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MODIFICAN LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES SOBRE LA JERARQUÍA Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS FUNCIONARIOS Y AUTORIDADES DEL ESTADO
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Dispositivo |
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Decreto de Urgencia N° 038-2006 |
Fecha de publicación |
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Sábado 30 de diciembre de 2006 |
Fecha de vigencia |
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Martes 2 de enero de 2007 |
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Mediante la presente norma se modifican los artículos 1 y 5 de la Ley N° 28212, Ley que establece disposiciones sobre la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, en los siguientes términos:
- Las personas al servicio del Estado y que en su representación formen parte de directorios, no percibirán dietas en más de una entidad.
- Los consejeros regionales y regidores municipales reciben únicamente dietas, según el monto que fijen los respectivos consejos regionales y concejos municipales. En ningún caso dichas dietas pueden superar en total el 30% de la remuneración mensual del presidente del gobierno regional o del alcalde correspondiente.
Asimismo, se establece que ningún funcionario o servidor público que presta servicios al Estado, con excepción del Presidente de la República, percibirá ingresos mensuales mayores a 6 Unidades de Ingreso del Sector Público, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de julio y diciembre.
Por otro lado, se suspenden temporalmente todas las disposiciones legales o administrativas que establezcan sistemas de homologación, sistemas de remuneraciones de carácter vinculante entre entidades o por cargos públicos y mecanismos de referencia, o sistemas de indexación.
Finalmente, se dispone la modificación de la denominación de la Ley, la que en adelante se denominará “Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios, autoridades del estado y dicta otras medidas”. |
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BCR PUBLICA ÍNDICE DE REAJUSTE DIARIO CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO DE 2007
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Dispositivo |
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Circular N° 001-2007-BCRP |
Fecha de publicación |
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Miércoles 03 de enero de 2007 |
Fecha de vigencia |
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Jueves 04 de enero de 2007 |
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Mediante esta norma, el BCR publicó el índice de reajuste a que se refiere el artículo 1235 del Código Civil, mediante el cual se dispone que las partes (acreedor–deudor) pueden acordar que el monto de una deuda contraída en moneda nacional sea referido a índices de reajuste automático que fije el BCR, a otras monedas o a mercancías, a fin de mantener dicho monto en valor constante.
Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley del Sistema Financiero y el Sistema de Seguros, la facultad de aplicar estos índices puede ser ejercida respecto de pasivos de las empresas contraídos a plazo no menor de noventa (90) días.
DÍA |
ÍNDICE |
1 |
6,30464 |
2 |
6,30469 |
3 |
6,30475 |
4 |
6,30480 |
5 |
6,30485 |
6 |
6,30490 |
7 |
6,30496 |
8 |
6,30501 |
9 |
6,30506 |
10 |
6,30511 |
11 |
6,30517 |
12 |
6,30522 |
13 |
6,30527 |
14 |
6,30532 |
15 |
6,30538 |
16 |
6,30543 |
17 |
6,30548 |
18 |
6,30553 |
19 |
6,30559 |
20 |
6,30564 |
21 |
6,30569 |
22 |
6,30574 |
23 |
6,30580 |
24 |
6,30585 |
25 |
6,30590 |
26 |
6,30595 |
27 |
6,30601 |
28 |
6,30606 |
29 |
6,30611 |
30 |
6,30616 |
30 |
6,30622 |
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MEF EN CONTRA DEL PROYECTO QUE DARÍA NUEVOS INCENTIVOS A LA EXPLORACIÓN DE HIDROCARBUROS
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El Ministerio de Economía y Finanzas emitió una opinión desfavorable al proyecto de ley que busca otorgar nuevos incentivos para la exploración y explotación de hidrocarburos.
