SEMINARIO - CONTADORES & EMPRESAS |
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INSCRIPCIONES E INFORMES |
Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores / Lima.
Teléfonos: (01) 446-4003 / (01) 446-3902
/ (01) 242-9480 / (01) 446-0212
Depósito en Cuenta Corriente Nº 194-1427594-0-40 -
BANCO DE CRÉDITO - SOLES
Depósito en Cuenta Corriente Nº 0011-0169-08-0100012588 -
BANCO CONTINENTAL - SOLES |
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¡VENCIMIENTOS! |
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| ANTICIPO ADICIONAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
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Estimados suscriptores:
Les comunicamos que el 29 de abril vence el plazo para acogerse al procedimiento que le permite convalidar la aplicación de los pagos del Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta que se haya realizado durante los ejercicios 2003 y 2004, contra los pagos a cuenta y/o de regularización del Impuesto a la Renta de los ejercicios en mención.
Para acogerse deberá presentar vía Sunat Virtual ( www.sunat.gob.pe ) el formato “Anexo RS-046-2005”, que se encuentra en Sunat Operaciones en Línea en la opción Consulta de Declaraciones y Solicitudes.
Nota: Para acceder a Sunat Operaciones en Línea deberá contar con su código de usuario y clave de acceso.
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| DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO A LAS EMBARCACIONES DE RECREO – AÑO 2005 |
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Mediante Decreto Supremo Nº 048-2005-EF publicado el viernes 22
de abril en el Diario Oficial El Peruano se establece que
la declaración jurada del Impuesto a las Embarcaciones de
Recreo correspondiente al ejercicio 2005 se deberá presentar
hasta el 29 de abril de 2005.
Cabe mencionar que el pago al contado de tal impuesto o de la
primera cuota, en el caso de que se hubiera decidido cancelar en
forma fraccionada, podrá realizarse también hasta el 29 de
abril de 2005, conforme a lo establecido mediante Decreto
Supremo Nº 035-2005-EF publicado el 16/03/2005.
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LIBRE
DISPONIBILIDAD EN EL SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS
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El
6 de mayo vence el plazo para los sujetos al Sistema de Pago
de Obligaciones Tributarias (SPOT) puedan solicitar el
Estado de Adeudo para la liberación de fondos depositados
por concepto de detracción en las cuentas del Banco de la
Nación.
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Es
necesario indicar que el SPOT se viene aplicando según
nuestras normas legales desde el 15 de setiembre de 2004,
por lo que los adquirientes de bienes o usuarios de
servicios gravados con el IGV y sujetos al sistema detraen
un porcentaje del precio de venta o del servicio prestado
por cancelar al proveedor, para luego depositarlo en una
cuenta del Banco de la Nación a nombre del proveedor.
La
gran mayoría de proveedores utilizó este fondo para
poder pagar sus deudas tributarias, no obstante muchos
otros arrastran este importe sin poder agotarlos, por lo
que solicitarán su derecho a devolución de los montos no
aplicados.
El
especialista en Derecho Tributario, Francisco Pantigoso,
señaló que para solicitar la libre disponibilidad de los
saldos, la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT
y sus
modificatorias determinan dos procedimientos: a) el
régimen especial y b) el régimen general.
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LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES
Recordamos a ustedes que, el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:
| PERIODO TRIBUTARIO |
DÍGITOS |
DÍGITOS |
| 0, 1, 2, 3 Y 4 |
5, 6, 7, 8 Y 9 |
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05 |
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006 |
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006 |
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Estimado suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su disposición dos (2) líneas nuevas para sus consultas telefónicas:
446-9997 446-9995
HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR
Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm. |
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Tarjeta codificada de acceso a la información y descuentos |
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PRORROGAN PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMATO QUE CONVALIDA LAS APLICACIONES DEL ANTICIPO ADICIONAL DEL IMPUESTO A LA RENTA |
Dispositivo |
: |
Resolución de Superintendencia Nº 087-2005/SUNAT |
Fecha de publicación |
: |
Viernes 29 de abril de 2005 |
Fecha de vigencia |
: |
Sábado
30 de abril de 2005 |
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Mediante la norma en comentario se amplía, hasta el 31 de mayo de 2005, el plazo para la presentación del formato de acogimiento para convalidar las acreditaciones efectuadas del Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta contra los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta de los ejercicios gravables 2003 y 2004.
Asimismo, se precisa que las aplicaciones efectuadas del Anticipo Adicional contra los pagos del Impuesto a la Renta serán convalidadas únicamente si el formato en mención se presenta dentro del plazo establecido. De esta forma, se entiende que la presentación de dicho formato tiene carácter constitutivo y no declarativo.
En consecuencia, de no presentarse el formato electrónico correspondiente, la aplicación del Anticipo Adicional efectuada en su declaración jurada anual del Impuesto a la Renta no tendría validez alguna.
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