AGENDA
Lima, 27 de Mayo de 2005
Tipos de Cambio del Día

DÓLAR

Compra 3.254
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BOLETÍN TRIBUTARIO BOLETÍN LABORAL BOLETÍN CONTABLE BOLETÍN FINANCIERO

SEMINARIO

OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR Y
SUS IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS
DIRIGIDO A:
 
 

Gerentes Generales, Gerentes Financieros, Contadores, Administradores, Abogados, asesores y público en general cuya labor esté vinculada con la contratación de personal.

   
EXPOSITORES:
 
 
Dr. JORGE LUIS TOYAMA MIYAGUSUKU
 
Dr. JOSÉ GÁLVEZ ROSASCO
 
Dr. OSCAR BERNUY ALVAREZ
 
CPC. ANTONIO GÓMEZ AGUIRRE
 
 
FECHA:
 
 
Miércoles 15 y Jueves 16 de Junio 2005
 
HORA DE CONVOCATORIA: 
 
5.30 p.m.
DURACIÓN:
 
6.00 p.m. A 9:00p.m.
LUGAR:
 
HOTEL SOL DE ORO
DIRECCIÓN:
Calle San Martín Nro. 305 - Miraflores - (espalda de la  SUNAT)

PRECIOS:

 
 
SUSCRIPTORES
: S/ 150.00
 
PÚBLICO EN GENERAL
: S/ 200.00
 
TARIFA CORPORATIVA
: 12% a partir de tres personas
     
 
INSCRIPCIONES E INFORMES
Av. Angamos Oeste Nº 526 Miraflores Lima
(01) 446-4003/ (01) 446-3902 / (01) 242-9480/ (01) 446-0212 / 9-8518199

ventas@contadoresyempresas.com.pe
www.contadoresyempresas.com.pe
 
ESTABLECEN ROTULAR PRODUCTOS DE 
600 PARTIDAS ARANCELARIAS

El día de ayer se publicó el Reglamento de la Ley de Rotulado –Ley Nº 28405-, el cual establece que los productos que corresponden a 600 partidas arancelarias deberán presentar rótulos en el momento de su comercialización en el Perú, indicando su procedencia y el nombre del fabricante.


Así lo manifestó Antonio Castillo, viceministro de Industria, quién señaló que este reglamento exige que los productos que se comercializan dentro del país detallen además de su caducidad, el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), como también el nombre del importador y del fabricante.

Asimismo, indicó que esta norma brindará al consumidor mucha más información referente a lo que está comprando y así evitará medidas sancionadoras. De igual forma informó que en este reglamento se ha establecido el campo de acción que debe tener la SUNAT y el INDECOPI para la aplicación de este sistema de rotulación de productos, el cual es aplicado a nivel internacional.

Finalmente, explicó que los productores podrán efectuar las precisiones en el rotulado, ya sea en los recintos y almacenes previstos, y que tendrán toda la posibilidad de incorporar tal información; asimismo descartó que la declaración jurada que se debe presentar en este caso sea un elemento negativo, muy por el contrario será un elemento que facilitará los trámites.

 


LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que, el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006

 

 

AÑO 2005 REVISTA
Mayo 1ra. quincena mayo
2da. quincena mayo

Abril 1ra. quincena abril
2da. quincena abril

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SUSTITUYEN ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHA DE VENCIMIENTO DE TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR EL SAT
Dispositivo
:
Ordenanza Nº 775
Fecha de publicación   
:
Viernes 27 de mayo de 2005
Fecha de vigencia
:
Sábado 28 de mayo de 2005


Mediante la norma en comentario se sustituye el artículo 3 de la Ordenanza Nº 731, publicada el 04/12/2004, que estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2005. Según el presente dispositivo, se establece como fecha de vencimiento para el pago de la segunda cuota del impuesto en mención, el 31 de mayo de 2005 (anteriormente era el 30 de mayo).

En consecuencia, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2005 son las siguientes:

Forma de pago

Fecha de vencimiento

Al contado

28 de febrero

Fraccionado

Primera cuota : 28 de febrero
Segunda cuota : 31 de mayo
Tercera cuota : 31 de agosto
Cuarta cuota : 30 de noviembre

 

 

 
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