| "AÑO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INTEGRACIÓN" |
Lima,
26 de Agosto de 2005
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Tipos de Cambio del Día |
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DESIGNAN Y EXCLUYEN AGENTES DE PERCEPCIÓN DEL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV |
Dispositivo |
: |
Resolución de Superintendencia
Nº 163-2005/SUNAT
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Fecha de publicación |
: |
Viernes 26 de agosto de 2005
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Fecha de vigencia |
: |
Sábado 27 de agosto de 2005
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Mediante la norma en comentario se designan como agentes de percepción del Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a la adquisición de combustible aprobado por Resolución Nº 128-2002/SUNAT, a los sujetos señalados en el Anexo 1, los mismos que operarán como tales a partir del 1 de octubre de 2005.
Asimismo se excluyen como agentes de percepción, a aquellos señalados en el Anexo 2, los mismos que dejarán de operar como tales a partir del 1 de octubre de 2005.
ANEXO Nº 1
Resolución de Superintendencia
Nº 163-2005/SUNAT
Relación de nuevos sujetos designados
Agentes de Percepción del IGV aplicable a la
adquisición de combustibles
Ord. |
RUC |
1 |
20466351165 |
2 |
20508615460 |
3 |
20510168152 |
ANEXO Nº 2
Resolución de Superintendencia
Nº 163-2005/SUNAT
Relación de sujetos excluidos como Agentes de
de Percepción del IGV aplicable a la adquisición de
combustibles
Ord. |
RUC |
1 |
20111378909 |
2 |
20386258024 |
3 |
20505114486 |
4 |
20506602905 |
DECLARAN FERIADO NO LABORABLE A NIVEL NACIONAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO |
Dispositivo |
: |
Decreto Supremo Nº 066-2005-PCM
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Fecha de publicación |
: |
Viernes 26 de agosto de 2005
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Fecha de vigencia |
: |
Sábado 27 de agosto de 2005
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Mediante este dispositivo se declara feriado no laborable a nivel nacional el 29 de agosto de 2005 para los trabajadores del Sector Público con el objeto de estimular el desarrollo de la actividad turística, incrementar la demanda del turismo interno y receptivo y asimismo para fortalecer la conciencia turística. Para fines tributarios este día es considerado como hábil.
La compensación de las horas dejadas de laborar se realizará en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad, debiéndose para estos efectos adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la provisión de personal para aquellos servicios indispensables para la sociedad durante el feriado.
Finalmente, para el Sector Privado será facultativo acogerse a este dispositivo siempre que exista un acuerdo en los centros de trabajo entre empleador y sus trabajadores a fin de establecer la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo decide el empleador.
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NUEVO FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO
VENCE EN OCTUBRE
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El Régimen Excepcional de Aplazamiento y Fraccionamiento de deudas tributarias, que se inició el 18 del julio del presente año estará vigente hasta el 10 de octubre de 2005, según lo manifestado por Rosela Bambarén, jefa de la Central de Consultas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).
Asimismo, señaló que dicho régimen es más beneficioso que el actual, ya que contempla una tasa de interés reducida a 1.2% mensual, inferior a la establecida por el artículo 36 del Código Tributario. |
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De igual manera, indicó que las deudas que pueden formar parte de este fraccionamiento son las que se encuentran pendientes de pago y sean exigibles al 31 de mayo de 2005. Además refirió que los plazos máximos tanto para el aplazamiento como para el fraccionamiento habían aumentado.
Actualmente en el régimen normal, el aplazamiento tiene como máximo tres (3) meses, pero con el régimen excepcional el contribuyente tendrá como máximo 14 meses.
Adicionalmente se podrá solicitar un fraccionamiento de deuda hasta en 72 meses o hacerlo conjuntamente, es decir, pedir 14 meses de aplazamiento más 58 meses de fraccionamiento.
