Lima, 23 de Febrero de 2005
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REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE ZOFRATACNA

Mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MINCETUR publicado hoy en El Peruano se aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, modificada por la Ley Nº 27825.

Este Reglamento tiene como objetivo establecer las infracciones y sanciones aplicables a los usuarios de la Zona Franca de Tacna, Zona Comercial de Tacna y Zona de Extensión por infracciones a la Ley, a su reglamento y por el incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por los usuarios ante los órganos competentes para la aplicación de las sanciones en primera y segunda instancia.

Anexo: escala de multas

SEMINARIO : CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO EJERCICIO 2004


Estimado suscriptor:

Le informamos que el día viernes 4 de marzo de 2005 se realizará nuestro evento denominado “ CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO, EJERCICIO 2004 ”, que incluirá los siguientes temas:


EXPOSITORES

Dr. Luis A. Arias Minaya
Enfoque macroeconómico

  • Política tributaria
  • Factores que contribuyeron a los resultados de la recaudación en el año 2004
  • Régimen de pago anticipado del IGV vs. liquidez de las empresas
  • ¿Qué pueden esperar los contribuyentes en el periodo 2005?

CPC. Hugo Tirado Manrique
Enfoque contable

  • Aplicación práctica de las NICs al cierre contable
  • Vigencia de las NICs / NIIF
  • Responsabilidad del profesional CPC
  • Principales normas NIC Nº12
  • Cierre contable y cálculo tributario: adiciones y deducciones

Dr. José Luis Gálvez Rosasco
Enfoque tributario

  • Reconocimiento de gasto
  • Concepto de lo devengado
  • Gastos sustentados con comprobantes de pago emitidos en ejercicios posteriores
  • Inafectación y exoneración
  • Categorización de las rentas
  • Valor de mercado de las remuneraciones del personal
  • Principio de legalidad
  • Reglas para determinar el valor de mercado
  • Tratamiento de los dividendos
  • Casos prácticos
  • Depreciación de activos fijos-mejoras permanentes y gastos de reparación y mantenimiento
  • Tipos de mejoras: mejoras necesarias-mejoras útiles-mejoras de recreo
  • Tratamiento de la NIC Nº16
  • Resoluciones del Tribunal Fiscal

PANELISTAS
Dr. Carlos Bassallo Ramos
CPC. Antonio Gómez Aguirre

Para mayores informes, sobre los costos y horario se sugiere comunicarse a los teléfonos: 446-4003, 446-3902, 242-9480, 446-0212 y 242-4675.


DÍA

INSCRIPCIONES INFORMES EN
: Viernes 04 de marzo
: CONTADORES&EMPRESAS
:
http://www.contadoresyempresas.com.pe/Eventos/Lima.html

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que, el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006

 


Guía Practica De Documentos
Empresariales

Guía Practica Laboral Empresarial

Software con 3 Bases de Datos

Calendario Tributario, Laboral 2005

Agenda Empresarial 2005

Boletín Empresarial 

 


APRUEBAN EL ESTATUTO DISCIPLINARIO DEL INSPECTOR DE TRABAJO

 

Dispositivo : Resolución Ministerial Nº 033-2005-TR
Fecha de publicación : Miércoles 23 de febrero de 2005
Fecha de vigencia : Jueves 24 de febrero de 2005


En principio debemos tener presente que, mediante Decreto Legislativo Nº 910, modificado por la Ley Nº 28292, se reguló la actuación de la Inspección del Trabajo, norma que fue reglamentada por Decreto Supremo Nº 020-2001-TR y modificada por Decreto Supremo Nº 010-2004-TR. En el artículo 21 del mencionado reglamento, en concordancia con su Quinta Disposición Transitoria, se señaló que se aprobaría mediante Resolución Ministerial del Sector de Trabajo el Estatuto Disciplinario del Inspector del Trabajo.

En tal sentido, mediante la presente norma se aprueba el Estatuto Disciplinario del Inspector de Trabajo cuyo objeto es regular el procedimiento disciplinario y el régimen de sanciones aplicables a los inspectores del Trabajo y Supervisores–Inspectores que prestan servicios en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo-, así como en las Direcciones Regionales de la República.

Asimismo, el presente estatuto, será aplicable a los inspectores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM.

De este modo, se establece como principios rectores de la actuación de los inspectores de trabajo: el de legalidad, imparcialidad, probidad, razonabilidad y se regula las obligaciones, prohibiciones, faltas disciplinarias, sanciones y el procedimiento disciplinario de la actuación de los inspectores de trabajo; las cuales pueden generar la imposición de sanciones disciplinarias: suspensión, despido y/o destitución de dichos inspectores o supervisores.

 

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