JULIO DE 2008
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

 MINISTERIO DE TRABAJO MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Dispositivo

:

Resolución Ministerial Nº 192-2008-TR

Fecha de publicación

:

Jueves, 03 de julio de 2008

Fecha de vigencia

:

Viernes, 01 de agosto de 2008

Con la presente resolución ministerial, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modifica lo siguiente:

  • Los requisitos de los procedimientos consignados en los numerales 37, 38, 39, 40, 41, 47, 48, 108, 109, 110, 111, 112 y 113 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
  • La calificación del procedimiento 34 del TUPA (autorización de planillas en Microformas), de evaluación previa bajo régimen de silencio administrativo positivo al régimen de aprobación automática.
  • Se elimina el monto por derecho de tramitación (tasa) del procedimiento 87 del TUPA (Presentación de la declaración jurada en la que debe constar la nómina de trabajadores destacados en la empresa usuaria; para el caso de las Cooperativas de Trabajadores).

Las referidas modificaciones serán publicadas en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dentro de los dos días siguientes de la fecha de publicación.

 


 

MEDIDAS PROGRESIVAS DE FORMALIZACIÓN LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO

 

El sábado 28 de junio del presente año se publicó el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el nuevo régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, mejorando las condiciones o derechos de las personas incorporadas al Estado bajo la modalidad de servicios no personales. De esta forma se busca la formalización del empleo público.


El especialista en derecho laboral, César Puntriano Rosas, destaca que es evidente que el contrato administrativo de servicios es un contrato de trabajo, pues se presentan los elementos esenciales de la relación laboral; sin embargo, señala que la exclusión se debe a que el Estado no busca sentar un precedente que haga posible futuras reclamaciones de sus trabajadores.

Al respecto, Jorge Luis Acevedo, señala que se trata de un régimen especial de contratación administrativa de servicios, en virtud del cual se le reconoce derechos a las personas contratadas bajo servicios no personales, considerando la prestación no autónoma de sus servicios. Asimismo, señala que a la fecha, las entidades ya pueden renovar o contratar al personal sujeto a los servicios no personales, pero usando las nuevas reglas, es decir, condicionado a la disponibilidad presupuestal y al requerimiento del área o usuario.

ELIMINACIÓN DE SANCIONES EN MATERIA ADUANERA  POR ERRORES EN LA TRANSCRIPCIÓN DE DOCUMENTOS

 

Como se recordará el viernes 27 de junio de 2008 se publicó en el diario oficial, “El Peruano”, el Decreto Legislativo Nº 1053, el cual aprueba la Ley General de Aduana.
Así, entre otros, respecto a los errores en la transcripción de documentos, el Decreto Legislativo Nº 1053, establece que lo errores de trascripción, equivocaciones en letras o números, o en codificación no van a ser objeto de sanción, siempre que no tengan incidencia tributaria, en ese sentido, si se generaría un pago menor de derechos sí se aplicaría sanción. No obstante en este último caso existe la posibilidad de modificar la DUA y el manifiesto de carga. Asimismo, se eliminan las sanciones por errores en los manifiestos de carga y otros documentos que deban presentar los transportistas los cuales se podrán subsanar sin imposición de multas. La no presentación de documentación sí será materia de sanción.


Por otro lado, respecto a las mercancías que se detecten luego del levante cuando no han sido sometidas a canal rojo, se puede pagar los tributos correspondientes y aceptar la mercancía o reembarcarla al proveedor, sin ningún tipo de sanción.



Hoy vence el pago de AFP en cheque de otro banco.
Faltan  cuatro días para que venza el pago de AFP en efectivo o cheque del mismo banco.
Faltan cuatro días para que venza la Presentación de Información Trimestral ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Faltan doce días para Pago a Conafovicer/ Pago de Gratificaciones por Fiestas Patrias.
Faltan  catorce días  Pago a Senati.

 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

 

PRIMERA QUINCENA -MAYO 2008

 
   
 

TRATAMIENTO LABORAL Y TRIBUTARIO DE LA MOVILIDAD OTORGADA A LOS TRABAJADORES

Pérdidas por hurtos cometidos por los denominados “tenderos” y la determinación de la renta neta.
Activos fijos: factores que restringen el gasto por depreciación.
Pago de valores a través de Sunat Virtual.

Infracción incurrida por no exhibir los libros contables cuando se ha otorgado un plazo de 60 días para rehacerlos.

Elaboración de un flujo de efectivo.
¿Cómo incrementar las remuneraciones a través de los vales de alimentos?
Cómo analizar la rentabilidad económica y financiera de una empresa.
Letra de cambio con cláusula de liberación de protesto.
 
 



Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Consultoría telefónica (01) 710-8970 - Ventas y atención al cliente (01) 710-8950

informatica@contadoresyempresas.com.pe

ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe en el asunto del mensaje indique “desuscribir”