Finalmente mencionó que en general, todas las personas naturales o jurídicas podrán acceder a dicho aplazamiento o fraccionamiento de deudas, pero que no podrán solicitarlo para aquellas deudas como los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta 2005, o el Impuesto Selectivo al Consumo que no haya sido regularizado ni el ITAN o los tributos que sean retenciones o percepciones. |
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AFP UNION VIDA REDUCE SU COMISIÓN |
Continuando la guerra entre las AFP, AFP Unión Vida decidió rebajar su comisión que cobra a sus afiliados por administrar sus fondos de jubilación, la cual entrará en vigencia probablemente en noviembre.
Actualmente, su comisión es de 2.27% y ha reducido a 1.4%, la más baja hasta el momento en el mercado, pero dicha tasa según Raúl Pena, gerente general de esa entidad indicó que regirá para aquellos afiliados que escojan un plan de permanencia de dos (2) años, es decir, que permanezcan sus fondos en la AFP por ese lapso de tiempo.
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Por otro lado, para aquellos que escojan un plan de permanencia de un (1) año, la comisión que pagará será de 1.75%; en tanto para aquellos que no escojan ningún plan de permanencia su comisión bajó a 1.94%.
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LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES
Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:
| PERIODO TRIBUTARIO |
DÍGITOS |
DÍGITOS |
| 0, 1, 2, 3 Y 4 |
5, 6, 7, 8 Y 9 |
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05 |
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006 |
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006 |
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SEMINARIO GRATUITO
SUSCRIPTORES DE LIMA
VACANTES LIMITADAS
PRINCIPALES PROBLEMAS QUE SE GENERAN EN LA FISCALIZACIÓN DEL IGV
1 DE SETIEMBRE DE 2005
-
Aspectos controvertidos en el marco legal del IGV
-
Aplicación práctica y contable del IGV
-
Contingencias que la SUNAT detecta en la fiscalización del IGV
-
Derechos y garantías del contribuyente en la fiscalización
OBJETIVOS:
- Analizar los temas más controvertidos que se presentan con relación al IGV y proporcionar nuestra opinión sustentada sobre la posición que se debe adoptar.
- Proporcionar herramientas para la determinación del IGV por pagar, señalando la aplicación práctica y contable de los principales aspectos de dicho Impuesto.
- Informar sobre los principales problemas que la SUNAT encuentra cuando fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias del
IGV.
- Dar a conocer los derechos y garantías de los contribuyentes en una fiscalización, en especial, referida al IGV.
TEMARIO:
1. Aspectos controvertidos en el marco legal del IGV
- Definición de bienes muebles: intangibles.
- Lugar de prestación y consumo del servicio.
- Configuración de la utilización de servicios.
- Modificación del valor de la importación.
- Venta de bienes antes del despacho a consumo.
- Nacimiento de la obligación: venta y servicios.
- Base imponible: intereses moratorios, indemnizaciones, etc.
- Crédito fiscal: legalización del Registro de Compras.
- Pertinencia de la aplicación de la prorrata.
- Arrastre del crédito fiscal.
- Jurisprudencia aplicable.
2. Aplicación práctica y contable: reintegro, ajuste y prorrata del crédito fiscal, operaciones de consignación y utilización de servicios
- Situaciones que originan el reintegro.
- Excepciones al reintegro.
- Ajustes al crédito fiscal.
- Control de operaciones en consignación.
- Prorrata del crédito fiscal: caso práctico.
- Utilización de servicios en el país – Dinámica contable.
3. Principales contingencias que se detectan en la fiscalización del IGV
- Principales observaciones al uso del crédito fiscal.
- Documentos que deben sustentar el crédito fiscal.
- Pérdida del crédito fiscal por operaciones no fehacientes.
- Formalidades del Registro de Compras.
- Jurisprudencia aplicable.
4. Derechos y Garantías del contribuyente en la fiscalización
- Principios del procedimiento administrativo.
- Selección de los contribuyentes para fiscalizar.
