VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2006
 
 
 
 
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

 


LEY QUE AUTORIZA A LA SUNAT A DISPONER DE LAS MERCANCÍAS EN ABANDONO LEGAL, INCAUTADAS O COMISADAS

Dispositivo

:

Ley 28940

Fecha de publicación

:

Viernes 22 de diciembre de 2006

Fecha de vigencia

:

Sábado 23 de diciembre de 2006

Esta norma tiene por objeto permitir, hasta el 31 de diciembre de 2007, la disposición de las mercancías en abandono legal, incautadas o comisadas que se encuentren en los almacenes de la Sunat y en los almacenes aduaneros. Sin incluir las mercancías que se encuentren en los almacenes como consecuencia de acciones realizadas al amparo del Código Tributario o de cualquier norma legal que regule tributos internos.

Al respecto, se establece que dicha entidad podrá disponer la adjudicación, entrega al sector competente o destrucción, según corresponda, de todas las mercancías incautadas o en comiso administrativo que hayan ingresado a sus almacenes o almacenes aduaneros hasta el 31 de diciembre de 2004, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Aduanas o en la Ley de Delitos Aduaneros, respecto de las cuales se haya iniciado un proceso contencioso - administrativo. 

En efecto, la norma dispone que la Sunat, por medio de los intendentes de aduana de la República, queda facultada para coordinar con las entidades del Sector Público, dando prioridad a los gobiernos regionales y locales con mayores índices de pobreza, la adjudicación de mercancías, para que ellos las distribuyan de conformidad con los programas de asistencia a los sectores más necesitados; sin perjuicio del cumplimiento de los procedimientos correspondientes.

Finalmente, se establece que la Sunat podrá entregar las mercancías que sean adjudicadas hasta el 31 de diciembre de 2007 en lugar fijado por los beneficiarios cuando se compruebe que estos carecen de medios o recursos necesarios para su traslado.  Para dicho efecto, la Sunat queda facultada para emitir las normas dirigidas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.

MODIFICAN DECRETO LEGISLATIVO N° 843, QUEDANDO ESTABLECIDA LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS MÍNIMOS

Dispositivo

:

Decreto Supremo N° 042-2006-MTC

Fecha de publicación

:

Viernes 22 de diciembre de 2006

Fecha de vigencia

:

Sábado 23 de diciembre de 2006

Mediante la presente norma se modifican los literales a), b) y c) del artículo 1 del Decreto Legislativo N° 843, de tal manera que se disponen los siguientes requisitos mínimos de calidad necesarios para la importación de vehículos automotores de transporte terrestre usados, de carga o de pasajeros:

  • Antigüedad no mayor de cinco años, con excepción de los vehículos con motor de encendido por compresión para transporte de pasajeros de las categorías M2 y M3 de la clasificación vehicular del Registro Nacional de Vehículos, de acuerdo con su diseño original de fábrica, cuya antigüedad se contará a partir del año siguiente al de su fabricación.
  •  El kilometraje de recorrido de los vehículos motorizados no exceda de los límites que se detallan en el cuadro adjunto.
  • Que no haya sufrido siniestro.

Estas disposiciones no alcanzarán a los vehículos usados que se encuentren en tránsito hacia el Perú o hayan sido desembarcados en puerto peruano a la fecha de entrada en vigencia del presente dispositivo.

Ver anexo adjunto

PRECISAN DOCUMENTOS QUE SE TOMARÁN COMO REFERENCIA PARA DETERMINAR LA FECHA DE INCORPORACIÓN DE VEHÍCULOS NUEVOS AL PARQUE AUTOMOTOR

Dispositivo

:

Resolución Directoral N° 7319-2006-MTC/15

Fecha de publicación

:

Viernes 22 de diciembre de 2006

Fecha de vigencia

:

Sábado 23 de diciembre de 2006

Mediante la presente norma se precisa que las normas EURO III o TIER 1 contempladas en el Acápite II del Anexo N° 1 del Decreto Supremo N° 047-2001-MTC y sus modificatorias, que establecen los valores de los limites máximos permisibles para vehículos nuevos que se incorporen (importados o producidos) a nuestro parque automotor, se aplicarán a partir del 1 de enero de 2007, tomando como referencia la fecha que aparece en cualquiera de los siguientes documentos, según el caso:

  • Certificado de fabricación para los vehículos producidos o ensamblados en el Perú.
  • Conocimiento de embarque o carta de porte aérea o carta de porte terrestre, según corresponda, para vehículos importados.
Recordemos que el Decreto Supremo N° 047-2001-MTC estableció a nivel nacional los valores de los Limites Máximos Permisibles (LMP) de emisiones contaminantes para vehículos automotores en circulación, vehículos automotores nuevos, importados o ensamblados en el país y vehículos automotores usados importados.

 

ALISTAN PLANILLAS Y LIBROS CONTABLES ELECTRÓNICOS PARA EMPRESAS

 

El Intendente Nacional del Sistema de Información de la Sunat, Carlos Drago, señaló que dicha institución se está abriendo paso para dar nuevas soluciones a las necesidades de los contribuyentes y negocios en general, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales utilizando todos los nuevos descubrimientos tecnológicos.


En ese contexto, indicó que una de las iniciativas más importantes de dicho proyecto se refiere a los comprobantes de pago electrónico, lo que permitirá contar con un mecanismo automático y eficiente de seguimiento de transacciones, para estar acorde con las necesidad de las empresas sin perder el control de operaciones por el ente fiscal. De esta manera, para los contribuyentes de cuarta categoría, el nuevo sistema les permitiría girar sus comprobantes desde un servidor seguro en la Administración Tributaria.

