VIERNES 6 DE JULIO DE 2007
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   


PRECIOS CIF DE REFERENCIA PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO VARIABLE ADICIONAL O REBAJA ARANCELARIA PARA LA IMPORTACIÓN DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ
Y LÁCTEOS
Dispositivo
:
Resolución Viceministerial Nº 013-2007-EF/15.01

Fecha de publicación

:

Viernes, 6 de julio de 2007

Fecha de vigencia

:

Sábado, 7 de julio de 2007

Mediante la presente resolución se publican los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF para la importación de maíz, azúcar, arroz y lácteos.

Anexo

INCORPORAN ARTÍCULO A LA DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LOS PROGRAMAS ESTRATÉGICOS EN EL MARCO DEL PRESUPUESTO POR RESULTADOS

Dispositivo

:

Resolución Directorial Nº 032-2007-EF/76.01

Fecha de publicación

:

Viernes, 6 de julio de 2007

Fecha de vigencia

:

Sábado, 7 de julio de 2007

Mediante Resolución Directoral Nº 027-2007-EF/76.01 se aprobó la Directiva Nº 010-2007-EF/76.01 relacionada a la Programación y Formulación del Presupuesto de los Programas Estratégicos en el marco del Presupuesto por Resultados.

Al respecto, se define este presupuesto de resultados como una nueva metodología, cuya implementación es progresiva, para lo cual se requiere incorporar disposiciones que permitan actualizar los anexos y formatos, contenidos, para la mejor gestión de los programas estratégicos.

En ese sentido, mediante la Resolución Directorial Nº 027-2007-EF/76.01 se establece que la Directiva Nacional del Presupuesto Público actualizará, de ser necesario, mediante los documentos correspondientes, los anexos y formatos que forman parte de la Directiva, los mismos que son publicados en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas.

 

ELIMINAN PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

 

El día de hoy, el Ministerio de la Producción publicó la Resolución Ministerial N° 187-2007-PRODUCE, mediante la cual se elimina el procedimiento N° 64 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, el cual contemplaba el trámite del recurso de apelación en los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios.


Esta eliminación tiene su fundamento en lo establecido por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, en lo referente a la solución de controversias, y que establece que los recursos de apelación deberán ser interpuestos ante el Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN

 

Recordemos que mediante el Decreto Legislativo Nº 973 se dio la unificación del tratamiento para todas las actividades económicas en la recuperación anticipada del IGV, estableciendo que los contribuyentes que adquieran bienes de capital  y aún no inicien sus operaciones en el marco de contratos de inversión que suscriban con el Estado, podrán recuperar el IGV pagado en dichas adquisiciones, siempre que las inversiones no sean menores a US$ 5 millones y cuenten con plazos operativos de más de dos años.


Asimismo, para la implementación y aplicación de la norma señalada en el párrafo anterior, se emitió el Decreto Supremo N° 84-2007-EF, el cual entró en vigencia el 1 de julio del presente año.

Para el acogimiento de este régimen se presentará ante las entidades una solicitud de suscripción del contrato de inversión y de calificación para el goce del régimen; la entidad estatal tiene un plazo de 20 días hábiles para evaluar la solicitud, remitiéndola a Proinversión para que proceda a proyectar el contrato de inversión para su respectiva suscripción.

Una vez suscrito el contrato de inversión con la entidad pública correspondiente y Proinversión, este remitirá al MEF el expediente del solicitante; dicha entidad tendrá un plazo de 20 días hábiles para evaluar la lista de bienes, servicios y contratos de construcción. Seguidamente, se emitirá la resolución suprema firmada por el ministro del sector respectivo y del ministro de Economía.

PROPONEN PROYECTO DE LEY QUE AMPLÍA LA VIGENCIA DEL ITF HASTA EL AÑO 2012

 

La iniciativa del partido aprista, al mando del congresista Luis Gonzáles Posada, consiste en la ampliación de la vigencia del ITF (prevista actualmente hasta el 31/12/2010), así como el destino de los fondos recaudados, modificando así lo dispuesto por la Ley N° 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía.

La propuesta legislativa plantea lo siguiente:
  • Ampliar la vigencia del ITF hasta el 31/12/2012 manteniendo la tasa del 0.08%.
  • Destinar una parte de lo recaudado al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional (el 0.1%, 0.3% y 0.5% por los ejercicios 2008, 2010 y 2012, respectivamente).

Hoy vence el plazo de pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las operaciones realizadas entre el 16 y el 30 de junio de 2007.
Hoy vence el plazo para el pago de aportes a las AFP en efectivo o con cheque del mismo banco o con cheque de gerencia por la obligación del mes de junio de 2007.
   
 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

 

SEGUNDA QUINCENA - JUNIO 2007

 
 
Temas
¿Cómo modificar el sistema de pagos a cuenta del impuesto a la renta?

Tratamiento de las gratificaciones por fiestas patrias

Aplicación práctica tributaria: incidencias de la gratificación de fiestas patrias en la determinación de la retención del impuesto a la renta de 5ª categoría.
Jurisprudencia comentada: efectos de la sentencia que declara la inconstitucionalidad del régimen de percepciones del IGV.
¿Cómo determinar el IGV por la utilización de servicios prestados por no domiciliados?

Resumen legal tributario: modifican supuestos y actividades comprendidas en el nuevo RUS

Propuesta de manejo contable de un contrato de consorcio sin contabilidad independiente.
¿Cómo y cuándo se deben corregir las estimaciones contables?.
Libros contables: características del libro mayor y el registro de activos fijos.
¿Cómo analizar y preparar el flujo de caja?
Funcionamiento del nuevo Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
Nuevos beneficios económicos otorgados a las mypes.
¿Qué información deben contener los productos antes de ser comercializados en el mercado?: a propósito de los cambios realizados a la Ley del Rotulado.
¿Qué es el catálogo electrónico del seace?
Principales documentos de despacho aduanero exigidos en los regímenes de importación y exportación
 
 
 



Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Consultoría telefónica (01) 710-8970 - Ventas y atención al cliente (01) 710-8950

informatica@contadoresyempresas.com.pe

ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe en el asunto del mensaje indique “desuscribir”