LUNES 14 DE AGOSTO DE 2006
 
 
 
 
   
   
   
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TRIBUNAL FISCAL AMPLÍA RESOLUCIÓN Nº 07719-4-2005 SOBRE REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE REMUNERACIONES VACACIONALES


Como se recordará el Tribunal Fiscal, mediante la Resolución Nº 07719-4-2005 de observancia obligatoria, publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de enero de 2006, estableció que las remuneraciones vacacionales no se encontraban incluidas dentro del concepto de beneficios sociales a que alude el inciso j) del artículo 37 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, siéndoles más bien de aplicación lo dispuesto por el inciso v) del artículo en mención, por lo que, al ser consideradas para su perceptor como rentas de quinta categoría, procede su deducción como gasto siempre que sean pagadas antes del vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada anual del impuesto correspondiente al ejercicio del devengo de la remuneración.

Teniendo en cuenta que tal criterio constituye una aclaración acerca del tratamiento tributario de la remuneración vacacional a efectos del Impuesto a la Renta, mediante la Resolución Nº 04123-1-2006, publicada en el diario oficial El Peruano el pasado 6 de agosto, al amparo del numeral 1 del artículo 170 del Código Tributario, se establece la improcedencia de la aplicación de intereses y sanciones por la incorrecta determinación y pago del Impuesto a la Renta.

En ese sentido, se exime del pago de intereses y sanciones a aquellos deudores tributarios que en aplicación de la interpretación incorrecta de los alcances del inciso j) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, hubieran deducido, a efectos del Impuesto, remuneraciones devengadas pero no pagadas dentro del plazo establecido para la presentación de la declaración jurada correspondiente.

Para tal efecto, los mencionados deudores tributarios tienen hasta el 18 de agosto para regularizar las omisiones en las que hubieran incurrido por la aplicación indebida del mencionado inciso j) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.
 
ESTABLECEN CRITERIO PARA LA INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE REVISIÓN POR
CONSORCIOS EN EL TUPA DE CONSUCODE

Dispositivo

:

Acuerdo N° 008-2006

Fecha de publicación

:

Domingo 13 de agosto de 2006

Fecha de vigencia

:

Lunes 14 de agosto de 2006

El acuerdo emitido por el Consucode ha establecido un criterio uniforme, a raíz de la confusión que se generó sobre los recaudos que deben presentarse al momento de interponer un recurso de revisión. El TUPA de Consucode menciona que en dicho caso debe presentarse la promesa de consorcio y además los poderes de cada uno de los representantes de la partes coasociadas.

Este acuerdo establece un criterio de aplicación uniforme, en el sentido de que en adelante, al momento de interponer un recurso de revisión solo será necesario presentar la promesa de consorcio en el que para acreditar los poderes de los representantes de este, únicamente será necesario mencionarlos para acreditar tal facultad. Solo será exigible la presentación de los poderes, en caso de que la promesa de consorcio no mencione cuáles son sus representantes comunes.

Con este criterio, se espera aclarar el panorama y evitar que se alarguen injustificadamente los recursos de revisión presentados por los consorcios participantes en procesos de contratación con el Estado.
 

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

Dispositivo

:

Resolución N° 324-2006-CONSUCODE/PRE

Fecha de publicación

:

Lunes 14 de agosto de 2006

Fecha de vigencia

:

Martes 15 de agosto de 2006

Mediante la resolución bajo comentario, se está reglamentando un proceso particular de subasta en virtud del cual la entidad contratante seleccionará entre un grupo de participantes, al que ofrezca al menor precio productos comunes en uniformidad de circunstancias comerciales y de servicios, sobre los cuales no pesa discusión.

Las entidades deberán utilizar este procedimiento en los casos en que necesiten adquirir los bienes que el Consucode detalle en el SEACE (Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado). Sin embargo, cuando el valor de referencia de la contratación sea igual o mayor a 4 UIT las entidades utilizarán este tipo de contratación facultativamente.

El acto público, como se le denomina en la resolución al proceso de selección presencial, se llevará a cabo mediante un comité especial donde el presidente hará las veces de subastador y dirigirá el acto.

Finalmente, luego de la etapa de evaluación de las propuestas, se encuentra una etapa de pugnas, que se llevará a cabo entre los participantes que hayan ofrecido los menores precios, luego de lo cual se otorgará la buena pro.

 
 

CONGRESO EMPEZARÁ EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE EXONERACIÓN TRIBUTARIA DEL EJECUTIVO

 

El presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Martín Pérez, estimó que desde el miércoles se iniciará el debate de los primeros proyectos de ley enviados por el Ejecutivo en materia de exoneraciones tributarias, que llegarían a manos de dicha Comisión mañana martes.

En cuanto a las exoneraciones tributarias planteadas (en el Sector Agrario y en la zona franca de Puno), Pérez sostuvo que estas no eran la solución a los problemas, sino apenas una válvula de escape de la presión social, una respuesta política antes que una solución integral. Asimismo, señaló algunos efectos negativos de las exoneraciones como, por ejemplo, la corrupción.


