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Lima, 23 de Agosto de 2005
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El día de hoy no se ha publicado ninguna norma tributaria y laboral de importancia en el diario oficial El Peruano, sin embargo le presentamos un informe tributario de interés.
LIMITACIONES TRIBUTARIAS A LAS REMUNERACIONES DE LOS DUEÑOS DE EMPRESAS Y SUS FAMILIARES


Teniendo en consideración que en la reciente modificación del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta se determinó lo que para efectos de dicho impuesto se considera como valor de mercado de las remuneraciones que las empresas pagan a sus dueños y/o los familiares de los mismos, en el presente artículo abordamos las consecuencias jurídicas que pueden derivarse de su aplicación y las eventuales medidas correctivas que en cada caso sean necesarias.

 

FIJAN PRECIOS CIF DE REFERENCIA A LA IMPORTACIÓN
DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LÁCTEOS

Mediante Resolución Viceministerial Nº 016-2005-EF/15, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se publican los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a la importación de maíz, azúcar, arroz y lácteos.

PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(Decreto Supremo Nº 115-2001-EF)
US$ por T.M.

Fecha

Maíz

Azúcar

Arroz

Leche entera en polvo

Del 1/8/2005 al 15/8/2005

122

355

323

2 498

 

NAVIERAS TRASLADAN A USUARIOS MAYORES
COSTOS PORTUARIOS

El presidente de la Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM), Ricardo de Guezala, señaló que las empresas navieras ya estarían trasladando a los usuarios de la carga los costos adicionales generados por la doble cobranza que aplican a los buques las autoridades en el puerto del Callao.

Indicó que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) habría creado nuevos costos para las empresas navieras a partir del 1 de julio, al fijar tarifas para la recepción y despacho de naves en dicho puerto, a lo que se sumaban tarifas similares que, por inspección de seguridad, estarían cobrando la Dirección General de Capitanías (DICAPI).


De Guezala explicó que en cualquier puerto del mundo el cobro por la recepción y despacho de naves se realiza sin considerar el tonelaje de estas, contrariamente a lo que se estaría realizando en nuestro caso.

Citó, por ejemplo, que solo por verificar la fecha de vencimiento de los certificados de seguridad, de máxima carga, el radiotelegráfico y el código de seguridad PBIP de los buques, las cuales se desarrollan en un minuto, las autoridades cobran hasta US$ 3000.00 por un buque grande cuando en otros países no cuesta más de US$ 150.00

Por otro lado, el congresista Adolfo la Torre dijo estar muy preocupado de que el gobierno esté creando nuevos sobrecostos a los operadores del comercio exterior, por ello estaría evaluando la presentación de un proyecto de ley para suprimir la doble cobranza que la Autoridad Portuaria Nacional y la Dirección General de Capitanías de la Marina de Guerra del Perú aplican a los buques en el puerto del Callao.

EMPRESARIOS EN CONTRA DE LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA A LA COMERCIALIZACIÓN DE ENVASES

La presidenta de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) Graciela Fernández, manifestó que no solo los envases, cajas plásticas y otros recipientes retornables que se usan en la comercialización de las cervezas y gaseosas, sino también los helados comenzarían a ser gravados con el 6% del Impuesto a la Renta presunta y afirmó que buscará dialogar con el Ministro de Economía y Finanzas para evitar los sobrecostos a los usuarios.


De igual manera, señaló que su despacho considera que la tributación no debe ser una barrera para el empresario, y que con esta medida los más perjudicados serían tanto los que expenden cervezas, gaseosas y aguas minerales, como los consumidores finales.

Por último, manifestó que en caso de que se insistiera en gravar con Impuesto a la Renta el uso de envases en la comercialización de cervezas y gaseosas, la CCL buscaría corregir la situación a través de un reglamento y un decreto supremo, con el objeto de evitar la doble afectación que se originaría, puesto que las empresas ya estarían soportando la carga tributaria que significa el pago del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN).

 

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
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