MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DE 2009
 
 
 
   
   
   
   
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BRASIL ESTÁ INTERESADO EN PRODUCTOS PERUANOS PARA SUSTITUIR
LOS DE OTROS PAÍSES

La ministra de la Producción, Mercedes Aráoz, señaló que las autoridades de Brasil han puesto en marcha una política de sustitución de importaciones y están interesadas en que los productos peruanos reemplacen a los productos que compran de otras partes del mundo, “Brasil ha encontrado que el Perú puede ser un buen socio porque ambos tienen una visión comercial muy parecida”, agregó.

La titular de la Producción indicó que el Gobierno peruano tiene a Brasil como el país prioritario para fortalecer el comercio bilateral en Sudamérica y por eso se ha llevado a cabo una serie de reuniones y visitas de autoridades de ambos países.

Añadió que en la víspera se reunió con el ministro de Desarrollo, Industria y Comercio de Brasil, Jorge Filho, y un grupo de empresarios de ese país.

Durante la reunión se pidió a Filho que las autoridades brasileñas apoyen a sus similares peruanas para resolver las barreras no arancelarias que existen en el comercio bilateral, explicó.

“Los problemas con Brasil no son necesariamente arancelarios sino sobre temas sanitarios y normas técnicas, justamente en la reuniones que tenemos en la Comisión Binacional Perú-Brasil se están identificando estas barreras que no son plenamente arancelarias”, dijo.

Mencionó que también solicitó a la delegación brasileña su apoyo en materia de capacitación tecnológica a las empresas peruanas para iniciar negocios en conjunto y así poder satisfacer la demanda de productos que hay en el mercado brasileño.

Aráoz recordó que las carreteras Interoceánica Sur y Norte, además del mejoramiento de los puertos fluviales de la selva peruana, serán instrumentos para llevar adelante una estrategia de integración con el mercado de Brasil.

La ministra señaló que los empresarios brasileños tienen interés en adquirir autopartes elaboradas en el Perú y luego abastecer al mercado peruano con automóviles ya terminados que consuman combustibles menos contaminantes.



RETENCIÓN A LAS  RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA


Los agentes de retención que paguen o acrediten honorarios u otros conceptos que constituyan rentas de cuarta categoría deberán efectuar las retenciones que la Ley del Impuesto a la Renta obliga, excepto en los casos que:

1. El perceptor de la renta haya obtenido de la Sunat la Constancia de Autorización de suspensión de retenciones y de pagos a cuenta.

2. El importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/.1,500 ( un mil quinientos y 00/100 nuevos soles).

Nótese el numeral 2 anterior, ya que la norma exceptúa de la retención solo en el caso de los recibos por honorarios, por lo que si se pagan dietas al directorio, estas se encuentran sujetas a retención por cualquier monto, salvo que la mencionada dieta se sustente en un recibo por honorarios.

 

ESCALA DE VIÁTICOS 2009 - NACIONAL

 

Monto de viáticos diarios a nivel nacional(*)

Viáticos diarios que otorga el Gobierno central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía

Viáticos diarios para trabajadores del Sector Privado

S/. 210.00

S/. 420.00


(*) Vigente desde el 06/02/2009. D.S. Nº 028-2009-EF

 


ESCALA DE VIÁTICOS 2008 - EXTERIOR

 

ZONA GEOGRÁFICA
GASTO  MÁXIMO DEDUCIBLE

---África

US$ 400

---América Central

US$ 400

---América del Norte

US$ 440

---América del Sur

US$ 400

---Asia

US$ 520

---Caribe

US$ 480

---Europa

US$ 520

---Oceania

US$ 480

 

 




 

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PRIMERA QUINCENA - AGOSTO 2009

 
 

CONOZCA HASTA CUÁNDO  PUEDE LA SUNAT DETERMINAR
Y/O EXIGIR EL PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA

Aspectos tributarios y contables del contrato de asociación en participación

Procedimiento tributario. Solicitud de libre disposición de fondos del SPOT

Consulta institucional: Impuesto a la Renta. Enajenación de inmueble efectuada por una persona natural

Jurisprudencia tributaria: La apelación de la inadmisibilidad de la reclamación por extemporánea no suspende la cobranza coactiva iniciada

Situaciones que constituyen actos de hostilidad. Análisis normativo y jurisprudencial

¿Su título valor se ha deteriorado o extraviado? Sepa qué hacer en estos casos Contrato de Duda razonable.
Algunos aspectos relevantes para su aplicación en la importación de bienes




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