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DISPONEN REEMPADRONAMIENTO DE VEHÍCULOS INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS
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Dispositivo |
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Decreto Supremo N° N° 027-2007-MTC |
Fecha de publicación |
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Sábado, 4 de agosto de 2007 |
Fecha de vigencia |
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Domingo, 5 de agosto de 2007 |
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Mediante el presente decreto se dispone el reempadronamiento de todos los vehículos que se encuentran inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas, creado para prestar servicio de transporte interprovincial de personas. Para dicho efecto, los transportistas deberán presentar una declaración jurada de solicitud de reempadronamiento a través del portal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), cuyo formato será aprobado por resolución directoral de la Dirección General de Transporte Terrestre.
El reempadronamiento efectivo, que deberá efectuarse a partir de mañana martes 07 de agosto de 2007, dará lugar a la emisión de la Tarjeta Única de Circulación y de la calcomanía distintiva, lo cual sustituirá al certificado de habilitación vehicular y a la tarjeta de habilitación genérica. Dicho canje se realizará a partir del décimo día hábil de realizado el reempadronamiento. En este caso, deberán presentar la solicitud a la que se hace referencia en el párrafo anterior, de manera impresa y en original, debidamente firmada por el representante legal o el propio solicitante.
Al respecto, se debe tener en cuenta que el certificado de habilitación vehicular y la tarjeta de habilitación genérica estarán vigentes solo hasta el 30 de noviembre del presente año, fecha a partir de la cual el único documento que habilitará la prestación del servicio de transporte terrestre será la Tarjeta Única de Circulación.
Finalmente, se establece que el transportista que incumpla la obligación de empadronarse y canjear la Tarjeta Única de Circulación por el certificado de habilitación, será sancionado con una multa de 3 UIT, sin perjuicio del internamiento preventivo como medida establecida en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes. |
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PRECIOS CIF DE REFERENCIA PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO VARIABLE ADICIONAL O REBAJA ARANCELARIA A LAS IMPORTACIONES DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LÁCTEOS |
Dispositivo |
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Resolución Viceministerial
N° 015-2007-EF/15.01 |
Fecha de publicación |
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Lunes, 6 de agosto de 2007 |
Fecha de vigencia |
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Martes, 7 de agosto de 2007 |
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Mediante la presente resolución se publican los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias.
Fecha |
Maíz |
Azúcar |
Arroz |
Leche entera en polvo |
Del 16/7/2007 al 31/7/2007 |
167 |
339 |
377 |
2924 |
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CORTE SUPREMA FACILITA VERIFICACIÓN DE EXPEDIENTES A LITIGANTES VÍA INTERNET
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El día de hoy, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia ha puesto a disposición del público un sistema electrónico de información procesal, mediante el cual los litigantes podrán conocer el estado de los expedientes procesados por dicha sala a través de internet. La finalidad de este sistema es otorgar una mayor transparencia a la labor realizada por esta sala y un mayor control para los usuarios en relación a la situación de los procesos judiciales en curso.
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Los interesados podrán acceder a este sistema, a través de un link en la página web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe) e ingresar el número de expediente o apellidos de la parte procesal para conocer el estado del proceso.
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SE COMPLEMENTA RÉGIMEN DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR, REVALIDACIÓN Y RECATEGORIZACIÓN
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El día sábado, en el diario El Peruano, se publicó el Decreto Supremo Nº 026-2007-MTC, mediante el cual se incorpora la octava disposición complementaria al Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, emitida por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, el cual complementa el régimen de fiscalización de los procedimientos para obtener nueva licencia de conducir, revalidación y recategorización.
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Este dispositivo tiene como propósito conseguir adecuados niveles de veracidad y transparencia en la evaluación de los solicitantes, debido a las irregularidades presentadas en relación con las firmas de los administrados o de los profesionales que suscriben los exámenes médicos, además de la saturación en determinados puntos de tramitación que ha ocasionado la existencia de procedimientos poco transparentes.
En ese sentido, se establece que la solicitud de licencia de conducir, revalidación y recategorización, en todas sus calificaciones y categorías, solo podrá ser presentada para su trámite y emisión ante la autoridad competente del lugar de domicilio que figure en el documento nacional de identidad o el declarado al momento de obtener el carné de extranjería en el caso de los ciudadanos extranjeros.
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Mañana vence el plazo para el pago de aportes a las AFP en efectivo o con cheque del mismo banco o con cheque de gerencia por la obligación del mes de julio de 2007. |
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SEGUNDA QUINCENA - JULIO 2007
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Temas |
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Crédito Fiscal |
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¿El crédito fiscal del IGV es un derecho constitucional?: pronunciamiento del Tribunal Constitucional. |
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Proyecto de Ley : proponen que se pueda ejercer el derecho al crédito fiscal cuando el registro de compras no está legalizado previamente. |
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Informe de la Sunat: el IGV de las adquisiciones podrá constituir gasto o costo a efectos del impuesto a la renta en caso de que incumpla alguno de los requisitos formales del crédito fiscal. |
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Tratamiento del impuesto a la renta sobre los intereses pagados por préstamos otorgados por sujetos no domiciliados. |
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Tratamiento contable y tributario de los mutuos de bienes. |
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¿Cuándo y cómo se deben cambiar las políticas contables? |
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¿Cómo aplicar las provisiones de cobranza dudosa tomando en cuenta las NIC SP9 y 39? |
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Obligaciones del empleador en materia de seguridad de seguridad social: Aspectos a tener en cuenta para su correcto cumplimiento. |
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¿Por qué causas se puede iniciar un procedimiento de fiscalización laboral? |
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Conozca los beneficios del nuevo procedimiento de exportación comercial a través del servicio postal: “Exporta fácil”. |
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