"AÑO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INTEGRACIÓN"
Lima, 11 de Agosto de 2005
Tipos de Cambio del Día

DÓLAR

Compra 3.252
Venta 3.253

EURO

Compra 3.964
Venta 4.032
BOLETÍN TRIBUTARIO BOLETÍN LABORAL BOLETÍN CONTABLE - FINANCIERO BOLETÍN COMERCIAL

 
REGLAMENTAN RÉGIMEN ESPECIAL DEL PENSIONISTA PARA EL PAGO DE DEUDAS POR ARBITRIOS MUNICIPALES
Dispositivo
:

Resolución Jefatural Nº 001-004-00000877

Fecha de publicación 
:

Jueves 11 de agosto de 2005

Fecha de vigencia
:

Viernes 12 de agosto de 2005


El 17 de julio último se aprobó mediante Ordenanza Nº 797 un régimen especial que otorga a los pensionistas propietarios de predios ubicados en el Cercado de Lima, facilidades de pago respecto de deudas por arbitrios municipales generadas hasta el 31 de diciembre de 2004, incluso de aquellas que hayan sido objeto de fraccionamiento (ver comentario en la página A-19 de la Revista Contadores & Empresas de la segunda quincena de julio de 2005).

En ese sentido, mediante la Resolución Jefatural en comentario se regula, entre otras cosas, la aplicación del régimen en mención sobre deudas por arbitrios fraccionadas, estableciéndose lo siguiente:

  • Si se hubiera declarado la pérdida del fraccionamiento se extinguirán los intereses generados posteriormente a la emisión de la Resolución de pérdida, pudiendo ser cancelado el insoluto restante mediante el pago al contado con el 10% de descuento o en forma fraccionada.

  • Si no se hubiera declarado la pérdida del fraccionamiento se extinguirán los intereses del fraccionamiento y los moratorios, pudiendo ser únicamente canceladas las cuotas de amortización mediante el pago al contado con el 10% de descuento.

Asimismo, se establece que la cuota inicial mínima será del 2.5% de la deuda materia de acogimiento al régimen, no pudiendo ser, en ningún caso, menor a S/. 27.00. Dicha cuota inicial deberá ser cancelada conjuntamente con la presentación de la solicitud.

Finalmente se establece que el valor de las cuotas mensuales no podrán ser inferiores a S/. 27.00.

 
 

APRUEBAN CIRCULAR SOBRE TRATAMIENTO DE REGULARIZACIÓN DE ABONOS EN EXCESO EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE CAPITALIZACIÓN GENERADOS POR ERROR ATRIBUIBLE A LAS AFP
Dispositivo
:

Circular Nº AFP-62-2005

Fecha de publicación 
:

Jueves 11 de agosto de 2005

Fecha de vigencia
:

Viernes 12 de agosto de 2005

Esta circular establece precisiones de carácter operativo para el tratamiento que deben seguir las AFP, para realizar la regularización de abonos en exceso en las Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) de sus afiliados generados por errores atribuibles a ellas y que han sido detectados como resultado de un proceso de verificación. En cuanto a las principales contingencias para los afiliados encontramos las siguientes

  • La AFP deberá verificar los montos acreditados a las CIC de sus respectivos afiliados cuando menos una vez al mes. Si producto de la verificación identifica la existencia de abonos en exceso atribuible a la AFP deberá regularizarlos en 10 días desde la fecha en que verifica el error restituyendo al fondo que administra los importes correspondientes con sus propios recursos, para ello, solicitará el consentimiento expreso del afiliado para efectuar el cargo en su CIC en un plazo no mayor a 10 días desde la fecha en que verifica el error, en caso contrario la AFP podrá repetir contra el afiliado las acciones conducentes a la devolución del abono efectuado por error.

  • En los casos en los que la AFP haya detectado haber efectuado abonos en exceso de un afiliado que ha obtenido la nulidad de su afiliación, transferido su fondo de pensiones al exterior, fallecido, que ha iniciado algún proceso de percepción de invalidez o jubilación o cualquier otra que suponga la afectación parcial o total de su CIC, debe restituir tales abonos al fondo de pensiones que administra, en un plazo no mayor de 10 días de conocido el error y la AFP no está autorizada en estos casos a efectuar cargos a la CIC ni a repetir contra el afiliado o beneficiario.

