EVENTO
GRATUITO
SOLO PARA SUSCRIPTORES
SEMINARIO : CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO EJERCICIO 2004 |
Estimado suscriptor:
Le informamos que el día
martes 15 de marzo de 2005 se realizará nuestro segundo seminario gratuito denominado “ CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO, EJERCICIO 2004 ”.
| Fecha |
: |
15 de Marzo de 2005 |
| Hora |
: |
5:30 p.m. – 10:00 p.m. |
| Lugar Propuesto |
: |
HOTEL SOL DE ORO |
Dirección
|
:
|
Calle San Martín Nº 305 – Miraflores
(espalda Sunat de Benavides) |
Expositores
|
:
|
Dr. Carlos Bassallo Ramos
CPC. Antonio Gómez Aguirre |
| Informes e Inscripciones |
: |
Av. Angamos Oeste Nº 526 – Miraflores |
Teléfonos
|
:
|
446-4003 / 446-3902 / 242-9480
446-0212 / 242-4675 |
| Email |
: |
ventas@contadoresyempresas.com.pe |
Se
entregará material didáctico y certificado de participación.
Curriculum
Expositores
1.
Carlos
Bassallo Ramos
Asesor
Principal Área Tributaria de Contadores & Empresas.
Abogado
de la Universidad de Lima.
Especialista
en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Miembro
Activo y Asociado del Instituto Peruano de Derecho Tributario
– IPDT.
Analista
Tributario en Banca y Finanzas.
Especialista
en Negocios Fiduciarios.
Ex
Funcionario de la Gerencia de Normas Tributarias en la
Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT.
Ex
Funcionario de Reclamos de la Intendencia Regional Lima de la
SUNAT.
Autor
del Libro “Comentarios al Código Tributario”. Editores e
Impresores Surco S.A. Lima, Perú.
Ex-Asesor
Tributario del Informativo Vera Paredes.
Experiencia
como expositor en seminarios y eventos a nivel nacional sobre
las modificaciones tributarias.
Temas.-
-
Principio de causalidad
y criterios de aplicación.
-
Valor de mercado de las remuneraciones.
-
Otros gastos sujetos a límites (vehículos, dietas,
gastos de representación, etc).
-
Provisiones por cobranza dudosa.
-
Sistema de pagos a cuenta enero y febrero 2005 (Resolución
de observancia obligatoria
del Tribunal Fiscal RTF Nro. 6507-1-2003 del 11/11/2003).
2.
Antonio
Gómez Aguirre
Asesor
Tributario y Contable Contadores & Empresas.
Segunda
Especialidad en Derecho en la Pontificia Universidad Católica
del Perú.
Contador
egresado de la Universidad
Nacional Federico Villarreal.
Ex-Gerente
de Tributación de Infotax Perú S.A.
Ex-Asesor
Tributario y Contable del Informativo Vera Paredes.
Ex-Contador
General de Engelhard Perú S.A.
Tax
Controller de Impuestos en Josfel S.A.,
Ex-Contador
General de Peruwagen S.A.
Autor
de obras tributarias y contables.
Expositor
a nivel nacional.
Temas.-
-
Pérdidas
arrastrables de ejercicios anteriores. Sistemas a) y b).
-
Gastos
por depreciación condicionada al registro contable.
-
Gastos
condicionados al pago previo (gastos que para el perceptor son
rentas de segunda, cuarta y quinta categoría).
-
NIC
12 Impuesto a la renta.
Estructura
del Evento
| 5:30 |
- |
5:45
p.m. |
Registro
de Participantes |
| 5:45 |
- |
6:00
p.m. |
Apertura
del Evento – Dra. Elizabeth Nima Nima |
| 6:00 |
- |
8:00
p.m. |
Enfoque
Tributario – Dr. Carlos Bassallo Ramos |
| 8:00 |
- |
8:15
p.m. |
Coffee
Break |
| 8:20 |
- |
9:35
p.m. |
Enfoque Contable/Tributario – CPC. Antonio Gómez
Aguirre |
| 9:40 |
- |
10:00
p.m. |
Rueda
de Consultas a Expositores |
| 10:00 |
- |
10:05
p.m. |
Clausura
del Evento – Dra. Elizabeth Nima Nima |
Condiciones
1.
Haber cancelado la cuota inicial.
2.
Estar al día en sus pagos.
3.
1 participante por suscripción.
4.
Sírvase enviar via email o fax la ficha de inscripción para
confirmar su participación en
el evento gratuito.
Ficha
de inscripción
SUNAT FLEXIBILIZA RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV
A partir del primero de abril entrarán en vigencia las nuevas medidas del régimen de percepciones del IGV que se aplica a la venta e importación de bienes, y a la adquisición de combustibles.
Mediante las resoluciones de Superintendencia Nº 060-2005, Nº 062-2005 y Nº 063-2005 se ha flexibilizado este régimen en aspectos referidos al comprobante de percepción y los plazos para solicitar la devolución del monto de las percepciones no aplicadas.
Entre los principales cambios de este régimen se puede señalar que se podrá solicitar la devolución de los saldos por percepciones no aplicadas si se hubiera mantenido un monto no aplicado en un plazo no menor de tres (3) períodos consecutivos y no de seis (6) como era el requisito anterior.
De igual manera, con la finalidad de minimizar los costos administrativos vinculados con la emisión del comprobante de percepción y otorgar mayores facilidades a los sujetos de este régimen, se determina que cuando exista acuerdo entre el cliente y el agente de percepción, este último emitirá un solo comprobante de percepción por cliente por el total de percepciones realizadas en un periodo determinado, siempre que su emisión y entrega se efectúe en el mismo mes en que estas se efectuaron.
Antes de efectuarse este cambio se debía emitir un comprobante por cada operación de percepción.
Asimismo, se han aprobado las nuevas versiones de los formularios virtuales los cuales estarán a su disposición a partir del 30 de abril y deberán ser utilizados a partir del primero de mayo.
|
PROGRAMA
DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA
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|
Formulario
Virtual
|
Vigencia
|
Versión
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Resolución
de Superintendencia
|
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Nº
|
Fecha
Publicación
|
|
697 Agentes de percepción de ventas internas
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01/05/05
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1.3
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060-2005/SUNAT
|
13/03/2005
|
|
633 Agentes de percepción de combustible
|
01/05/05
|
1.2
|
062-2005/SUNAT
|
13/03/2005
|