"AÑO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INTEGRACIÓN"
Lima, 22 de Agosto de 2005
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MODIFICAN RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV APLICABLE A LA VENTA DE BIENES

Dispositivo
:

Resolución de Superintendencia Nº 161-2005/SUNAT

Fecha de publicación 
:

Sábado 20 de agosto de 2005

Fecha de vigencia
:

Jueves 1 de setiembre de 2005


Se modifica la Resolución de Superintendencia Nº 189-2004/SUNAT en lo relativo a las operaciones respecto de las cuales deberán percibir el IGV los sujetos designados como agentes de percepción y a la vez se excluye del régimen a otros.

En efecto, se establece que tales sujetos efectuarán la percepción por los pagos que les realicen sus clientes respecto de las operaciones cuya obligación tributaria del IGV se origine a partir de la fecha en que deban operar como agentes de percepción.

De esta forma, a partir del 1 de setiembre de 2005, ya no será de aplicación la percepción respecto a los montos pendientes de cancelación correspondientes a operaciones cuya obligación tributaria del IGV se originó antes de que los agentes de percepción operen como tales.

 
 

MODIFICAN REGLAMENTO DE LOS REGÍMENES ESPECIALES, Y DE LA LIQUIDACIÓN DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS

Dispositivo
:

Resolución SBS N° 1244-2005

Fecha de publicación 
:

Lunes 22 de agosto de 2005

Fecha de vigencia
:

Martes 23 de agosto de 2005


Mediante Resolución SBS N° 455-99, se aprobó el Reglamento de los Regímenes Especiales, y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. Dicha norma establece en la sexta Disposición Final la selección de personas jurídicas y naturales que se encuentran impedidas de participar como liquidadoras de las empresas supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros.

No obstante, en atención a la importancia que tiene la idoneidad de las personas que participan en los procesos de liquidación de las empresas supervisadas, mediante la norma bajo comentario se introduce como impedimento para actuar como liquidador el haber sido sancionado administrativamente por la comisión de infracciones graves o muy graves.

Asimismo, se determina que todos los impedimentos, incluido el que se añade por esta norma, regirán por un plazo de cinco (5) años, contados desde que la entidad supervisora emite la respectiva resolución o desde el vencimiento del plazo del contrato que no fue renovado, en el caso del inciso c) de la Disposición Final en cuestión.

 

NUEVOS SOBRECOSTOS AL COMERCIO EXTERIOR

La Asociación de Exportadores (Adex) señaló que el Gobierno sigue imponiendo nuevos sobrecostos al comercio exterior. En este caso se trataría de la decisión del Ministerio de Defensa de establecer la necesidad de un certificado adicional para la exportación de harina de pescado, aun sabiendo que los exportadores de esos productos presentan un certificado parecido para enviar dicho producto a los mercados internacionales.


Debido a esto el gremio exportador demanda la derogatoria de la Resolución Directoral Nº 235-2005/DCG, la cual fue publicada el 15 de agosto, que indica que todo embarque de harina de pescado y/o desechos de pescado, está sujeta a la emisión del Certificado de Cargo No Peligroso que será emitido por la Capitanía de Guardacostas Marítima de la localidad de embarque, con la finalidad de que la carga no sea considerada como carga peligrosa.

Asimismo, Adex manifestó que con ese dispositivo los embarcadores deben presentar el informe de Inspección de Preembarque, el cual deberá ser elaborado por una compañía certificadora según la información requerida.

De igual manera se han establecido los requisitos para obtener el certificado, como son: una solicitud dirigida al capitán de puerto con generales de ley, copia del RUC de la empresa, copia del certificado de inspección de la compañía certificadora, informe del resultado del análisis de la mercadería y/o sustancia peligrosa (certificado de preembarque) y el recibo original de pago en el Banco de la Nación. Este certificado adicional deberá ser entregado previa inspección de certificadoras calificadas.

Finalmente, cabe señalar que la obtención del nuevo certificado representaría un gasto de entre US$ 600,000 y US$ 800,000 anuales para las empresas vinculadas al comercio exterior.

NUEVA REFORMA LABORAL

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput, señaló que se está elaborando un paquete de normas laborales para modernizar las condiciones del empleo, en el cual se incluye la reducción a 15 días del periodo vacacional.

Precisó que dicha propuesta será sometida a un amplio debate público y que no se afectará a los actuales trabajadores formales ni se limitará los derechos laborales adquiridos.

De igual manera, manifestó que la finalidad de la nueva reforma es modernizar la legislación laboral para que las personas que no cuenten con sus derechos laborales puedan tener acceso a ellos y asimismo terminar con el desempleo.

Por último agregó que las propuestas normativas no conducirán a mayores costos laborales, ni serán parte de una demagogia en un año preelectoral.
 

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
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