Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública

Tipo de Norma: Resolución Viceministerial

Número de Norma: N° 003-2022-EF/11.01

Fecha de Publicación: Miércoles, 21 de diciembre de 2022

A través de la resolución referida se aprueba el “Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2023”, el mismo que se detalla en los siguientes anexos que forman parte de esta resolución:

  1. Anexo N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones para el Año Fiscal 2023, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
  • Anexo N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) para el Año Fiscal 2023, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
  • Anexo N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) para el Año Fiscal 2023, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional.

Al respecto, el cronograma del anexo N° 01 incluye los pagos del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros de carácter periódico y no remunerativo tales como Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza. En cuanto a las obligaciones relacionadas con la bonificación por escolaridad y los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los anexos del citado cronograma, en los meses que corresponda.

Cabe precisar, que la atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de remuneraciones y/o pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones (Régimen laboral 728), indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable. En ese sentido, aquellas Unidades Ejecutoras que cuentan con personal del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 pueden realizar el pago de los conceptos de remuneraciones y gratificaciones de los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.

Vigencia: Desde el 22/12/2022

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