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Se deroga el decreto de urgencia nº 002-2005 referido a las remuneraciones del sector público


Dispositivo
:

Ley Nº 28471

Fecha de publicación
:
Sábado 5 de marzo de 2005
Fecha de vigencia
:
Domingo 6 de marzo de 2005


Mediante la presente norma, se deroga el Decreto de Urgencia Nº 002-2005 (20/01/05) que modificó la política remunerativa de los trabajadores públicos bajo el régimen de la actividad privada, al reducirse de 16 a 14 el número de remuneraciones anuales (12 sueldos anuales y dos gratificaciones).

Como recordaremos, el Decreto de Urgencia derogado, suspendía la sexta disposición  transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional Presupuestario, que establecía que las entidades del Sector Público, sujetas al régimen laboral de la actividad privada, seguirían otorgando a sus trabajadores las remuneraciones, beneficios o tratamientos especiales que por costumbre, disposición legal o negociación vienen otorgando, de acuerdo a la normatividad laboral.

En tal sentido, con dicha restitución se permite que los servidores públicos vuelvan a percibir además de los doce sueldos mensuales, otros dos adicionales (uno por escolaridad y otros por vacaciones, así como dos gratificaciones al año.

 

 
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