"AÑO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INTEGRACIÓN"
Lima, 16 de Agosto de 2005
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BOLETÍN TRIBUTARIO BOLETÍN LABORAL BOLETÍN CONTABLE -  FINANCIERO BOLETÍN COMERCIO EXTERIOR
 

LEY QUE MODIFICA LA LEY DE ZONA FRANCA Y
ZONA COMERCIAL DE TACNA  
Dispositivo
:

Ley Nº 28599

Fecha de publicación 
:

Martes 16 de agosto de 2005

Fecha de vigencia
:

Viernes 26 de agosto de 2005


Entre las innovaciones dadas por la presente norma se destaca la opción de compra de los lotes de terreno y de ser el caso con sus edificaciones, recibidos en cesión en uso o la compra inmediata, a los usuarios previamente calificados por el operador o el Comité de Administración de la ZOFRATACNA.

Por otro lado, se incorporan nuevos servicios, tales como la reparación, reacondicionamiento y mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera, que al realizarse dentro de la Zona Franca, quedarán exoneradas del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto de Promoción Municipal e Impuesto a la Renta, así como de todo tributo, tanto del Gobierno Central, regional y municipal, creado o por crearse, inclusive de aquellos que requieran de norma exoneratoria expresa, con excepción de las tasas y las aportaciones a EsSalud.

Asimismo, se señala que las operaciones de venta de bienes dentro de la Zona Comercial de Tacna a las personas naturales que las adquieran para uso y consumo personal sin fines comerciales, estarán exoneradas del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal, Impuesto Selectivo al Consumo y demás tributos creados o por crearse que gravan las operaciones de venta de bienes, con excepción del Impuesto a la Renta.

Finalmente, con respecto a las infracciones de la presente Ley y Reglamento, se establece que la multa tomará como base la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente en la fecha de cometida la infracción, la cual dependiendo de su clasificación será entre una (1) UIT y (100) UIT, por lo que se deja de lado el establecimiento de la multa en base a la inversión prevista y se añade como nueva sanción la suspensión de la autorización otorgada al usuario.

 


AFP HORIZONTE TAMBIÉN REBAJA SU 
COMISIÓN A 1.45%

La guerra entre las AFP por mantener o captar nuevos afiliados y la baja comisión con la que ingresó al mercado Prima AFP generó un efecto dominó. Por lo que el día de ayer, AFP Horizonte del grupo hispano BBVA, manifestó que rebajará su comisión a 1.45%, siendo hasta el momento la comisión más baja por administrar fondos de pensiones en el sistema previsional privado.

Debido al ingreso de Prima AFP, la semana pasada AFP Integra, del grupo holandés ING anunció que rebajará su comisión de 2.1% a 1.8%, pero a partir del mes de octubre. De igual manera, a partir de esa fecha los afiliados a AFP Horizonte pagarán una comisión de 1.45%, menor a la que rige actualmente.

Javier Marín, gerente general de AFP Horizonte Grupo BBVA, señaló que esta comisión solo beneficiará a aquellos afiliados que opten por permanecer en esta entidad por tres años sin atrasos en sus aportaciones. De esta manera se introduce al mercado un nuevo plan de permanencia que estableció la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) con el objetivo de incitar a que las AFP brinden descuentos en las comisiones que cobran a sus afiliados con la condición de que permanezcan por un determinado periodo.

INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA 
MACRORREGIONES

Ya se encuentra listo el Reglamento de Descentralización, a través del cual se formalizarán los incentivos tributarios para las regiones que sean formadas tras el referéndum, así lo manifestó el presidente del Consejo Nacional de Descentralización (CND), Luis Thais.

Asimismo señaló que este reglamento ha sido elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Presidencia del Consejo de Ministros y el CND.


Dicho reglamento detalla que el 50% del Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) e Impuesto a la Renta (IR) se destinará a los futuros departamentos que integren las nuevas regiones.

Los montos que recibirían las nuevas regiones bordean aproximadamente los S/. 900 millones, los cuales serán entregados a partir del año 2007. Además indicó que las nuevas regiones recibirán adicionalmente S/. 840 millones de un fondo adicional correspondiente a un punto del IGV propuesto por el jefe de Estado, con lo cual se triplicaría las inversiones que tiene cada departamento.

Finalmente, anunció que se crearían agencias regionales de inversión a las que destinarían otro millón de dólares desde el Fondo Intergubernamental para la Descentralización – FIDE para el financiamiento de obras.

 

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
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DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO

PRINCIPALES ASPECTOS REGULADOS POR EL CÓDIGO TRIBUTARIO:

Facultades de la Sunat, Determinación de deuda tributaria, Infracciones y Sanciones, Reclamaciones y Apelaciones


DIRIGIDO A:

 
 
Gerentes generales, gerentes financieros, contadores, administradores, abogados, asesores y público en general.

EXPOSITOR:

 
 
Dr. Carlos Bassallo Ramos
Jefe del Área Tributaria de Contadores & Empresas

FECHA:

 
 

Sábado 20 de agosto de 2005

DURACIÓN:
 
 
9:30 a.m. a 14:30 p.m.

LUGAR:

 

AUDITORIO DEL COLEGIO DE CONTADORES

DIRECCIÓN:

 
 

Jr. Tarapacá Nº 766 - Huánuco

INFORMES E INSCRIPCIONES
Sr. CPC Fernando Portilla Huertas
Jirón Tarapacá Nº 243-B
(062) 513631 / (062) 9604591



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