Respecto de las exoneraciones que el gobierno viene aprobando para la agroindustria de altitud y a la importación de equipos de riego por goteo, no se tomaría en cuenta que se requiere dotar de mayor infraestructura a las zonas de que se trate para fomentar el desarrollo de las empresas que inviertan allí.

Por otro lado, Pérez manifestó que la reforma tributaria tendrá que mantener la sencillez del esquema tributario, apuntando a “que pague más quien gane más, pero también debe tributar el que menos gane”.

Finalmente, con el objeto de que la percepción de los contribuyentes mejore, con relación a los resultados de su contribución tributaria, afirmó que una reforma de este tipo debe ir acompañada de una mejora en los servicios públicos.

Fuente: diario Gestión

ZONA FRANCA DE PUNO GENERA CONTROVERSIA

 

La promulgación de la ley que pone en marcha la Zona Económica Especial de Puno enfrentó las posiciones de gremios empresariales como Comex y la SNI.

Por un lado, Comex señaló que el contrabando que proviene de Puno es de tal magnitud que el régimen de zona franca no implica perder nada adicional. De esta manera, ironizó la medida cuestionándose la conveniencia de convertir a todo el país en una gran zona franca.


Comex criticó también que la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) aliente un mecanismo seguro de incentivar el contrabando y al mismo tiempo pretenda que se pongan impedimentos al comercio formal mediante la imposición de salvaguardias.

En respuesta, el presidente de la SNI, Eduardo Farah, afirmó que la creación de la Zona Económica Especial de Puno es la alternativa para que la población de esa región pueda lograr una mejora en su calidad de vida, a través de la generación de empleo formal. En ese sentido, una medida con visión de futuro como esta “deja de tener como único beneficiario al comercio centralista de la capital”.

Asimismo, Farah aclaró que la SNI ha mostrado su posición a favor de la creación de la mencionada zona especial, pero ha dejado en claro su tajante oposición a la creación de una zona franca comercial, la que sí formalizaría el contrabando local.

Fuente: diario Gestión

MEM A FAVOR DE TRATAMIENTO DIFERENCIADO PARA MINERAS QUE PAGAN REGALÍAS

 

El ministro de Energía y Minas, Juan Valdivia, reconoció que tiene que existir una diferencia respecto al aporte voluntario para el gasto social exigido a aquellas compañías que tienen contratos de estabilidad tributaria, y aquellas que pagan regalías mineras sin haber suscrito tales convenios.

Asimismo, Valdivia expresó su confianza en recibir esta semana la propuesta de los empresarios mineros respecto del aporte voluntario para gasto social requerido por el Gobierno. Al respecto, dejó en claro que la posición del gobierno es que las mineras entreguen en bloque el referido aporte.


El ministro opinó que el aporte debería ser diferenciado de acuerdo a cuánto paguen las mineras suscriptoras de contratos de estabilidad administrativa. En todo caso, aclaró que este aporte se entregará solo en tanto exista una alta cotización en el precio de los minerales en el mercado internacional.

Finalmente, Valdivia afirmó que si se diera el referido aporte voluntario, ello no significaría que el Ejecutivo no proponga la creación de un impuesto de sobreganancia para las mineras.

Fuente: diario Gestión

Hoy vence el plazo para presentar la comunicación a la Sunat sobre las transferencias, emisiones y cancelación de acciones efectuadas en el mes anterior.

Falta un día, para que puedan efectuar la cancelación de la 3ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de julio de 2006, los productores de aguas minerales, gaseosas aromatizadas o no, cervezas; así como los productores de combustibles derivados del petróleo.
De igual modo, vence el plazo para el pago del aporte del CONAFOVICER (2% del jornal básico).

Faltan dos días, para que caduque el vencimiento del Impuesto a los Juegos e Impuesto a las Apuestas y del pago de la contribución al Senati.

 

PRIMERA QUINCENA AGOSTO 2006

 
 
Temas

Nuevos productos incluidos al sistema de detracciones del IGV.

Casos especiales sobre primera venta de inmuebles: a propósito de la reciente modificación efectuada a la exoneración del IGV.

Tratamiento tributario de la venta de inmuebles realizada por personas naturales.

Conozca qué municipalidades han otorgado amnistías tributarias: Condiciones y requisitos para su acogimiento.

Tribunal Fiscal amplía Resolución sobre requisitos para la deducción de remuneraciones vacacionales: Inaplicación de intereses y sanciones.

Improcedencia del cobro coactivo de deudas incluidas en fraccionamientos perdidos cuya resolución ha sido impugnada.

Políticas contables para un adecuado control de existencias.

Revelación y presentación de los estados financieros de empresas agrarias.

¿Cómo se desarrolla el proceso de auditoria gubernamental?

Nuevos cambios al registro de trabajadores y prestadores de servicios.

Conozca el régimen laboral de las microempresas.

¿Cuál es la forma adecuada y oportuna de llevar a cabo el protesto de títulos valores a fin de iniciar acciones cambiarias?


 



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