Lima, 27 de Abril de 2005
Tipos de Cambio del Día

DÓLAR

Compra 3.254
Venta 3.256

EURO

Compra 4.180
Venta 4.256
BOLETÍN TRIBUTARIO BOLETÍN LABORAL BOLETÍN CONTABLE BOLETÍN FINANCIERO
 
 
 
 
SEMINARIO - CONTADORES & EMPRESAS
 
INSCRIPCIONES E INFORMES
Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores / Lima.
Teléfonos: (01) 446-4003 / (01) 446-3902 / (01) 242-9480 / (01) 446-0212
Depósito en Cuenta Corriente Nº 194-1427594-0-40 - BANCO DE CRÉDITO - SOLES
Depósito en Cuenta Corriente
Nº 0011-0169-08-0100012588 - BANCO CONTINENTAL - SOLES
ANTICIPO ADICIONAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

Estimados suscriptores:

Les comunicamos que el 29 de abril vence el plazo para acogerse al procedimiento que le permite convalidar la aplicación de los pagos del Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta que se haya realizado durante los ejercicios 2003 y 2004, contra los pagos a cuenta y/o de regularización del Impuesto a la Renta de los ejercicios en mención.

Para acogerse deberá presentar vía Sunat Virtual ( www.sunat.gob.pe ) el formato “Anexo RS-046-2005”, que se encuentra en Sunat Operaciones en Línea en la opción Consulta de Declaraciones y Solicitudes.

Nota: Para acceder a Sunat Operaciones en Línea deberá contar con su código de usuario y clave de acceso.

 



DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO A LAS EMBARCACIONES DE RECREO – AÑO 2005


Mediante Decreto Supremo Nº 048-2005-EF publicado el viernes 22 de abril en el Diario Oficial El Peruano se establece que la declaración jurada del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al ejercicio 2005 se deberá presentar hasta el 29 de abril de 2005.

Cabe mencionar que el pago al contado de tal impuesto o de la primera cuota, en el caso de que se hubiera decidido cancelar en forma fraccionada, podrá realizarse también hasta el 29 de abril de 2005, conforme a lo establecido mediante Decreto Supremo Nº 035-2005-EF publicado el 16/03/2005.

 
 
CONGRESO OTORGA PLAZO ADICIONAL PARA LOGRAR CONSENSO EN LEY DE TRABAJO

La Comisión de Trabajo del Congreso de la República decidió ampliar hasta el 18 de mayo el plazo otorgado al Consejo Nacional del Trabajo (CNT) para que culmine con la discusión de los artículos pendientes de la nueva Ley General del Trabajo (LGT).

 Esta decisión se dio luego de que la presidenta de esta Comisión, Dora Núñez, presentara una reconsideración frente a la decisión de su grupo de trabajo de no otorgar más plazos adicionales al CNT para que logre consenso sobre los artículos pendientes de la LGT.


Asimismo señaló que el plazo adicional otorgado regirá del 3 al 18 de mayo ya que el plazo anterior venció el 14 de abril. 

Finalmente, espera que este plazo otorgado sirva para que el CNT llegue a un acuerdo sobre los artículos referidos al despido arbitrario, despido nulo, condiciones del despido, la prescripción del trabajo, entre otros.

   
 

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que, el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006

 

 

Estimado suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su disposición dos (2) líneas nuevas para sus consultas telefónicas:

446-9997   446-9995


HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR

Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm.

 
 
 
AÑO REVISTA
2005 1ra. quincena abril
   
 
 
 
24 Revistas Contadores & Empresas
Suplementos gratuitos
Agenda ejecutiva 2005
         
Guía práctica de Documentos Empresariales
Guía práctica Laboral Empresarial
Guía práctica del Código Tributario
         
Guía práctica del IGV
Guía práctica del Impuesto a la Renta
Pioner Tributario
         
Pioner Laboral
Software - Más de 5000 normas y más de
1000 jurisprudencias en temas tributarios, laborales y otros.
Boletines Empresariales
         
Boletines Legales diarios
Consultas telefónicas personalizadas
- Consultas por correo electrónico
Información on line
         
Seminarios de actualización
Calendario tributario laboral-2005
Calendario gigante de vencimiento de obligaciones 2005
         
   
   
   
Tarjeta codificada de acceso a la información y descuentos
   
 

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se constituyó como un beneficio social para la protección de los trabajadores frente a la contingencia del cese de su relación laboral, reflejándose con ello su finalidad previsional. Al haber finalizado el sistema de depósito de periodicidad mensual hemos retornado al sistema semestral, en el cual solo se permite la libre disposición del 50% del depósito acumulado como regla general, y excepcionalmente de su 80%, por única vez, cuando se trate de casos particulares sobre inmuebles.


Ver archivo adjunto

 

Ver boletines anteriores