En sesión del 30 de abril de 2009, el Pleno del Congreso aprobó los dictámenes de los proyectos de ley mediante los cuales se procede a: (i) exonerar a las gratificaciones de las aportaciones a la seguridad social en salud (EsSalud) y pensiones; y (ii) establecer la disponibilidad del 100% de la CTS.
Las condiciones sobre las cuales fueron aprobados los referidos proyectos de ley son las siguientes:
GRATIFICACIONES
Se dispone que, con la finalidad de dotar de mayores recursos a los trabajadores públicos y privados en el marco de la crisis financiera internacional, las gratificaciones de los años 2009 y 2010 no se afecten a aportaciones, contribuciones y descuentos de toda índole, salvo aquellos establecidos por ley o autorizados por el propio trabajador.
Asimismo, se ha establecido que los aportes del 9% correspondientes a EsSalud serán entregados al trabajador bajo la naturaleza de una bonificación extraordinaria temporal, no remunerativa y no pensionable.
Gratificaciones |
Conceptos |
Afectación |
ONP /AFP |
No |
------ |
EsSalud* |
No |
------ |
Senati |
No |
------ |
SCTR |
No |
------ |
EPS |
No |
------ |
Renta 5ta categoría |
------ |
Sí |
Utilidades** |
------ |
Sí |
Préstamos |
------ |
Sí |
Alimentos*** |
------ |
Sí |
CTS** |
------ |
Sí |
Notas:
* Se entrega al trabajador como una bonificación extraordinaria temporal, no remunerativa y no pensionable.
** Las gratificaciones serán computables para el cálculo de este beneficio, excepto lo correspondiente al 9% de EsSalud.
*** La retención por alimentos procede únicamente sobre el monto no exonerado de la gratificación. |
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS
Con la aprobación del referido proyecto se permitirá la liberación total de los depósitos de CTS correspondientes al año 2009, así como la intangibilidad progresiva de los depósitos de los años siguientes mediante la restricción progresiva de la CTS.
Para tal efecto, el proyecto de ley que aprobó el Congreso establece un cronograma que estipula los porcentajes de disponibilidad de los depósitos de CTS, según el cuadro que se muestra a continuación:
Período del depósito de CTS |
% de disponibilidad |
2009 |
100% |
2010 (Mayo) |
40% |
2010 (Noviembre) |
30% |
2011 |
70% del excedente de
6 remuneraciones brutas. |
Es importante señalar que según las estadísticas, en nuestro país, el tiempo promedio que una persona demora en reubicarse en un nuevo puesto de trabajo es de 22 semanas lo cual, de cierta manera, sustentaria la disposición aplicable a partir del 2011.