Finalmente, con relación al registro y a los libros contables, señaló que se está avanzando en la implementación de planillas y libros electrónicos. Respecto al primero, explicó que está dirigido a eliminar el registro de planillas del Sector Trabajo y en su reemplazo la Sunat le remitirá esta información recibida por Internet. Además, el software posibilitará declarar y pagar en simultáneo los tributos que gravan la planilla, como EsSalud, ONP y las rentas de quinta categoría. 

Fuente: diario Gestión

CONGRESO POSTERGÓ HASTA ENERO EL DEBATE SOBRE LA LIBRE DESAFILIACIÓN DE LAS AFP

 

El pleno del Congreso postergó  hasta el 10 de enero del próximo año el debate de proyecto de ley que permite la libre desafiliación de los trabajadores de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el retorno al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Al respecto, la presidenta del Congreso, Mercedes Cabanillas, señaló que para dicha fecha se debatirá el dictamen que propone autorizar la libre desafiliación de los trabajadores pertenecientes a las AFP y su retorno al SNP, previa opinión favorable de una comisión multisetorial, la misma que deberá gozar de plena autonomía.


Asimismo, el referido dictamen propone otorgar una pensión complementaria a los pensionistas del Sistema Privado de Pensiones que cumplan los requisitos previstos para acceder a la pensión mínima, pero que perciben una pensión de jubilación menor a ella.

Fuente: diario Gestión

COMISIÓN DE ENERGÍA ARCHIVÓ PROYECTO QUE CREA IMPUESTO A SOBREGANANCIAS

 

La Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República acordó archivar el dictamen del proyecto de ley que proponía crear un impuesto a las sobreganancias de las empresas productoras de minería metálica, por considerarla inviable e inconstitucional. Al respecto, el presidente de la comisión, Santiago Fujimori, indicó que la propuesta también tuvo la oposición del Ministerio de Energía y Minas (MEM) y de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE).


Finalmente, indicó que se encuentra pendiente el debate del proyecto de ley que propone encargar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG) la función de fiscalización minera para convertirse en Osinergmin; para dicho efecto, se espera recibir la opinión de diversos especialistas antes de iniciar el debate.

Fuente: diario Gestión

DECLARAN VEDA DE ANCHOVETA EN EL SUR DEL PAÍS

 

El Ministerio de la Producción dispuso suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta a partir de las cero horas del día de hoy, por un periodo de 10 días calendario, en el área comprendida dentro de las 10 millas de la costa. Esta norma se da luego de que en la zona centro norte del litoral se suspendiera este 10 de diciembre la pesca de la anchoveta, reanudada a partir de este 2 de diciembre, al cumplirse la cuota de captura de un millón de toneladas de dicho recurso, y que totaliza cerca de 5 millones de toneladas en el presente año.

Fuente: diario gestión



INDICACIONES ADICIONALES PARA EL PIONER LABORAL

 

Con el objetivo de brindarles una óptima asesoría para la Actualización del Pioner Laboral correspondiente al mes de Noviembre de 2006, presentamos las siguientes indicaciones adicionales:

SECCIÓN B – CONTRATACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL

En la página B-77, se modifica el artículo 13 del Decreto Supremo N° 003-2002-TR, Disposiciones para la aplicación de las Leyes N° 27626 y 27696, que regulan la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores. Tal como se especifica en la referida sumilla, sólo se han derogado los párrafos 1 y 2 de dicho artículo, con lo cual debe entenderse que aún se encuentra vigente su tercer párrafo.

SECCIÓN H – FISCALIZACIÓN LABORAL

Las indicaciones brindadas en la hoja de actualización deben entenderse de la siguiente manera:

REEMPLACE TODA LA SECCIÓN H.

ADICIONE LAS PÁGINAS H-1 A LA 45

Hoy vence el plazo para el pago de aportes a las AFP por declaración sin pago correspondiente al periodo de noviembre con rebaja del 50%.
De igual modo, vence el plazo para el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las operaciones realizadas entre el 1 y el 15 de diciembre de 2006.
 

PRIMERA QUINCENA - DICIEMBRE 2006

 
 
Temas

Requisitos para que la provisión de deudas incobrables sea deducible como gasto

Los gastos de representación: límites y condiciones para la procedencia de su deducción

Tratamiento de las mermas y desmedros a propósito de la culminación del ejercicio 2006

Reconocimiento de las contingencias previo al cierre del ejercicio
Nuevas obligaciones laborales que deben ser cumplidas en el año 2007

Preparación de información financiera de cierre de año y sus efectos en la gestión empresarial

Aspectos económicos y financieros a tener en cuenta para el cierre del ejercicio fiscal

Conozca los cambios producidos en los PDT 600 – Remuneraciones y 617 – Retenciones

Informe de la Sunat: ¿Cuándo se configura el servicio de fabricación de bienes por encargo sujeto al SPOT?

Procedimiento tributario: Modificación de datos del RUC a través de Sunat virtual

¿Cómo se realiza la liquidación de beneficios sociales de un trabajador?
¿Qué incidencias se pueden presentar en el despacho de importación definitiva de mercancías?
¿Qué actos determinan la responsabilidad de los administradores de la sociedad? Incumplimiento de obligaciones tributarias, laborales, contables y societarias
 
 


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