MIÉRCOLES 18 DE ABRIL DE 2007
 
 
 
 
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

MODIFICAN FECHA DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES AL PERIODO MARZO 2007 DE LOS SUJETOS AFECTOS AL ITAN

Dispositivo

:

Fe de erratas de Resolución de Superintendencia Nº 067-2007/SUNAT

Fecha de publicación

:

Miércoles 18 de abril de 2007

Fecha de vigencia

:

Viernes 6 de abril de 2007

Se publica una Fe de erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 067-2007/SUNAT, publicada el 06/04/2007, que aprueba disposiciones para la declaración y pago del ITAN así como una nueva versión del PDT ITAN – Formulario virtual 648.

En la mencionada Fe de erratas, se corrige la fecha en que las empresas que hubieran participado en un proceso de reorganización empresarial deberán tomar como referencia a efectos de cumplir con las obligaciones de declaración y pago del ITAN.

Así, se establece que dicha fecha será la comprendida entre el 1 de enero de 2007 (y no 2006) y la fecha de vencimiento para la declaración y pago del ITAN del 2007.

APRUEBAN REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS

Dispositivo

:

Resolución Ministerial N° 161-2007-MEM/DM

Fecha de publicación

:

Miércoles 18 de abril de 2007

Fecha de vigencia

:

Jueves 19 de abril de 2007

Atendiendo a las disposiciones sobre el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobadas por el Decreto Supremo N° 009-2005-TR (29/09/2005), el Ministerio de Energía y Minas ha aprobado el presente reglamento que deroga, a partir de su entrada en vigencia, al Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad, aprobado por la Resolución Ministerial N° 263-2001-EM-VME.

Dentro de las principales disposiciones del presente reglamento, además de encontrar una lista de derechos y obligaciones de las entidades del sector y de los trabajadores, se pueden encontrar los parámetros que deben considerar las empresas del sector para la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y, en el caso de las unidades o centros ubicados fuera de la sede principal que cuenten con más de 25 trabajadores o cuando así lo amerite la situación por el especial riesgo de las actividades, la conformación de los Subcomités.

Asimismo, se dispone que las entidades del sector deberán realizar una evaluación inicial sobre el estado de la seguridad y salud en su organización, luego del cual deberán implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Luego de comentar algunas consideraciones generales en torno a la seguridad y salud en el trabajo en el sector electricidad, la norma en comentario desarrolla dentro del Título IV, denominado “El Sistema Eléctrico”, las reglas de seguridad que deben apreciarse en el desarrollo de la actividad eléctrica, así como las medidas de seguridad especiales que se deben observar en el sistema de generación, líneas de transmisión, centros de transformación o subestaciones, sistemas de distribución, entre otros. De la misma manera, se establecen las medidas de seguridad que deben implementarse respecto al uso de maquinaria y herramientas en general, así como durante el almacenamiento de materiales y líquidos inflamables o combustibles.

Por otro lado, dentro del Título V, denominado “Actividades Complementarias”, se establecen ciertas particularidades especiales para el caso de las actividades complementarias referidas a los equipos de protección personal dentro de los cuales se establecen los criterios para la selección de los equipos de protección personal, la ropa de trabajo, la protección craneal, la protección auditiva, la protección fácil, la protección visual, la protección de las vías respiratorias, los cinturones y arneses de seguridad, el calzado de seguridad y la protección de las extremidades superiores. Asimismo, se establecen las características que deben tener las instalaciones en el lugar de trabajo, los servicios permanentes y provisionales, las medidas para prevenir y controlar incendios, los programas de emergencias, servicios médicos y primeros auxilios y las condiciones ambientales que deben existir en el lugar de trabajo.

Finalmente, se establecen las disposiciones respecto de la información de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales de las actividades eléctricas, así como las denuncias y sanciones aplicables.

APRUEBAN LA RELACIÓN DE DATOS SIN INCIDENCIA TRIBUTARIA QUE AFECTAN
EL EFECTIVO CONTROL ADUANERO

Dispositivo

:

Resolución Nº 223-2007/SUNAT/A

Fecha de publicación

:

Miércoles 18 de abril de 2007

Fecha de vigencia

:

Jueves 19 de abril de 2007

Mediante la norma en comentario se aprueba la relación de los datos sin incidencia tributaria que afectan el efectivo control aduanero o las informaciones estadísticas que la Sunat remite periódicamente a determinadas entidades señaladas en el anexo adjunto.


 

FIJAN NUEVO CRITERIO PARA DESPIDO DE TRABAJADORES

 

La Primera Sala Transitoria de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, mediante Casación N° 1953-2004-Lima, ha establecido que el despido de un trabajador por incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone quebrantamiento de la buena fe laboral (art. 25.a de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral) no debe ser valorado en función al perjuicio económico causado al empleador, toda vez que la norma bajo análisis no exige tal valoración.


En efecto, la Sala Suprema afirma que es una obligación del trabajador poner a disposición del empleador sus servicios directos y concretos; es decir, la prestación de sus servicios debe realizarse con diligencia y dedicación adecuada compatibles con las características del empleo; el incumplimiento de esta obligación puede justificar el despido del trabajador aunque no se haya configurado un daño susceptible de apreciación pecuniaria en contra del empleador.

Fuente: diario oficial El Peruano

ESTADO VENDERÁ ACCIONES QUE POSEE EN EMPRESAS AZUCARERAS

 

El ministro de Agricultura, Juan José Salazar, informó que el Estado pondrá a la venta las acciones que posee en las empresas agrarias Pomalca, Tumán y Cayaltí (Chiclayo), para lo cual se fijará una serie de condiciones. Al respecto, manifestó que esto no interferirá con las acciones que tienen los trabajadores en estas tres empresas.

El proceso de venta estará en manos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) y se iniciará con una convocatoria dirigida a todas las empresas, ya sean nacionales o extranjeras.


Por su parte, el presidente de la República, Alan García, hizo un llamado a los trabajadores accionistas de las empresas azucareras de Lambayeque para aceptar el capital y la tecnología privadas, y de esa manera superar la postergación en que están sumidas estas empresas.

Fuente: diario Gestión
 

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Hoy vence el plazo para la comunicación a la Sunat sobre las transferencias, emisiones y cancelación de acciones efectuadas en el mes anterior.

Faltan dos días para el vencimiento del plazo para el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las operaciones realizadas entre el 1 y el 15 de abril de 2007.
 

 

 

PRIMERA QUINCENA - ABRIL 2007

 
 
Temas

Reforma Tributaria (Código Tributario)

Infracciones y sanciones y nuevo régimen de gradualidad

Facultad de reexamen de la Sunat
Cómo se calcula la multa por declarar cifras o datos falsos: A propósito de los cambios producidos en el Código Tributario y el régimen de gradualidad

Implicancias de la nueva regulación de los plazos que tiene la Sunat para determinar y cobrar deudas tributarias e imponer sanciones: Acerca de la prescripción de la deuda

Comentando la reforma: Nuevas disposiciones sobre la facultad de reexamen de la Sunat
Resumen Legal: Se aprueban disposiciones para la declaración y pago del ITAN
Algunos apuntes en torno al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo aplicable para el ejercicio 2007
Alcances sobre la libre desafiliación al Sistema Privado de Pensiones (SPP)
Tratamiento laboral de los descansos remunerados
Resumen legal: Nuevos plazos para la aplicación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y prórroga de la vigencia de las planillas electrónicas
Jurisprudencia laboral: Nuevo criterio sobre el otorgamiento de gratificaciones extraordinarias
 
 



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