LUNES 31 DE AGOSTO DE 2009
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

Fijan monto de la unidad de ingreso del Sector Público para el año 2010

Dispositivo

:

Decreto Supremo Nº 053-2009-PCM

Fecha de publicación

:

Sábado 29 de agosto de 2009

Fecha de vigencia

:

Enero de 2010

Mediante el presente Decreto Supremo, se fija en S/. 2,600.00 (dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles) el monto correspondiente a la unidad de ingreso del Sector Público para el año 2010, que servirá de referencia para la fijación de los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado.

Por lo que resta del presente año 2009, se mantendrá vigente el monto asignado en su oportunidad.
 

 

Entregarán compensación económica a ex trabajadores cesados irregularmente

A partir del día de hoy, lunes 31 de agosto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo entregará cheques por concepto de compensación económica a cerca de dos mil  ex trabajadores que se inscribieron en las tres primeras listas de ceses colectivos y que optaron por la compensación económica o no lograron una plaza vacante para la reubicación durante el 2008.

La lista de los beneficiarios con esta compensación se encuentra publicada en la página web del citado ministerio (www.mintra.gob.pe) y en cada una de las direcciones regionales de trabajo y promoción del empleo a nivel nacional.

Los ex trabajadores que se inscribieron en la sede central del MTPE podrán acceder al cobro a partir del 31 de agosto, mientras que aquellos registrados en provincias podrán recoger sus cheques a partir del primero de setiembre en las direcciones regionales respectivas.


RETENCIÓN A LAS  RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA


Los agentes de retención que paguen o acrediten honorarios u otros conceptos que constituyan rentas de cuarta categoría deberán efectuar las retenciones que la Ley del Impuesto a la Renta obliga, excepto en los casos que:

1. El perceptor de la renta haya obtenido de la Sunat la Constancia de Autorización de suspensión de retenciones y de pagos a cuenta.

2. El importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/.1,500 ( un mil quinientos y 00/100 nuevos soles).

Nótese el numeral 2 anterior, ya que la norma exceptúa de la retención solo en el caso de los recibos por honorarios, por lo que si se pagan dietas al directorio, estas se encuentran sujetas a retención por cualquier monto, salvo que la mencionada dieta se sustente en un recibo por honorarios.

 

ESCALA DE VIÁTICOS 2009 - NACIONAL

 

Monto de viáticos diarios a nivel nacional(*)

Viáticos diarios que otorga el Gobierno central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía

Viáticos diarios para trabajadores del Sector Privado

S/. 210.00

S/. 420.00


(*) Vigente desde el 06/02/2009. D.S. Nº 028-2009-EF

 


ESCALA DE VIÁTICOS 2008 - EXTERIOR

 

ZONA GEOGRÁFICA
GASTO  MÁXIMO DEDUCIBLE

---África

US$ 400

---América Central

US$ 400

---América del Norte

US$ 440

---América del Sur

US$ 400

---Asia

US$ 520

---Caribe

US$ 480

---Europa

US$ 520

---Oceania

US$ 480

 

 




 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.


 

PRIMERA QUINCENA - AGOSTO 2009

 
 

CONOZCA HASTA CUÁNDO  PUEDE LA SUNAT DETERMINAR
Y/O EXIGIR EL PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA

Aspectos tributarios y contables del contrato de asociación en participación

Procedimiento tributario. Solicitud de libre disposición de fondos del SPOT

Consulta institucional: Impuesto a la Renta. Enajenación de inmueble efectuada por una persona natural

Jurisprudencia tributaria: La apelación de la inadmisibilidad de la reclamación por extemporánea no suspende la cobranza coactiva iniciada

Situaciones que constituyen actos de hostilidad. Análisis normativo y jurisprudencial

¿Su título valor se ha deteriorado o extraviado? Sepa qué hacer en estos casos Contrato de Duda razonable.
Algunos aspectos relevantes para su aplicación en la importación de bienes




Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Consultoría telefónica (01) 710-8970 - Ventas y atención al cliente (01) 710-8950

informatica@contadoresyempresas.com.pe

ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe en el asunto del mensaje indique “desuscribir”