MARTES 27 DE ENERO DE 2009
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

APRUEBAN REALIZACIÓN DE LA ENCUESTA DE ESTADÍSTICA MENSUAL DE TURISMO 2009 PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE A NIVEL NACIONAL

Dispositivo

:

Resolución Jefatural Nº 018-2009-INEI

Fecha de publicación

:

Martes 27 de enero de 2009

Fecha de vigencia

:

Miercoles 28 de enero de 2009

Mediante la presente norma se ha aprobado la realización de la encuesta de Estadística Mensual de Turismo 2009 para establecimientos de hospedaje a nivel nacional.

Ello tiene como finalidad elaborar indicadores económicos oficiales que midan la capacidad hotelera ofertada, su grado de utilización a nivel nacional, regional y local; asimismo, busca estimular y orientar las iniciativas privadas para satisfacer las crecientes demandadas y mejoras en la calidad de los servicios de alojamiento.

La referida encuesta obliga a todos los establecimientos de Lima y Callao clasificados y categorizados como cinco, cuatro y tres estrellas; y, a una muestra aleatoria de las categorías una y dos estrellas y de los estratos no clasificados cuya relación se encuentra el página web del Mincetur (www.mincetur.gob.pe). Siendo que en las otras regiones del país la encuesta se dirige a la totalidad de establecimientos de hospedaje.

Ahora bien, las personas naturales o jurídicas obligadas presentarán esta información llenando los formularios respectivos (que se encuentran en la web del Mincetur o solicitarlos físicamente en los establecimientos autorizados) hasta el octavo día hábil de concluido el mes a informar. Siendo que si se incumple tal obligación se les sancionará con multas.
 

 

PROPUESTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO PARA PROTEGER LAS REMUNERACIONES SERÁ REVISADA POR EL CONSEJO DE MINISTROS

Esta semana el Consejo de Ministros revisará la propuesta legal presentada por el  Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que contiene diversas medidas de protección a las remuneraciones de los trabajadores del Sector Privado.

Al respecto, el Dr. Augusto Eguiguren Praeli - viceministro de Trabajo - indicó que la finalidad de esta iniciativa legal es incluir en la legislación vigente medidas de protección al salario de los trabajadores, con la finalidad de garantizar su intangibilidad frente a cualquier abuso por parte de los empleadores. Aseveró que este tipo de medidas son necesarias, ya que regulan aspectos referidos a la libertad de contratación, la bancarización de las remuneraciones para un mayor control, la oportunidad en el pago, entre otros aspectos.

Dentro de las medidas presentadas se propone un porcentaje determinado para el pago de las remuneraciones en especie, la prohibición de que el empleador efectúe descuentos en los salarios de los trabajadores, así como indemnizar al trabajador en el caso que se produzca un descuento en su sueldo, sin perjuicio de los intereses legales moratorios correspondientes.

Finalmente, tanto el Banco Central de Reserva como la Superintendencia de Banca y Seguros han apoyado la propuesta del Ministerio de Trabajo, ya que regulará aspectos sobre la información y transparencia en la creación de cuentas bancarias, la libre competencia y habilitaciones para las entidades bancarias, entre otras garantías que beneficiarían  a los trabajadores.



 

Rentas de Primera y Segunda Categoría

En aplicación de la Ley N°  29308 que establece la aplicación parcial del Decreto Legislativo N° 972, a partir del 01 de enero del 2009 la tasa aplicable al pago por Rentas de Primera y Segunda Categoría es de 6.25%  sobre la renta neta (RB-20%= renta neta) o una tasa del 5% sobre la Renta Bruta, es decir una tasa efectiva del 5%. Es preciso señalar que en el caso de Rentas de Segunda Categoría se aplica el sistema de retenciones, salvo en el caso de venta de inmuebles.

 


 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.


 

PRIMERA QUINCENA - ENERO 2009

 
 

LA NUEVA APLICACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA A PARTIR DEL 2009: D. LEG. Nº 972 Y SU VIGENCIA PARCIAL

Rentas de capital: tratamiento de las rentas de primera y segunda categoría a partir del 1 de enero de 2009

Normas contables en la tributación: diferencias temporales y permanentes y su incidencia en el Impuesto a la Renta

Procedimiento tributario: autorización de cambio de método de valuación de inventario

Consulta institucional: ¿el servicio de movimiento de carga que se produce en la devolución de contenedores al terminal de almacenamiento se encuentra sujeto al SPOT?

Jurisprudencia tributaria: ¿es aplicable el plazo de sesenta días para la verificación de declaraciones rectificatorias a declaraciones presentadas en fiscalizaciones en curso?

El planeamiento tributario como herramienta en la tributación
La auditoría médica
Libros contables: el Registro de Percepciones
Plan RETO 2008-2011: Registro de Trabajadores Obligatorio.  Implicancias  de su ejecución
Informe especial: implicancias laborales a partir del incremento de la UIT para el año 2009
Los ratios financieros, ¿alternativa confiable para las mypes?
Comercio exterior: Sistema de Valoración Aduanera: métodos aplicables según el acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994
 
 




Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Consultoría telefónica (01) 710-8970 - Ventas y atención al cliente (01) 710-8950

informatica@contadoresyempresas.com.pe

ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe en el asunto del mensaje indique “desuscribir”