LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2006
 
 
 
 
   
   
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SE APROBARON FACULTADES AL PODER EJECUTIVO PARA LEGISLAR EN MATERIA TRIBUTARIA

Dispositivo

:

Ley Nº 28932

Fecha de publicación

:

Sábado 16 de diciembre de 2006

Fecha de vigencia

:

Domingo 17 de diciembre de 2006

El 14 de diciembre último, el pleno del Congreso aprobó otorgar facultades al Poder Ejecutivo para que legisle en materia tributaria por un plazo de 90 días calendario.

En el texto de la Ley aprobada se establece que la delegación se otorga con el objeto de ampliar la base tributaria, lograr mayor eficiencia, equidad y simplicidad en el sistema tributario nacional, y dotar al país de un sistema tributario predecible que favorezca el clima de inversión.

Cabe anotar que según el texto aprobado, la referida delegación no comprende:

  1. La creación de nuevos impuestos ni de nuevas exoneraciones.
  2. El incremento de las tasas de los tributos vigentes.
  3. La posibilidad de gravar los ahorros ni los intereses de las personas naturales provenientes de depósitos en bancos, ni en cajas municipales y de ahorro, ni en cooperativas de ahorro y crédito.

Teniendo en cuenta lo anterior, la norma faculta al Ejecutivo a dictar el marco legal que defina los principios y reglas que se deberán cumplir para la dación de normas que contengan tratamientos tributarios especiales, incentivos, beneficios o exoneraciones, así como los criterios para evaluar su eficacia en cuanto al logro de los objetivos para los cuales fueron otorgados y revisar la necesidad de su permanencia.

Asimismo, el texto de la Ley propone modificar el Código Tributario en relación con la obligación tributaria, incluyendo la utilización de distintos medios de pago y la eliminación de la capitalización de intereses de la deuda tributaria, así como en lo relacionado con las facultades y los procedimientos de determinación y fiscalización de la deuda tributaria, cobranza, devoluciones, procedimientos tributarios, etc.

Por su parte, se propone modificar el Impuesto a la Renta, realizando ajustes relativos al alcance del impuesto, la determinación de la renta bruta y neta, las pérdidas y la aplicación de las exoneraciones, reordenar la categorización de las rentas de fuente peruana, los instrumentos financieros derivados, establecer el régimen de imposición de los rendimientos y las ganancias, las alícuotas aplicables y los mecanismos de retención y pagos a cuenta, la tributación de los no domiciliados.

A su vez, se propone modificar el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), sin que ello implique el incremento de las tasas o la creación de nuevas obligaciones sustanciales o formales.

De la misma forma, autoriza a perfeccionar el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) y el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), con el objeto principal de ampliar la base de contribuyentes, elevando el tope de ingresos con el fin de incorporar nuevos agentes, flexibilizando los requisitos de acogimiento y fiscalización, entre otros.

También se propone modificar las normas que regulan el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) y el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), para lograr una mayor eficiencia, equidad y simplicidad en el sistema tributario nacional., reduciendo paulatinamente las alícuotas hasta su eliminación.

Finalmente, se propone modificar las normas que regulan la bancarización para aquellas zonas del país en las que no existan entidades bancarias, así como modificar la Ley de Tributación Municipal con la finalidad de ampliar la base tributaria.

APRUEBAN EL INFORME DEFENSORIAL Nº 115: “SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. HACIA UNA CULTURA DE SERVICIO AL ADMINISTRADO”

Dispositivo

:

Resolución Defensorial N° 0060-2006/DP

Fecha de publicación

:

Lunes 18 de diciembre de 2006

Es para todos conocido que, actualmente, los contribuyentes se encuentran desprotegidos frente a ciertos incumplimientos o excesos por parte de la Administración, no contando dentro de la propia institución con un canal adecuado para la presentación de sus quejas y solución de sus problemas. Tal situación ha obligado que los administrados recurran, en numerosas ocasiones, a otras instancias del Estado para hacer valer sus derechos, ocasionando así, en razón de la cantidad de quejas y reclamos, una sobrecarga de trabajo en instituciones como el Tribunal Fiscal, el Poder Judicial y la Procuradoría del Ministerio de Economía y Finanzas.

En atención a dicha situación, la Defensoría del Pueblo ha decidido emitir el Informe Defensorial Nº 115 “Servicios de Administración Tributaria. Hacia una cultura de servicio al administrado”, mediante el cual propone una revisión de la actual estructura de los Servicios de Administración Tributaria (SAT), efectuando recomendaciones a los integrantes de los Concejos Municipales Provinciales que cuentan con dichos servicios.