- Datos que los contribuyentes no se encuentran obligados a presentar.
- Lugar y tiempo de la fiscalización.
- Plazo máximo de la fiscalización.
- Situaciones que acarrean la nulidad del procedimiento.
EXPOSITORES:
Dr. Carlos Bassallo Ramos
- Abogado por la Universidad de Lima.
- Posgrado en Tributación por la Pontificia Universidad Católica del Perú.
- Analista tributario en banca y finanzas.
- Especialista en negocios fiduciarios.
- Jefe del Área Tributaria de Contadores & Empresas.
- Responsable del servicio de consultoría de Contadores & Empresas.
- Autor del libro "Guía Práctica del Impuesto General a las Ventas " editado por Contadores & Empresas.
- Autor del libro "Guía Práctica del Código Tributario" editado por Contadores & Empresas.
- Autor del libro “Comentarios al Código Tributario”.
- Profesor del Diplomado en Derecho Tributario del Colegio de Abogados de Lima.
- Miembro activo y asociado del Instituto Peruano de Derecho Tributario -
IPDT.
- Ex funcionario de la Gerencia de Normas Tributarias en la Intendencia Nacional Jurídica de la
SUNAT.
- Ex funcionario de la División Jurídica Sección Reclamos de la Intendencia Regional Lima de la
SUNAT.
- Ex docente del Instituto de Administración Tributaria de la
SUNAT.
- Experiencia como expositor en seminarios y eventos a nivel nacional sobre las modificaciones tributarias.
CPC Antonio Gómez Aguirre
- Segunda especialidad en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú.
- Contador Público por la Universidad Nacional Federico
Villarreal.
- Jefe de la Sección de Asesoría Contable de Contadores & Empresas.
- Ex gerente de tributación de Infotax Perú S.A.
- Ex contador general de Engelhard Perú S.A.
- Tax controller de impuestos en Josfel S.A.
- Ex asesor tributario y contable del Informativo Vera Paredes.
- Ex contador general de Peruwagen S.A.
- Autor de obras tributarias y contables.
- Expositor a nivel nacional.
CPC Jorge Piedra Rojas
- Contador Público Colegiado por la Universidad de Lima.
- Jefe de la División de Auditoria de la Intendencia Regional Lima de la SUNAT - desde febrero 2002.
- Docente del Instituto de Administración Tributaria de la
SUNAT.
- Docente del Programa Especial de Capacitación de Auditores de la
SUNAT.
- Expositor de capacitación interna en temas tributarios y de auditoría en la
SUNAT.
- Ex docente de la Facultad de Contabilidad de la Universidad Particular de Chiclayo en los cursos de Código Tributario, Impuesto a la Renta y Auditoría Tributaria.
- Ex jefe de la Sección Auditoría de la Intendencia Regional Lambayeque de la
SUNAT.
- Ex jefe de la Sección Auditoría de la Oficina Zonal Cajamarca de la SUNAT.
Dr. César Gamba Valega
- Abogado por la Universidad de Lima, Máster en Tributación/Asesoría Fiscal por el Centro de Estudios Financieros de Madrid y Doctor en Derecho (sobresaliente cum laude ) por la Universidad Complutense de Madrid.
- Profesor de la Maestría en Tributación y Política Fiscal en la Escuela de Posgrado de la Universidad de Lima y de la Maestría en Tributación y Asesoría Fiscal de Empresas de la Universidad César Vallejo de Trujillo.
- Ha dictado cursos de tributación en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Universidad Nacional de Piura, el Colegio de Abogados de Lima y en el Colegio de Contadores Públicos de Lima.
- Miembro de la Comisión Consultiva de Derecho Tributario del Colegio de Abogados de Lima.
- Colaborador externo de la Revista Contadores & Empresas.
- Asociado del Instituto Peruano de Derecho Tributario IPDT y de la Internacional Fiscal
Asociation-IFA. Cuenta con diversas publicaciones especializadas en materia tributaria.
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