|
 |
|
LINEAMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA AMNISTÍA LABORAL CONTEMPLADA EN LA OCTAVA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1086, LEY DE PROMOCIÓN DE LA COMPETITIVIDAD, FORMALIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Y DEL ACCESO AL EMPLEO DECENTE, Y PARA ACOGERSE AL EMPLEO DE INTERÉS MORATORIO REGULADA POR LA RESOLUCIÓN Nº 051-2009-TR
|
Dispositivo |
: |
Resolución Directoral Nº 238-2009-MTPE/4/10.1 |
Fecha de publicación |
: |
Jueves, 16 de abril de 2009 |
Fecha de vigencia |
: |
Viernes, 17 de abril de 2009 |
|
De acuerdo con lo establecido en la octava disposición complementaria final del TUO de la Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, se concedió la amnistía laboral - exclusivamente de intereses, multas y otras sanciones administrativas que se hayan generado por el incumplimiento en el pago de multas por infracciones laborales impuestas por el MTPE - a las empresas que se encuentren dentro del alcance de la precitada ley. Para tal efecto, la solicitud de acogimiento debió ser presentada dentro de los cuatro meses siguientes de la entrada en vigencia de la ley, plazo que venció el pasado 2 de febrero de 2009.
Así, mediante el dispositivo normativo materia de comentario, la Dirección General de la Administración del MTPE ha dictado los lineamientos para la aplicación de la amnistía laboral de las mypes, así como para la aplicación del interés moratorio establecido a través de la Resolución Ministerial Nº 051-2009-TR. Al respecto, entre las principales consideraciones encontramos las siguientes:
- El escrito mediante el cual se solicitó el acogimiento a la amnistía debió cumplir con detallar la siguiente información:
- El número de resolución o auto que identifica la multa, así como el número de expediente.
- El nombre o razón social del obligado.
- Domicilio fiscal y real.
- Teléfono y correo.
- RUC o DNI.
Asimismo, debió adjuntar:
- Copia de la inscripción ante la Sunarp
- Vigencia de poder del representante legal
- DNI del representante legal.
- Conjuntamente con la solicitud de acogimiento a la amnistía laboral, deberá presentarse una carta de compromiso por cada una de las multas sobre las cuales se solicita el beneficio, con la firma legalizada del representante legal, de la cancelación del monto total de la multa o el saldo pendiente de la misma, así como de las costas generadas en el procedimiento de ejecución coactiva, que deberá hacerse efectivo dentro de los 30 días posteriores a la resolución favorable de la solicitud de amnistía.
- En caso de que la solicitud de amnistía haya sido presentada sin cumplir las consideraciones antes señaladas, el administrado tendrá el plazo de tres días para cumplir con los requisitos antes anotados, bajo sanción de declararse improcedente su solicitud.
- Para la aplicación de la tasa de interés a las multas impuestas por el MTPE que estableció la Resolución Nº 051-2009-TR a través de su artículo 2, son aplicables las consideraciones señaladas en el punto anterior.
- Finalmente, el lineamiento en mención se podrá encontrar en la página web del MTPE (www.mintra.gob.pe) dentro de los dos días siguientes de su publicación en el diario oficial El Peruano.
|
| |
|
|
|
 |
| |
INGRESOS SE INCREMENTARON EN EL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO SEGÚN INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR EL INEI
|
|
De acuerdo a la información proporcionada por el INEI, respecto al primer trimestre del año en curso, se ha determinado que el ingreso promedio mensual de los trabajadores de Lima Metropolitana es de S/. 1 060.00, monto que se ha incrementado en 8.9% respecto a similar periodo del año 2008.
Específicamente, el ingreso de los hombres ascendió a S/. 1239.20 cifra superior en 10.9% respecto al año 2008, mientras que el ingreso de las mujeres alcanzó los S/. 829.50 incrementándose en 6.3% respecto al mismo año. Asimismo, el INEI señaló que los ingresos de las mujeres representan el 66.9% de los ingresos registrados por los hombres lo que significa una diferencia de S/. 409.70.