Entre las principales recomendaciones efectuadas tenemos las siguientes:

  1. Establecer procedimientos ágiles y eficientes de atención de quejas contra actuaciones de los órganos pertenecientes a los organismos públicos descentralizados recaudadores de ingresos fiscales, tributarios y no tributarios. Dichos procedimientos deben ser públicos y encontrarse disponibles en sus correspondientes páginas Web.

    En dichas páginas Web también deben encontrarse disponibles los formatos de denuncia y/o queja.

  2. Revisar la estructura organizativa de los Servicios de Administración Tributaria con el propósito de modificar los estatutos de creación de dichos organismos y, de esta forma, permitir la incorporación de las Gerencias Centrales de Servicio y Defensa del Contribuyente y Administrado, las cuales deberán cautelar los derechos de los ciudadanos al interior de dichos organismos públicos en todo tipo de procedimientos o petición vinculada con materias tributarias o no tributarias.

  3. Tener presente que la labor de los organismos recaudadores de tributos no solo debe tener como única finalidad el aumento de los niveles de recaudación, sino, fundamentalmente, garantizar el respeto de los derechos de los administrados y contribuyentes, pues todos los funcionarios y servidores públicos están obligados a respetar el ordenamiento jurídico vigente. Para tal fin, resulta imprescindible que se promueva una cultura de servicio al contribuyente.

  4. Desarrollar una política de gobierno electrónico que permita a los contribuyentes y administrados no solo mantenerse informados de normas, directivas e información general, sino también realizar trámites en línea, así como emplear programas telemáticos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales, en materias tributarias y no tributarias.

 

HOY CONTINÚA EL DEBATE SOBRE LA LEY GENERAL DEL TRABAJO

 

La Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Congreso ha presentado una propuesta para 17 artículos aún pendientes de aprobar del proyecto de la Ley General del Trabajo, que será debatida el día de hoy.

El debate se iniciará con la forma y el monto de la indemnización que se pagaría en caso de un despido injustificado. De esa manera la propuesta plantea que por los primeros ocho años de servicio se pague 1.5 sueldos (45 días) por cada año completo de servicios (tal como se realiza actualmente). Asimismo, plantea la creación de dos tramos más, de tal manera que por los siguientes 4 años de servicios se pague un sueldo por año (30 días).


Otros artículos que deben ser tratados el día de hoy son los relacionados con los despidos colectivos o individuales por causa económica, técnica, estructural, caso fortuito o fuerza mayor. En este caso, la propuesta de la comisión determina un despido colectivo cuando este afecte simultáneamente a cinco trabajadores, en empresas en que laboran hasta 50 trabajadores, o al 10% en empresas entre cincuenta y quinientos trabajadores, o a más de cincuenta trabajadores en empresas con más de quinientos trabajadores. Consecuentemente, si afecta a un número inferior a los indicados, se tratará como despido individual.

Fuente: diario Gestión

DISMINUYE COSTO DE OPERACIONES DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

 

El gerente general de Leasing Total, David Nuñez, indicó que el dinamismo de las empresas especializadas en leasing, así como el de los bancos, se ha incrementado considerablemente, produciendo que estas se vuelvan más competitivas y puedan reducir el costo de sus operaciones de arrendamiento financiero. Precisó que en el caso de su representada la tasa disminuyó en 7 puntos porcentuales.

De otro lado, según las cifras de Asbanc, al término de octubre de 2006 los bienes que tuvieron un mayor número de contratos de arrendamiento financiero, con respecto al 2005, son las unidades de transporte terrestre (439), maquinaria y equipo industrial (58) y  sistema de procesos de datos (49).


Finalmente, las pequeñas y medianas empresas son las principales demandantes de bienes de maquinaria, movimientos de tierras, unidades de transporte terrestre mediano y pesado (camiones volqueteros y minero), porque muchas de ellas dan servicio al gran sector minero.

Fuente: diario Gestión

PUEDEN CREARSE NUEVOS IMPUESTOS AL SECTOR MINERO

 

El presidente del Consejo de Ministros, Jorge del Castillo, sostuvo que el Gobierno no puede firmar ningún documento que indique que el Ejecutivo se compromete a no crear ningún impuesto al Sector Minero, ya que las iniciativas para crear nuevos tributos son facultades propias del Congreso. Dicho comentario fue emitido a propósito del comentario realizado por el presidente de Southern, Oscar González, quien sostuvo que dentro de las negociaciones con el Gobierno respecto al aporte voluntario de las mineras, se había incluido una cláusula indicando que el Ejecutivo no crearía impuestos adicionales para dicho sector.


