Aprueban subvención económica única y extraordinaria a favor de pescadores artesanales

Tipo de Norma: Decreto de Urgencia

Número de Norma: N° 004-2023

Fecha de Publicación: Viernes, 10 de febrero de 2023 – EDICIÓN EXTRAORDINARIA

A través del decreto referido se tiene por objeto dictar una medida única y extraordinaria, en materia económica y financiera, para el otorgamiento de una subvención económica a favor de los pescadores artesanales que cuentan con permiso de pesca, como mecanismo compensatorio que coadyuve a la reactivación económica de la actividad pesquera artesanal en el marco del Plan de Reactivación Económica “Con Punche Perú”.

  • Del ámbito de aplicación

El referido decreto se aplica a favor de las personas naturales identificadas como pescador artesanal, definido en el numeral 1 del literal a) del artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, como aquél que habitualmente extrae recursos hidrobiológicos, con o sin el uso de embarcación artesanal o arte de pesca, cuyo producto se destine preferentemente al consumo humano directo, salvo el caso específico de la recolección de algas marinas.

  • Del otorgamiento de una subvención económica

Autorizar al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) a otorgar una subvención económica única y extraordinaria denominada “Bono del Pescador Artesanal”, por el monto de S/ 500, 00 a favor de los pescadores artesanales que cumplan las siguientes condiciones:

– Debe dedicarse formalmente a la actividad pesquero artesanal de acuerdo a lo establecido en el numeral 1 del literal a) del artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE.

– Debe estar incluido en el padrón de beneficiarios de los pescadores artesanales, referido en el artículo 4 del presente decreto.

– No debe estar siendo beneficiado de otros programas sociales y/o subvención económica.

  • De las condiciones para el otorgamiento del bono del pescador artesanal y su vigencia.

Disponer que el “Bono del Pescador Artesanal”, se otorga de manera única y extraordinaria, para la reactivación económica de los pescadores artesanales, hasta el 30 de abril del 2023.

Vigencia: Desde el 11/02/2023

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