LUNES 10 DE AGOSTO DE 2009
 
 
 
   
   
   
   
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DECLARACIÓN JURADA ANUAL INFORMATIVA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Dispositivo

Resolución Nº 169-2009-SUNAT

Fecha de publicación

Sábado 8 de agosto de 2009

Fecha de vigencia

Domingo 9 de agosto de 2009

La norma mencionada establece las siguientes disposiciones con relación a la declaración jurada anual informativa de precios de transferencia:

  • Nuevo PDT: se aprueba la versión 1.2 del Formulario Virtual Nº 3560 - PDT Precios de Transferencia.
  • Fecha para obtenerlo: A partir del 10/08/2009. A través de Sunat- SOL o dependencias de la Sunat.
  • Fecha de utilización obligatoria de la nueva versión del PDT: 10/08/2009, inclusive para ejercicios anteriores.
  • Lugares para su presentación:

i) PRICOS: En las dependencias Sunat usualmente asignadas.
ii) MEPECOS: En cualquier dependencia Sunat o centro de servicios, pero dentro  de la jurisdicción correspondiente.

Muy importante: En ambos casos NO se puede presentar por Internet.

  • Forma de presentarlo: i) Disquete; ii) CD; o, ii) USB.
  • Fecha de vencimiento: En las mismas fechas de vencimiento de las obligaciones mensuales del periodo tributario setiembre 2009. Los buenos contribuyentes observarán en la tabla de vencimientos del periodo mencionado la fecha que les corresponda de acuerdo con su condición.
La versión 1.1 del PDT Nº 3560 solo se podrá utilizar hasta el 09/08/2009.
 



RETENCIÓN A LAS  RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA


Los agentes de retención que paguen o acrediten honorarios u otros conceptos que constituyan rentas de cuarta categoría deberán efectuar las retenciones que la Ley del Impuesto a la Renta obliga, excepto en los casos que:

1. El perceptor de la renta haya obtenido de la Sunat la Constancia de Autorización de suspensión de retenciones y de pagos a cuenta.

2. El importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/.1,500 ( un mil quinientos y 00/100 nuevos soles).

Nótese el numeral 2 anterior, ya que la norma exceptúa de la retención solo en el caso de los recibos por honorarios, por lo que si se pagan dietas al directorio, estas se encuentran sujetas a retención por cualquier monto, salvo que la mencionada dieta se sustente en un recibo por honorarios.

 

ESCALA DE VIÁTICOS 2009 - NACIONAL

 

Monto de viáticos diarios a nivel nacional(*)

Viáticos diarios que otorga el Gobierno central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía

Viáticos diarios para trabajadores del Sector Privado

S/. 210.00

S/. 420.00


(*) Vigente desde el 06/02/2009. D.S. Nº 028-2009-EF

 


ESCALA DE VIÁTICOS 2008 - EXTERIOR

 

ZONA GEOGRÁFICA
GASTO  MÁXIMO DEDUCIBLE

---África

US$ 400

---América Central

US$ 400

---América del Norte

US$ 440

---América del Sur

US$ 400

---Asia

US$ 520

---Caribe

US$ 480

---Europa

US$ 520

---Oceania

US$ 480

 

 




 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
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  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
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SEGUNDA QUINCENA - JULIO 2009

 
 

DECLARACIÓN DE PREDIOS 2008: ASPECTOS A TOMAR EN CUENTA

 

Implicancias tributarias de la exportación de servicios

Presentación de la Declaración de Predios a través del Formulario Nº 1630

¿Puede la Administración Tributaria trabar medidas cautelares previas en un procedimiento de fiscalización sin haber cerrado el requerimiento y sin motivar la medida?

Lineamientos técnicos para el reconocimiento y revelación de pasivos contingentes

Medidas laborales frente a la gripe AH1N1

¿Cómo calcular las cuotas en un crédito?
Conozca los principales aspectos de la junta general de accionistas

Documento legal: Contrato de auditoría

Pasos para perfeccionar la transferencia de acciones
Préstamos bancarios a los gobiernos locales. Requisitos mínimos que deben cumplir




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