Aprueban la nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: Nº 0000021-2023/SUNAT

Fecha de Publicación: Martes, 31 de enero de 2023

Cómo es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000059-2022/SUNAT, se aprobó la versión 4.1 del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N° 0601.

Mediante la presente disposición, se aprueba el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N° 0601 – Versión 4.2, que será utilizado por:

  • Los sujetos a que se refiere el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT obligados a cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos referidos en los incisos del b) al m), o), p), r) y s) del artículo 7 de la mencionada resolución, a partir del 1 de febrero de 2023. Estos conceptos están referidos a las retenciones del Impuesto a la Renta de quinta categoría y de cuarta categoría, contribuciones al EsSalud, entre otros.
  • Aquellos sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos del b) al m) y del o) al s) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT (referidos a las retenciones del Impuesto a la Renta de quinta categoría y de cuarta categoría, contribuciones al EsSalud, entre otros) por los períodos tributarios de noviembre 2011 hasta aquellos periodos vencidos al 31 de enero de 2023, o deseen rectificar la información correspondiente a dichos períodos.
  • Asimismo, estará disponible a partir del 01 de febrero de 2023 siendo de uso obligatorio a partir de tal fecha, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

Vigencia: Desde el 01/02/2023

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