Dicho proyecto, busca incentivar la inversión en zonas no exploradas debido a las particularidades de su ubicación, tal es el caso de los horizontes profundos ubicados bajo los yacimientos de lotes de hidrocarburos en actual explotación. |
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Asimismo, entre las medidas promotoras para incentivar a los contratistas de efectuar estas inversiones de riesgo, podemos mencionar: a) se ha determinado que los contratos que se suscriban con el Estado tendrán una garantía de estabilidad tributaria que incluirá a los impuestos vigentes; b) se estabiliza el Impuesto a la Renta que corresponde aplicar al momento de la suscripción del contrato correspondiente, sin que se apliquen los dos puntos porcentuales adicionales a este Impuesto; y c) ampliar la aplicación de regalías, diferentes a las mínimas establecidas en el reglamento, fijando dos nuevas metodologías para establecer la regalía sobre la base de las escalas de producción y por resultado económico.
Fuente: diario Gestión |
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A FINES DE ENERO ESTARÍA LISTO EL PROYECTO LABORAL QUE ELABORA EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) está elaborando un proyecto para generar un marco de mayor flexibilidad laboral, el cual permitiría a las personas que no tienen ningún beneficio social, ir adquiriéndolos paulatinamente lo que permitiría la creación de empleo.
Asimismo, el MEF está evaluando el contenido del proyecto sobre flexibilidad laboral y que hasta el momento ninguno de los temas que se incluirán, forman parte del actual proyecto de Ley General del Trabajo (LGT) que se debate en el Congreso. |
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De igual manera, señaló que a fines de enero ya debería estar listo el borrador del proyecto del MEF para que durante el mes de febrero se haga una revisión del tema y decidir si se presenta o no.
Por otro lado, la ministra de Trabajo, Susana Pinilla, manifestó que uno de los temas que incluirá el proyecto es el relativo al seguro de desempleo, para lo cual están haciendo un estudio económico de cómo crear un seguro de este tipo sobre la base de la CTS.
Fuente: diario Gestión |
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Hasta hoy pueden efectuar la cancelación de la 1ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de enero de 2007, los productores de bebidas rehidratantes, bebidas estimulantes o energizantes y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; así como los productores de combustibles derivados del petróleo. |
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Falta un día, para el vencimiento del plazo para el pago de aportes a las AFP con cheque de otro banco por la obligación del mes de diciembre de 2006. |
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Faltan cinco días, para el vencimiento del plazo para el pago de aportes a las AFP en efectivo o con cheque del mismo banco o con cheque de gerencia por la obligación del mes de diciembre de 2006; como también la presentación de la Declaración sin Pago de aportes del mes de diciembre de 2006. |
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De igual manera, vence el plazo para el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las operaciones realizadas entre el 16 y el 31 de diciembre de 2006. |
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SEGUNDA QUINCENA - DICIEMBRE 2006
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Temas |
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Valor de mercado aplicable a las remuneraciones: Límites a la deducción del gasto por los sueldos pagados a los accionistas y sus parientes más cercanos. |
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¿Qué requisitos se deben cumplir para que el pago efectuado a personas perceptoras de rentas de 2ª, 4ª y 5ª categoría sea deducible como gasto? |
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Confrontación de la depreciación contable con la tributaria a propósito del cierre del ejercicio. |
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La NIC 12 y los gastos no deducibles: Diferencias temporales y permanentes. |
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Informe de la Sunat: ¿Cuál es la depreciación aceptada por maquinaria arrendada para realizar actividades de construcción? |
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Conozca las facilidades otorgadas por la Sunat para la inscripción en el RUC. |
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Procedimiento para solicitar devolución del ISC pagado por los transportistas. |
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Nuevas infracciones en materia de relaciones laborales establecidas por el Reglamento de Inspección. |
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¿Qué conceptos califican como condiciones de trabajo?: Implicancias laborales. |
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Nuevo régimen de gradualidad aplicable para las sanciones de multas impuestas al transportista, agente de carga internacional o almacén aduanero. |
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¿Quién puede solicitar la devolución del pago indebido del impuesto a los espectáculos públicos no deportivos? |
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Preparación de información financiera de cierre de año y sus efectos en la gestión empresarial (parte final). |
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Aspectos económicos y financieros que una entidad pública debe tener en cuenta para el cierre del ejercicio fiscal (parte final). |
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