 

 
REGLAMENTO DE LAS LEYES Nº 28193 Y 28320 SOBRE LA INCORPORACIÓN A ESSALUD DE LOS AFILIADOS DE LA CAJA DE BENEFICIOS Y SEGURIDAD SOCIAL DEL PESCADOR
Dispositivo
:

Decreto Supremo Nº 005-2005-TR

Fecha de publicación 
:

Jueves 11 de agosto de 2005

Fecha de vigencia
:

Viernes 12 de agosto de 2005


Mediante este dispositivo se reglamenta que EsSalud asuma las atenciones y prestaciones económicas de salud que estaba a cargo de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP). En tal sentido, se establece las condiciones de traspaso y financiamiento de la atención de los afiliados a la CBSSP hacia EsSalud.

Así, las prestaciones de seguridad social de los trabajadores pesqueros con relación de dependencia, los pensionistas pesqueros y sus derechohabientes se incorporan como afiliados regulares del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS) , por lo que tienen derecho a las prestaciones de este régimen así como a optar por las prestaciones de una Entidad Prestadora de Salud (EPS).

Ahora bien, las entidades empleadoras afiliadas a la CBSSP y la CBSSP respecto de los pensionistas, deben realizar el proceso de registro a partir del primer día del mes setiembre de 2005 mediante la declaración-pago realizado a la Sunat con las contribuciones correspondientes al mes de agosto de 2005, de este modo, EsSalud inicia el otorgamiento de las prestaciones de seguridad social en salud por accidentes comunes, desde el primer día el mes de setiembre de 2005.

El afiliado y su derechohabiente tendrán derecho a las demás prestaciones siempre que este cumpla con tener tres aportaciones mensuales consecutivas canceladas. El trabajador que durante tres meses no preste labor alguna solo tendrá cobertura para  prestaciones de salud, vencido este plazo de no prestar relación laboral, se considera al trabajador como cesado y solo con derecho especial de cobertura por desempleo. Por su parte, los pensionistas y sus derechohabientes tendrán derecho de cobertura siempre que cumplan con tener tres contribuciones mensuales consecutivas canceladas hasta el mes previo a la contingencia. Para ambos, en caso de accidentes comunes, basta que exista afiliación, y para las prestaciones por maternidad que el afiliado titular se encuentre afiliado al tiempo de la concepción.

El financiamiento se realiza del siguiente modo: 9% de la remuneración o ingreso mensual devengado en el caso del trabajador pesquero, que será de cargo del armador, este pago no podrá ser menor a 4.4% de la remuneración mínima vital. Por su parte, será el 4% de la pensión mensual devengada en caso de pensionistas de jubilación, invalidez y sobrevivencia, a cargo del éste siendo responsabilidad de la CBSSP, la retención, declaración y pago, dentro de los plazos establecidos por la Sunat.

Finalmente EsSalud brindará cobertura por accidentes desde la entrada en vigencia de esta norma pero la CBSSP continuará brindando las prestaciones respectivas a los trabajadores pesqueros, pensionistas y derechohabientes durante el plazo de 3 meses desde la entrada en vigencia del presente dispositivo.

 


PRÓXIMA SEMANA SE INICIA CONCESIÓN
DE LOS PUERTOS

La próxima semana se iniciaría la convocatoria del concurso público para la concesión del puerto del Callao, en su muelle 5 y el muelle sur, así como para los puertos de Ilo y Paita, manifestó el ministro de Economía y Finanzas, Pedro Pablo Kuczynski.   Asimismo, el gobierno ha ratificado que ProInversión será la entidad que tenga a cargo la promoción de la inversión privada en la infraestructura e instalaciones portuarias. Además, mediante resolución suprema se encarga al Comité de Infraestructura y Servicios Portuarios de ProInversión la dirección de los procesos de promoción de la inversión privada.


De igual manera, resaltó que la concesión de los puertos ayudará a mejorar el nivel de las exportaciones peruanas, pero precisó que la gente que se esta oponiendo a esto, proviene de las empresas que prestan servicios en los diversos muelles del Callao antes que de los propios trabajadores.

PLENO DEL CONGRESO APRUEBA CUADRO DE
COMISIONES 2005-2006

El día de ayer el Pleno del Congreso aprobó la conformación de las 23 comisiones parlamentarias para el período legislativo anual 2005-2006, en una sesión concertada, democrática y sin mayor debate de parte de los grupos políticos.

La aprobación del cuadro de comisiones fue por 85 votos a favor, ninguno en contra y ocho abstenciones.