Respecto a los ingresos por edades, el promedio fue mayor para aquellos cuyas edades fluctúan entre los 14 y 24 años pues se registró un aumento de 13.9%, seguido por los trabajadores de 45 años a más, con un incremento de 13.8% y los trabajadores de 25 a 44 años con un aumento de 4.8%.
Así también, un estudio respecto a los ingresos de acuerdo al nivel educativo reveló que, en el primer trimestre el ingreso promedio se elevó en un 11.1% entre los trabajadores con educación universitaria, seguidos de aquellos que cuentan con educación primaria en 8.5% y educación superior no universitaria en 7.8%.
Finalmente, la PEA con empleo adecuado se incrementó en 6.8% respecto al 2008, la población subempleada disminuyó en 5.4 % y la PEA que busca empleo se elevó en 0.5% lo que equivale 2100 personas. |
|
|
|
 |
RETENCIÓN A LAS RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA
|
Los agentes de retención que paguen o acrediten honorarios u otros conceptos que constituyan rentas de cuarta categoría deberán efectuar las retenciones que la Ley del Impuesto a la Renta obliga, excepto en los casos que:
1. El perceptor de la renta haya obtenido de la Sunat la Constancia de Autorización de suspensión de retenciones y de pagos a cuenta.
2. El importe del recibo por honorarios pagado no supere los S/.1,500 ( un mil quinientos y 00/100 nuevos soles).
Nótese el numeral 2 anterior, ya que la norma exceptúa de la retención solo en el caso de los recibos por honorarios, por lo que si se pagan dietas al directorio, estas se encuentran sujetas a retención por cualquier monto, salvo que la mencionada dieta se sustente en un recibo por honorarios. |
|
|
|
|
ESCALA DE VIÁTICOS 2009 - NACIONAL
|
Monto de viáticos diarios a nivel nacional(*) |
Viáticos diarios que otorga el Gobierno central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía
|
Viáticos diarios para trabajadores del Sector Privado
|
S/. 210.00 |
S/. 420.00 |
(*) Vigente desde el 06/02/2009. D.S. Nº 028-2009-EF |
|
|
|
|
ESCALA DE VIÁTICOS 2008 - EXTERIOR |
ZONA GEOGRÁFICA |
GASTO MÁXIMO DEDUCIBLE |
---África |
US$ 400 |
---América Central |
US$ 400 |
---América del Norte |
US$ 440 |
---América del Sur |
US$ 400 |
---Asia |
US$ 520 |
---Caribe |
US$ 480 |
---Europa |
US$ 520 |
---Oceania |
US$ 480 |
|
|
|
|
|
 |
| |
Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:
- Acceso diario a los textos completos de las normas legales
- Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
- Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
- Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
- Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
- Acceso a todos los boletines remitidos
- Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
- Foros en línea
- Seminarios gratuitos on line
Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.
|
|
|
| |
SEGUNDA QUINCENA - MARZO 2009
|
| |
| |
IGV – CONTINGENCIAS RESUELTAS POR LA RTF Nº 1580-5-2009
|
|
|
|
La aplicación del crédito fiscal a propósito de la interpretación de las Leyes Nºs. 29214 y 29215: RTF 1580-5-2009 |
|
|
Cese colectivo de trabajadores. Causas y procedimiento |
|
Seguros a cargo del empleador. Sujetos obligados, aportaciones y prestaciones |
|
Tratamiento contable y tributario de los consorcios que llevan contabilidad independiente: actividades de construcción |
|
|
Gastos preoperativos – NIC 38 Intangibles |
|
|
Nacimiento de la obligación tributaria en el caso de venta de bienes muebles en el país a través de Internet |
|
|
Procedimientos regulados en el nuevo TUPA de la Sunat: cambios en relación con el anterior |
|
|
Aspectos legales del cheque
|
|
Acta de pago de utilidades a los socios |
| |
| |
|
|
|
|