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Lima, 21 de Junio de 2005
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EVENTO GRATUITO ... SOLO PARA SUSCRIPTORES


SEMINARIO: OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR
... Y sus Implicancias Tributarias y Contable
s
DIRIGIDO A:
 
 

Gerentes Generales, Gerentes Financieros, Contadores, Administradores, Abogados, asesores y público en general cuya labor esté vinculada con la contratación de personal.

   
EXPOSITORES:
 
 
Dr. OSCAR BERNUY ALVAREZ
 
CPC. ANTONIO GÓMEZ AGUIRRE
 
 
FECHA:
 
 
Martes 21 de junio de 2005
 
HORA DE CONVOCATORIA: 
 
5.30 p.m.
DURACIÓN:
 
18:00 p.m. a  21:00 p.m.
LUGAR:
 
HOTEL SOL DE ORO
DIRECCIÓN:
Calle San Martín Nro. 305 - Miraflores - (espalda de la  SUNAT)

BENEFICIOS:

 
 
Separata
 
 
Coffee Break
 
Certificado de participación
 
     
NUESTROS SUSCRIPTORES PARA ASISTIR AL EVENTO DEBEN INSCRIBIRSE A TRAVÉS DE SU EJECUTIVO DE VENTAS O DISTRIBUIDOR.
NOTA 

A los señores suscriptores de provincias que deseen participar en nuestro evento, sírvanse comunicarse con el distribuidor de su jurisdicción.

INSCRIPCIONES E INFORMES
Av. Angamos Oeste Nº 526 Miraflores Lima
(01) 446-4003/ (01) 446-3902 / (01) 242-9480/ (01) 446-0212 / 9-8518199

ventas@contadoresyempresas.com.pe
ventas_informativotc@gacetajuridica.com.pe
 

PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES

Para facilitar la inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores deberán considerar preferentemente el siguiente cronograma:

CRONOGRAMA

LETRAS

INICIO

FIN

A-B-C

27/06/2005

06/07/2005

D-E-F-G-H-I

07/07/2005

14/07/2005

J-K-L-M-N-Ñ-O-P-Q

15/07/2005

22/07/2005

R-S-T-U-V-W-X-Y-Z

23/07/2005

04/08/2005

Aquellos proveedores que no puedan inscribirse dentro del periodo que le corresponde, podrán hacerlo antes o después del mismo, siempre que lo realicen dentro del periodo comprendido entre el 27/06/2005 y el 04/08/2005.

Las personas naturales deberán tomar en cuenta la primera letra de su apellido paterno, y en el caso de personas jurídicas la letra inicial de su razón y/o denominación social.

A partir del 5 de agosto de 2005, el proveedor de bienes y de servicios que no esté inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, no podrá participar en ningún proceso de selección ni celebrar contrato con el Estado.

AUMENTARÁN INTERESES EN DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS

El Pleno del Congreso de la República aprobó la autógrafa del proyecto de ley que ordena a la administración tributaria (SUNAT y las municipalidades) a devolver los tributos indebidamente cobrados, con los mismos intereses aplicados por mora a los contribuyentes, esto es, con el 1.5% mensual y no con el 0.40% que se cobra actualmente.

Dicha autógrafa propone que la administración tributaria debe cobrarles a los deudores tributarios una determinada tasa de interés por cada día de

mora en el pago de las obligaciones vencidas. Esta tasa se conoce como Tasa de Interés Moratorio (TIM), la cual es fijada por el ente recaudador en el caso de los tributos que administra o cuya recaudación esté a su cargo.

Asimismo, la Administración Tributaria abonará una determinada tasa de interés a los contribuyentes, cuando esta devuelva pagos no debidos o en exceso, calculados desde la fecha en que se efectuó el pago no debido o en exceso hasta el momento en que se puso a disposición del contribuyente la devolución respectiva.

SE APROBÓ DICTAMEN DE LA LEY MARCO DEL 
EMPRESARIADO

La Comisión de Justicia aprobó el dictamen que crea la Ley Marco del Empresariado, la cual una vez aprobada por el Pleno del Congreso de la República reemplazará al Código de Comercio el cual está vigente desde el año 1902 y asimismo limitará las responsabilidades de los empresarios.

Dentro de las principales novedades de este dictamen se contempla la posibilidad de ir al arbitraje cuando existan desacuerdos entre las empresas; asimismo determina la creación de un Fondo Empresarial el cual

se inscribirá en los Registros Públicos, con la finalidad de limitar la responsabilidad de los empresarios.

De igual forma se regula el tema de los registros de las operaciones empresariales: la Contabilidad, Libros, Sistemas y sus Formalidades, como también la indispensable presencia del Contador Público Colegiado o, con las limitaciones de ley, del Contador Mercantil.

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que, el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006

 

REVISTA CONTADORES & EMPRESAS
ACTUALIZACIÓN DEL PIONER TRIBUTARIO


Les informamos que respecto a la actualización del Pioner Tributario del mes de mayo de 2005, en la hoja de instrucción que acompaña a las hojas de actualización tributaria de la Sección A-Código Tributario, se indicó que se adicione las páginas 147-a y 148-a, debiendo ser: “(...) 148-a y 148-b” , por lo que les sugerimos tenerlo en cuenta cuando proceda a actualizar su Pioner Tributario.

Muy atentamente,

CONTADORES & EMPRESAS

Estimado suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su disposición una línea nueva mas para sus consultas telefónicas:

445-5066  

HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR

Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm.

 
 

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LEY GENERAL DE PROTECCIÓN A LAS PERSONAS CON DIABETES  

Dispositivo
:

Ley Nº 28553

Fecha de publicación 
:
Domingo 19 de junio de 2005
Fecha de vigencia
:

Lunes 20 de junio de 2005


Con la finalidad de establecer un régimen legal de protección a las personas con diabetes, se han establecido para ellas los siguientes beneficios tributarios:

  1. No estará gravada con el Impuesto General a las Ventas, la venta e importación de los medicamentos necesarios para la fabricación nacional de los equivalentes terapéuticos que se importan para tratamiento de la diabetes.

  2. Están inafectas del pago de los derechos arancelarios, los medicamentos y/o insumos que se utilizan para la fabricación nacional de equivalentes terapéuticos para el tratamiento de la diabetes.

Cabe anotar que los beneficios tributarios antes descritos será de aplicación únicamente a aquellos medicamentos e insumos que figuren en la relación que se apruebe mediante Decreto Supremo.

   
 
EL EXAMEN DE LOS PASIVOS

Los pasivos más importantes, en cuanto a monto y número de operaciones comprometidas, son los vinculados con las compras de inventarios. Es por ello que desde el punto de vista del riesgo, examinando estas operaciones también el auditor certifica la validez. Sin embargo el tema resulta de mayor relevancia cuando existe otro tipo de pasivos, los que repasaremos a continuación.

 
 
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