El cuadro consta de 23 comisiones ordinarias, las mismas que podrán se instalarán a partir de este jueves 11 (hoy), según anunció el presidente del Parlamento, Marcial Ayaipoma.


Asimismo, el titular del Congreso indicó que citará al coordinador de cada comisión, el congresista de mayor edad, con la finalidad de que convoque a sesión de instalación para proceder a la elección de las correspondientes mesas directivas.

CUADRO DE COMISIONES 2005-2006

Perú Posible

Agraria, Comercio Exterior y Turismo, Economía e Inteligencia Financiera, Mujer y Desarrollo Social, Presupuesto, Trabajo, Transportes y Comunicaciones.

Partido Aprista

Descentralización, Educación, Energía y Minas, Fiscalización, Justicia y Derechos Humanos, Vivienda y Construcción.

Unidad Nacional

Constitución, Gobiernos Locales, Seguridad Social.

Frente Independiente Moralizador

Defensa Nacional, Relaciones Exteriores.

Unión Parlamentaria Descentralista

Defensa del Consumidor, Producción y Pymes.

Alianza Nacional

Juventud y Deportes, Salud y Población.

Concertación Parlamentaria

Pueblos Andinos y Amazónicos.

 

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006


DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA

AGRADECEMOS SU PARTICIPACIÓN
A NUESTRO SEMINARIO

OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR

El sábado 6 de agosto se llevó a cabo con gran éxito el seminario OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR. Este evento se realizó en las instalaciones del Auditorio del Hotel Los Pinos con la participación del Dr. Oscar Bernuy Alvarez, colaborador de la revista CONTADORES & EMPRESAS, quien tuvo un brillante desempeño absolviendo todas las interrogantes planteadas por los asistentes en la reunión.

El exitoso seminario contó con la asistencia masiva de nuestros suscriptores, además de connotados profesionales de la ciudad de Cajamarca. Cabe recalcar que el éxito del evento se debió en gran medida al apoyo brindado por nuestro distribuidor dirigido por la Srta. Lenny Nadhia Servan López, quien estuvo acompañada de su staff de ejecutivos de ventas y por su personal administrativo.

De igual forma deseamos hacer extensivo nuestro agradecimiento por la acogida brindada a nuestro informativo.


SEMINARIO GRATUITO PARA SUSCRIPTORES

DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO

PRINCIPALES ASPECTOS REGULADOS POR EL CÓDIGO TRIBUTARIO:

Facultades de la Sunat, Determinación de deuda tributaria, Infracciones y Sanciones, Reclamaciones y Apelaciones


DIRIGIDO A:

 
 
Gerentes generales, gerentes financieros, contadores, administradores, abogados, asesores y público en general.

EXPOSITOR:

 
 
Dr. Carlos Bassallo Ramos
Jefe del Área Tributaria de Contadores & Empresas

FECHA:

 
 

Sábado 20 de agosto de 2005

DURACIÓN:
 
 
9:30 a.m. a 14:30 p.m.

LUGAR:

 

AUDITORIO DEL COLEGIO DE CONTADORES

DIRECCIÓN:

 
 

Jr. Tarapacá Nº 766 - Huánuco

INFORMES E INSCRIPCIONES
Sr. CPC Fernando Portilla Huertas
Jirón Tarapacá Nº 243-B
(062) 513631 / (062) 9604591



 ventas@contadoresyempresas.com.pe
www.contadoresyempresas.com.pe

 

24 Revistas Contadores & Empresas
Suplementos gratuitos
Agenda ejecutiva 2005
         
Guía práctica de Documentos Empresariales
Guía práctica Laboral Empresarial
Guía práctica del Código Tributario
         
Guía práctica del IGV
Guía práctica del Impuesto a la Renta
Pioner Tributario
         
Pioner Laboral
Software - Más de 5,000 normas y más de
1,000 jurisprudencias en temas tributarios, laborales y otros.
Boletines Empresariales
         
Boletines Legales diarios
Consultas telefónicas personalizadas
- Consultas por correo electrónico
Información on line
         
Seminarios de actualización
Calendario tributario laboral-2005
Calendario gigante de vencimiento de obligaciones 2005
         
   
   
   
Tarjeta codificada de acceso a la información y descuentos
   
 

Estimado suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su disposición una línea nueva más para sus consultas telefónicas:

445-5066  

HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR

Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm.

 

Ver boletines anteriores
 
ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe,
en el asunto del mensaje indique “desuscribir