Por otro lado, debemos recordar que el viernes pasado, la Comisión de Energía y Minas, que preside el congresista Santiago Fujimori, recibió los aportes del constitucionalita Jorge Santistevan de Noriega y del ex jefe de la Sunat, Luis Arias Minaya, en torno al proyecto de ley que propone aplicar un impuesto a las sobreganancias mineras. En ambos casos se señalaron inconveniencias a la aplicación de dicho proyecto, por lo que se espera el debate correspondiente a cargo de dicha comisión.

Fuente: diario Gestión


SE CAMBIARÍA LA LEY DE TIERRAS EN LA SELVA PARA ATRAER A EMPRESAS

 

El ministro de Agricultura, José Salazar, anunció que el Poder Ejecutivo enviará un proyecto de Ley de Titulación de Tierras de la Amazonía al Congreso, con la finalidad de generar una mayor inversión de empresas privadas en el desarrollo de cultivos en la selva, como parte de las medidas que forman parte de la política del Gobierno de incentivar el desarrollo sostenible de la zona selva.


Asimismo, el ministro Salazar anunció la próxima construcción de diez viveros de alta tecnología en las regiones de Ucayali, Cajamarca, Madre de Dios, Junín y otras zonas del país, contribuyendo a alcanzar la meta de reforestación de 500 mil hectáreas en todo el país, de las cuales 250 mil hectáreas estarán en la sierra y 250 mil en la selva.

Finalmente, añadió que el Gobierno invertirá 200 millones de dólares para impulsar el desarrollo de Amazonas en los próximos 4 años. Al respecto, uno de los ejes de esta propuesta de desarrollo es el impulso de los cultivos de palma aceitera, como alternativa a la producción de coca, en los valles de las regiones de Ucayali, San Martín, Loreto y Huánuco.

Fuente: diario Gestión


INDICACIONES ADICIONALES PARA EL PIONER LABORAL

 

Con el objetivo de brindarles una óptima asesoría para la Actualización del Pioner Laboral correspondiente al mes de Noviembre de 2006, presentamos las siguientes indicaciones adicionales:

SECCIÓN B – CONTRATACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL

En la página B-77, se modifica el artículo 13 del Decreto Supremo N° 003-2002-TR, Disposiciones para la aplicación de las Leyes N° 27626 y 27696, que regulan la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores. Tal como se especifica en la referida sumilla, sólo se han derogado los párrafos 1 y 2 de dicho artículo, con lo cual debe entenderse que aún se encuentra vigente su tercer párrafo.

SECCIÓN H – FISCALIZACIÓN LABORAL

Las indicaciones brindadas en la hoja de actualización deben entenderse de la siguiente manera:

REEMPLACE TODA LA SECCIÓN H.

ADICIONE LAS PÁGINAS H-1 A LA 45

Falta un día para el vencimiento del Impuesto a los Juegos, del Impuesto a las Apuestas; y del pago de la contribución al Senati.
De igual manera, pueden efectuar la cancelación de la 3ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de diciembre de 2006, los productores de aguas minerales, gaseosas aromatizadas o no, cervezas; así como los productores de combustibles derivados del petróleo.
Faltan tres días para el vencimiento del plazo para el pago de aportes a las AFP por Declaración sin Pago correspondiente al periodo de octubre con rebaja del 20%.
Faltan cuatro días, para el vencimiento del plazo para el pago de aportes a las APF por Declaración sin Pago correspondiente al periodo de noviembre con rebaja del 50%.
De igual modo, vence el plazo para el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las operaciones realizadas entre el 1 y el 15 de diciembre de 2006.
 

PRIMERA QUINCENA - DICIEMBRE 2006

 
 
Temas

Requisitos para que la provisión de deudas incobrables sea deducible como gasto

Los gastos de representación: límites y condiciones para la procedencia de su deducción

Tratamiento de las mermas y desmedros a propósito de la culminación del ejercicio 2006

Reconocimiento de las contingencias previo al cierre del ejercicio
Nuevas obligaciones laborales que deben ser cumplidas en el año 2007

Preparación de información financiera de cierre de año y sus efectos en la gestión empresarial

Aspectos económicos y financieros a tener en cuenta para el cierre del ejercicio fiscal

Conozca los cambios producidos en los PDT 600 – Remuneraciones y 617 – Retenciones

Informe de la Sunat: ¿Cuándo se configura el servicio de fabricación de bienes por encargo sujeto al SPOT?

Procedimiento tributario: Modificación de datos del RUC a través de Sunat virtual

¿Cómo se realiza la liquidación de beneficios sociales de un trabajador?
¿Qué incidencias se pueden presentar en el despacho de importación definitiva de mercancías?
¿Qué actos determinan la responsabilidad de los administradores de la sociedad? Incumplimiento de obligaciones tributarias, laborales, contables y societarias
 
 


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